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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 2 de julio de 2010 421585 e) Suscriben las actas y demás instrumentos que garanticen la formalidad del proceso. f) Cumplen con los acuerdos y compromisos asumidos en el Proceso del Presupuesto Participativo. 6.5 Del Equipo Técnico del Proceso Participativo El Equipo Técnico del Proceso de Presupuesto Participativo de la Municipalidad de Carabayllo para el año fi scal 2011 estará integrado por: - Gerente de Planeamiento y Presupuesto, quien lo preside. - Gerente de Desarrollo Humano y Social - Gerente de Desarrollo Económico Local. - Gerente de Desarrollo Urbano y Rural. - Gerente de Administración y Finanzas - Gerente de Servicio a la Ciudad y Medio Ambiente - Gerente de Rentas - Gerente de la Ofi cina de Programación e Inversiones - Subgerente de Participación Vecinal - Subgerente de Imagen Institucional - Subgerente de Educación y Cultura. - Subgerente de Juventudes y Deportes. - Subgerente de Seguridad Ciudadana. - Un representante de la Sociedad Civil ante el Consejo de Coordinación Local Distrital - Un representante del Comité de Vigilancia del Presupuesto Participativo 2010 - Un representante del Comité de Monitoreo al Plan de Desarrollo Concertado Desarrollando los siguientes roles: a) Brindar apoyo para la organización y ejecución de las diferentes fases del Proceso del Presupuesto Participativo b) Prepara la información para el desarrollo de los talleres de trabajo y la formalización de los acuerdos. c) Desarrolla la evaluación técnica y fi nanciera del ámbito de competencia, de acuerdo a los estándares técnicos del SNIP. d) Prepara y presenta la relación de proyectos a ser discutida en los talleres de priorización y formalización de acuerdos, así como la lista de proyectos que superaron la evaluación técnica. e) La asistencia de los funcionarios miembros del Equipo Técnico es obligatoria, asumiendo las responsabilidades administrativas que el caso amerite en caso de inconcurrencia. Los representantes de la Sociedad Civil acreditarán un representante titular y un alterno. 6.6 Del Comité de Vigilancia y Control a) Vigilan el cumplimiento de los acuerdos del presupuesto participativo y la ejecución de los proyectos priorizados. b) Solicitan al Gobierno Local la información necesaria para vigilar el cumplimiento de los acuerdos c) Informan al Concejo Municipal, Consejo de Coordinación Local Distrital y otras dependencias públicas, en el caso del incumplimiento de los acuerdos. Artículo 7º.- Cumplimiento Las disposiciones contenidas en el presente Reglamento del Proceso del Presupuesto Participativo, son de cumplimiento obligatorio de quienes participan de este proceso. TÍTULO II FASES DEL PROCESO DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO Capítulo I Fase de Preparación Artículo 8°.- Preparación Esta fase comprende las acciones de comunicación, sensibilización, convocatoria, identifi cación y capacitación de los Agentes Participantes. En esta fase se implementarán diversas acciones como: a. Elaboración del Plan de Trabajo b. Elaboración de Documentos Informativos c. Elaboración y/o Actualización del Diagnóstico Situacional, en el que se analizarán los siguientes temas básicos: - Condiciones de vida de la población en: nutrición, salud, educación, saneamiento básico, vivienda, derechos fundamentales y otros servicios básicos. - Potencialidades de la jurisdicción. - Actividades económicas. - Situación de los Programas Estratégicos, - Infraestructura y Acondicionamiento Territorial, - Desarrollo Institucional y de Capacidades, d. Selección de una Cartera de Proyectos e. Recopilación y Preparación de la siguiente información - Plan de Desarrollo Concertado - Detalle de los proyectos priorizados en el proceso participativo del año anterior - Programa de inversiones del Año actual, aprobado en el Presupuesto Institucional. - Relación de proyectos de inversión ejecutados el año anterior. f. Convocatoria - Se convoca a la población organizada e Instituciones a participar en el Proceso del Presupuesto Participativo, haciendo uso de los medios de comunicación más adecuados. - Implementar una correcta y efi ciente comunicación con los Agentes Participantes. Para el efecto, el Alcalde, en coordinación con la participación del Consejo de Coordinación Local Distrital, convocará a la población debidamente organizada del Distrito de Carabayllo; y se publicará a través del portal electrónico o página WEB Municipal: www. municarabayllo.gob.pe, vitrinas de publicación visibles en la Municipalidad, carteles en los módulos de Serenazgo y las casetas de seguridad privada del Distrito. Asimismo podrá utilizarse la radio, periódicos, revistas u otros medios de difusión disponibles. Esta convocatoria, deberá promover la integración al proceso de los representantes de las distintas entidades del Estado y representaciones sociales. g. Identifi cación y Registro de Agentes Participantes - La Municipalidad Distrital de Carabayllo, dispondrá de formas de registro de los Agentes Participantes complementarias a las ya existentes, formalizando la presencia de grupos sociales territoriales, organizaciones temáticas y funcionales vinculadas a los ejes de desarrollo; para que participen en el Proceso del Presupuesto Participativo. - Se garantizará la representatividad de la población vulnerable no organizada ni representada adecuadamente, especialmente de la población de extrema pobreza y grupos vulnerables, como: niños, madres gestantes y en estado de lactancia, ancianos, personas con discapacidad, afectados por la violencia política y otros en situación de riesgo y vulnerabilidad sea por razones de etnicidad o género, entre otros. - En virtud de las políticas de simplifi cación administrativa, aquellos actores que se encuentren acreditados por haber participado en Procesos Participativos de años anteriores y si su status dentro de la organización que representa se mantiene, solo deberán confi rmar su participación por escrito, a fi n de evitar la presentación de los mismos documentos de acreditación cada año h. La Subgerencia de Participación Vecinal de esta Municipalidad, será la encargada de identifi car y registrar a los Agentes Participantes. h.1.) De las Organizaciones de la Sociedad Civil: En el caso de los nuevos participantes, las Organizaciones de la Sociedad Civil, las Instituciones y ciudadanos/as organizados, deberán solicitar el registro de sus representantes en el Libro de Agentes Participantes que la Municipalidad llevará para este proceso. Las organizaciones de la sociedad civil reconocidos podrán acreditar a sus Delegados, presentando los siguientes requisitos: