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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 02 DE JULIO DEL AÑO 2010 (02/07/2010)

CANTIDAD DE PAGINAS: 60

TEXTO PAGINA: 37

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 2 de julio de 2010 421575 Elecciones a la Organización Política Local Distrital “JOVENES EN ACCION” del distrito de Carabayllo, provincia y departamento de Lima. Artículo Segundo.- Abrir la partida registral correspondiente, en el Libro de Organizaciones Políticas Locales, tomo 15, partida electrónica número 09 y regístrese la inscripción en el asiento número 1. Artículo Tercero.- Téngase acreditados como personero legal titular y alterno a los ciudadanos Carlos Ernesto Moran Pedroza y Edén Cubos Sifuentes, respectivamente. Regístrese y notifíquese. YURI FRANK ROMERO ROMERO Registrador Delegado del Registro de Organizaciones Políticas – Lima 512829-1 Disponen inscribir a la Organización Política Local Distrital “Frente Independiente Santarrosino” en el Registro de Organizaciones Políticas del JNE REGISTRO DE ORGANIZACIONES POLÍTICAS RESOLUCIÓN N° 025-2010- ROP/JNE/LIMA Lima, 30 de junio de 2010. VISTA: La solicitud de inscripción presentada por el ciudadano Johann Williams Pinedo Valentine, Personero Legal Titular de la Organización Política Local Distrital (OPLD) “FRENTE INDEPENDIENTE SANTARROSINO”, cuya sigla es FIS, del distrito de Santa Rosa, provincia y departamento Lima; CONSIDERANDO: Que, el 25 de mayo de 2010, el ciudadano Johann Williams Pinedo Valentine, Personero Legal Titular de la Organización Política Local Distrital (OPLD) “FRENTE INDEPENDIENTE SANTARROSINO”, cuya sigla es FIS, del distrito de Santa Rosa, provincia y departamento Lima; solicitó la inscripción de dicha agrupación ante el Registro de Organizaciones Políticas del Jurado Nacional de Elecciones; Que, de acuerdo al artículo 17° de la Ley 28094 de Partidos Políticos, modifi cado por el artículo 2º de la Ley N° 28581, para la inscripción de una Organización Política Local Distrital se requiere: I) Relación de adherentes en número no menor al 1% de los ciudadanos que sufragaron en las últimas elecciones de carácter nacional dentro de la circunscripción en la que la organización desarrolla sus actividades; y II) Acta de constitución de un comité en el distrito de Santa Rosa, provincia y departamento Lima, suscrita por más de 50 adherentes debidamente identifi cados; Que, mediante Ofi cio N° 2666-2010-SGAE/GOR/ RENIEC, de fecha 02 de junio del 2010, la Sub Gerencia de Actividades Electorales del Registro Nacional de Identifi cación y Estado Civil (RENIEC), informó que de un total de 80 fi rmas presentadas por la OPLD se declararon válidas 64 fi rmas, cantidad que supera las 40 fi rmas necesarias, es decir, el 1% requerido por ley. En cuanto al comité distrital, se ha verifi cado que el acta de constitución de su comité distrital ha sido suscrita por más de 50 adherentes debidamente identifi cados; asimismo se ha constatado el funcionamiento de dicho comité tal como se acredita con el Informe N° 138-2010-LGAA/DNFPE/ JNE, de la Dirección Nacional de Fiscalización y Procesos Electorales; Que, también la OPLD, solicitante ha presentado un Acta de Fundación, que contiene la denominación, el domicilio legal, la designación del apoderado, representante legal, personeros legales y técnicos; el órgano directivo con mención de las personas que ocupan los cargos designados y la aprobación de un ideario con los principios, objetivos y la visión del distrito de Santa Rosa; Que, con fecha 19 de junio del 2010, se publicó en el Diario Oficial “El Peruano”, la síntesis de la solicitud de inscripción, a efectos de que cualquier persona natural o jurídica ejerciera su derecho de formular tacha contra la inscripción de la OPLD solicitante dentro del plazo de 05 días hábiles posteriores a la publicación, conforme lo señala el artículo 10º de la Ley Nº 28094; documentos que fueran remitidos a este Registro por los interesados el 21 de junio del presente, asimismo, de acuerdo a lo informado por la Oficina de Servicios al Ciudadano de nuestra institución y conforme es de verse en el Informe N° 114-2010-Asistente Registrador KMV/ROP/JNE/LIMA no se ha presentado tacha alguna contra la indicada solicitud de inscripción, dentro del plazo de ley; Que, las organizaciones políticas se constituyen por iniciativa y decisión de sus fundadores, y luego de cumplidos los requisitos establecidos en la ley, se inscriben en el Registro de Organizaciones Políticas; Estando a las consideraciones expuestas y de conformidad con las funciones conferidas por Ley al Registro de Organizaciones Políticas del Jurado Nacional de Elecciones; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Inscribir en el Registro de Organizaciones Políticas del Jurado Nacional de Elecciones a la Organización Política Local Distrital “FRENTE INDEPENDIENTE SANTARROSINO”, cuya sigla es FIS, del distrito de Santa Rosa, provincia y departamento de Lima. Artículo Segundo.- Abrir la partida registral correspondiente, en el Libro de Organizaciones Políticas Locales, tomo 16, partida electrónica número 06 y regístrese la inscripción en el asiento número 1. Artículo Tercero.- Téngase acreditados como personero legal titular y alterno a los ciudadanos Johann Williams Pinedo Valentine y Mauro R Milla Estrada, respectivamente. YURI FRANK ROMERO ROMERO Registrador Delegado del Registro de Organizaciones Políticas – Lima 513374-1 OFICINA NACIONAL DE PROCESOS ELECTORALES FE DE ERRATAS RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 121-2010-J/ONPE Mediante Oficio N° 114-2010-OGC/ONPE la Oficina Nacional de Procesos Electorales solicita se publique Fe de Erratas de la Resolución Jefatural N° 121-2010- J/ONPE, publicada en la edición del 30 de junio de 2010 DICE: Artículo Segundo.- La designación surtirá efecto a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Artículo Segundo.- Disponer la publicación de la presente resolución en el Diario Ofi cial El Peruano y en el portal institucional, www.onpe.gob.pe.” DEBE DECIR: Artículo Segundo.- La designación surtirá efecto a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Artículo Tercero.- Disponer la publicación de la presente resolución en el Diario Ofi cial El Peruano y en el portal institucional, www.onpe.gob.pe 513241-1