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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 02 DE JULIO DEL AÑO 2010 (02/07/2010)

CANTIDAD DE PAGINAS: 60

TEXTO PAGINA: 34

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 2 de julio de 2010 421572 en la Facultad de Ciencias, quedando en consecuencia aprobado. Artículo 2º.- Publíquese en el Diario Ofi cial El Peruano y en la página Web de la Institución. Regístrese y comuníquese. ELIO IVÁN RODRÍGUEZ CHÁVEZ Rector de la Universidad Ricardo Palma y Presidente de la Asamblea Nacional de Rectores RAÚL MARTÍN VIDAL CORONADO Secretario General de la Asamblea Nacional de Rectores 513282-4 Autorizan realización del “Programa de Evaluación y Reestructuración del Currículo” en la Universidad Nacional del Altiplano, Puno COMISIÓN DE COORDINACIÓN INTERUNIVERSITARIA RESOLUCIÓN Nº 0577-2010-ANR Lima, 17 de junio de 2010 EL PRESIDENTE DE LA ASAMBLEA NACIONAL DE RECTORES VISTOS: El oficio Nº 0139-2010-R-UNA-P de fecha 10 de mayo de 2010 del Rector de la Universidad Nacional del Altiplano, con sede en Puno, Informe Nº 075- 2010-DGDAC de la Dirección General de Desarrollo Académico y Capacitación de fecha 04 de junio de 2010 y memorando Nº 557 -2010-SE de fecha 09 de junio de 2010; y, CONSIDERANDO: Que, en el marco de las atribuciones contenidas en el inciso e) del artículo 92º de la Ley Universitaria Nº 23733, se precisa que la creación de carreras, títulos profesionales y de segunda especialidad acordados por una Universidad, y de las Facultades en que se hacen los estudios respectivos; requiere de la coordinación previa e indispensable con la Asamblea Nacional de Rectores; Que, con ofi cio de vistos, el Rector de la Universidad Nacional del Altiplano, con sede en Puno, hace de conocimiento la necesidad de rediseñar el currículo de estudios de cada una de las carreras profesionales en su Universidad, solicitando para dicho efecto la designación de un profesional en la materia; Que, del informe de vistos, el Director General de Desarrollo Académico y Capacitación, teniendo en cuenta los fi nes que cumple la Asamblea Nacional de Rectores y atendiendo lo solicitado por la Universidad Nacional del Altiplano, propone la organización y desarrollo del “Programa de Evaluación y Reestructuración del Currículo”, a llevarse a cabo de acuerdo a un cronograma previamente establecido, durante los meses de julio a diciembre del año en curso, proponiendo la designación del doctor Wilfredo Huertas Bazalar, especialista en el tema, y precisando que los gastos que genere su organización y desarrollo, así como pasajes, estadía y honorarios del citado profesional, serán asumidos por la Universidad Nacional del Altiplano; Que, mediante memorando de Vistos, el Secretario Ejecutivo dispone la elaboración de una resolución, de acuerdo al anteproyecto presentado por la Dirección General de Desarrollo Académico y Capacitación, que autorice el desarrollo del “Programa de Evaluación y Reestructuración del Currículo”, en la Universidad Nacional del Altiplano-Puno; Estando a la autorización de la Alta Dirección; En uso de las atribuciones conferidas al Presidente de la Asamblea Nacional de Rectores, en virtud de la Ley Universitaria Nº 23733 y del Reglamento General de la Comisión de Coordinación Interuniversitaria; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar la realización del “Programa de Evaluación y Reestructuración del Currículo” en la Universidad Nacional del Altiplano, Puno; el mismo que se llevará a cabo durante los meses de julio a diciembre del año en curso, con la participación del doctor Wilfredo Huertas Bazalar, especialista en el tema. Artículo 2º.- Precisar que los gastos que genere la organización, desarrollo, así como la participación del citado profesional, pasajes, estada y honorarios, serán asumidos por la Universidad Nacional del Altiplano. Artículo 3º.- Publíquese la presente resolución, en el Diario Ofi cial El Peruano y en la página Web de la Institución. Regístrese y comuníquese. ELIO IVÁN RODRÍGUEZ CHÁVEZ Rector de la Universidad Ricardo Palma y Presidente de la Asamblea Nacional de Rectores RAÚL MARTÍN VIDAL CORONADO Secretario General de la Asamblea Nacional de Rectores 513282-5 Declaran que la Universidad Norbert Wiener S.A. ha cumplido con lo previsto en la Ley Universitaria respecto a la creación y organización de diversas Unidades Académicas COMISIÓN DE COORDINACIÓN INTERUNIVERSITARIA RESOLUCIÓN Nº 0582-2010-ANR Lima, 17 de junio de 2010 EL PRESIDENTE DE LA ASAMBLEA NACIONAL DE RECTORES VISTOS: El ofi cio Nº 034 y 036-2010-VR-ACAD de fechas 16 y 23 de abril de 2010, de la Secretaria General de la Universidad Privada Norbert Wiener, informe Nº 059-2010- DGDAC de la Dirección General de Desarrollo Académico y Capacitación de fecha 27 de mayo de 2010 y memorando Nº 529 -2010-SE de fecha 02 de junio de 2010; y, CONSIDERANDO: Que, en el marco de las atribuciones contenidas en el inciso e) del artículo 92º de la Ley Universitaria Nº 23733, se precisa que la creación de carreras, títulos profesionales y de segunda especialidad acordados por una Universidad, y de las Facultades en que se hacen los estudios respectivos; requiere de la coordinación previa e indispensable con la Asamblea Nacional de Rectores; Que, mediante ofi cios de Vistos, la Secretaria General de la Universidad Privada Norbert Wiener S.A., con sede en la ciudad de Lima, dando cumplimiento a lo previsto en el considerando precedente, hace llegar sendas resoluciones de creación de las Unidades Académicas aprobadas en sesión de su Directorio y de conformidad a su Estatuto, asimismo, los documentos que sustentan su creación y planes de estudios respectivos: Que, examinando los antecedentes de la Escuela de Posgrado de la Universidad Norbert Wiener S.A., se desprende que mediante Resolución Nº 1022-2007-ANR de fecha 29 de noviembre del año 2007, se aprueba la creación y funcionamiento de la mencionada Escuela, con el Programa de Maestría en: Ciencias con mención en Gestión de la Calidad; Gobierno y Gestión en Salud; y Química Analítica; y el Programa de Segunda Especialidad en: Monitoreo Fetal, Geriatría y Gerontología, e Inmunohematología y Banco de Sangre; Que, mediante informe de Vistos, el Director General de Desarrollo Académico y Capacitación, luego de revisada la documentación sobre la creación y organización de las