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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 2 de julio de 2010 421584 inversión, mejorándose la asignación y ejecución de los recursos públicos. Articulo 2°. - Base legal - Constitución Política del Perú. - Ley Nº 27680 - Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV sobre Descentralización. - Ley Nº 27783 - Ley de Bases de la Descentralización y modifi catorias - Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y modifi catorias. - Ley Nº 27293 - Ley del Sistema Nacional de Inversión Pública y modifi catorias - Ley N° 28411 - Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto y modifi catorias - Ley Nº 28056 - Ley Marco del Presupuesto Participativo. - Decreto Supremo Nº 142-2009-EF - Reglamento de la Ley Marco del Presupuesto Participativo. - Ley N° 29298 modifi catoria de la Ley Nº 28056 - Ley Marco del Presupuesto Participativo - Instructivo N° 001-2010-EF/76.01 – Instructivo para el Proceso del Presupuesto Participativo - Decreto Supremo Nº 097-2009-EF, que establece los criterios de alcance, cobertura y montos de ejecución de los proyectos de inversión pública de impacto distrital; Articulo 3º. - Principios Rectores Los principios rectores del Proceso del Presupuesto Participativo, son: a) Competencia.- Los proyectos de inversión priorizados durante el proceso, deben responder a las competencias de la Municipalidad de Carabayllo b) Programación.- Los proyectos de inversión que se propongan y se prioricen en el Proceso del Presupuesto Participativo, deben responder a los objetivos establecidos en el Plan de Desarrollo Local Concertado del Distrito. c) Coordinado.- Las instituciones públicas o privadas que desarrollan actividades en el Distrito, deben armonizar, articular o realizar acciones conjuntas, a fi n de evitar duplicidades en el gasto. d) Concertado.- Los problemas, soluciones o potencialidades de desarrollo de ámbitos en el distrito deben ser concertados en el marco del Proceso. e) Sostenibilidad y Multianualidad.- La priorización de los proyectos de inversión, debe tomar en cuenta la efectiva disponibilidad de recursos y la sostenibilidad de su fi nanciamiento, incluido los gastos que requiera su mantenimiento, con un horizonte multianual. f) Flexibilidad.- El proceso debe tener la capacidad de adaptarse a situaciones coyunturales. g) Participativo.- El proceso debe contener mecanismos de participación de la sociedad civil. h) Con igualdad de Oportunidades y Equidad de Género: El proceso debe incidir en atender a los sectores vulnerables de la población, y debe haber equidad de género, evitando la exclusión de cualquier sector de la población. Artículo 4º.- Objetivos del Proceso a) Normar la organización y dinámica del Proceso del Presupuesto Participativo de la Municipalidad de Carabayllo y su adecuada programación. b) Reforzar la relación Estado-Sociedad con el ejercicio de mecanismos democráticos y representativos, generando compromisos y responsabilidades compartidas en el proceso de desarrollo y asignación presupuestal, priorizándose acciones concertadas que refuercen los vínculos de identidad, pertenencia y confi anza Capítulo II Ámbito y Alcance, Rol de los Actores del Proceso y Cumplimiento Artículo 5º.- Ámbito y Alcance Se encuentran comprendidos dentro del presente Reglamento: - La Municipalidad Distrital de Carabayllo - El Consejo de Coordinación Local Distrital - Las Mesas de Temáticas de Concertación instaladas y en funcionamiento en el Distrito - Las Instituciones del Sector Público que trabajan en el Distrito de Carabayllo - La Sociedad Civil organizada - El Sector Privado - Los Ciudadanos interesados en general - Las Organizaciones No Gubernamentales que desarrollan trabajos en el territorio distrital - Las Universidades e Institutos Superiores - El Comité de Vigilancia y Control del Presupuesto Participativo - El Comité de Monitoreo del Plan de Desarrollo Concertado Artículo 6°.- Rol de los Actores del Proceso 6.1 Del Alcalde a) Convocar a reuniones previas al Consejo de Coordinación Local Distrital a fi n de articular y armonizar la programación de las actividades del Proceso. b) Establecer el monto del presupuesto institucional que corresponderá al Presupuesto Participativo del respectivo año fi scal, que será el resultante de restar del total del presupuesto proyectado de inversiones, la elaboración de estudios de preinversión en la proporción que la normatividad presupuestal establezca, el fi nanciamiento que garantice la ejecución o culminación de los proyectos considerados en los Programas de Inversiones de los años anteriores, la operación y mantenimiento de los proyectos culminados y los programas o proyectos estratégicos establecidos por la Municipalidad, El monto respectivo es difundido a través del portal WEB de la Municipalidad. c) Propone la Cartera de Proyectos a ser sometida al Presupuesto Participativo. d) Dispone que los funcionarios de las áreas de servicios involucradas en el Proceso, participen de manera activa en las diferentes fases y talleres. Informa y presenta a los Agentes Participantes, Comité de Vigilancia y Consejo de Coordinación Local Distrital, los acuerdos que se hayan venido adoptando a lo largo del proceso. 6.2 Del Consejo de Coordinación Local Distrital. a) Coordinar y concertar los aspectos inherentes para el Proceso del Presupuesto Participativo b) Verifi car que el Presupuesto Participativo se sujete al Plan de Desarrollo Concertado Distrital, a la Visión General y a los lineamientos estratégicos de los mismos. c) Promover la incorporación en el Presupuesto Institucional de los proyectos de inversión priorizados participativamente. d) Coordinar con el Comité de Vigilancia el cumplimiento de las acciones acordadas en el Presupuesto Participativo. e) Sustentar los acuerdos y compromisos adquiridos ante el Consejo Regional de Lima Metropolitana o al Concejo Municipal del Distrito de Carabayllo, según sea el caso, para su inclusión en el correspondiente presupuesto institucional. f) Informar respecto de los acuerdos y propuestas de su instancia al Consejo de Coordinación Local Provincial de Lima Metropolitana. 6.3 Del Concejo Municipal a) Aprobar las políticas, instrumentos y normas que requiera el Proceso. b) Tomar en cuenta en la aprobación y modifi caciones del Presupuesto Institucional las prioridades de inversión identifi cadas en el Proceso del Presupuesto Participativo. c) Fiscalizar el desarrollo oportuno de cada una de las fases del proceso, así como el cumplimiento de los acuerdos en la ejecución del presupuesto. 6.4 De los Agentes Participantes a) Participan en los diferentes talleres planteando sus necesidades, iniciativas y aportes para la formulación del Presupuesto Participativo b) Participan, con voz y voto, en la discusión y/o toma de decisiones del Presupuesto Participativo. c) Tomando como referencia la Cartera de Proyectos propuesta por el Alcalde, plantean además, los proyectos de inversión de impacto local. d) Respetan los acuerdos adoptados en las diferentes fases del proceso.