Norma Legal Oficial del día 16 de julio del año 2010 (16/07/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 26

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 16 de MORDAZA de 2010

de Patrimonio Historico Colonial y Republicano, se lleve a cabo la precision de la citada resolucion al haberse detectado un error material en relacion a la direccion del inmueble, dado que de acuerdo al antecedente registral del mismo: Partida matriz Nº 07015021, emitida por la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos, dicho inmueble se registra como ubicado en MORDAZA Ucayali, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, numeros 564, 572, 580, 586, 594 y 598 y MORDAZA Urubamba, MORDAZA MORDAZA Pileta de MORDAZA MORDAZA de las Monjas, (hoy MORDAZA Ayacucho) numeros 500, 506, 510, 514, 516, 518, 522, 526, 540 y 542. Asimismo, por las divisiones y particiones realizadas en el inmueble en los anos 1989 y 1991, en la actualidad se encuentra independizado en seis unidades inmobiliarias quedando inscrito en la Partida Nº 40347267 como MORDAZA MORDAZA Numero 526-530538-540-542 Cercado, Partida Nº 40417877 como Jr. Ucayali Nº 598 Lima-Cercado, Partida Nº 40417885 como Jr. Ucayali Nº 594, Partida Nº 40417893 como Jr. Ucayali 586 y 580, y Partida Nº 40417907 como Jr. Ucayali Nº 572. Que, mediante Informe Nº 050-2010-DAB-SDRDPHCR/INC de fecha 17 de junio del 2010, de la Sub Direccion de Registro de la Direccion de Patrimonio Historico Colonial y Republicano, se indica que se trata de un inmueble matriz conformado por dos volumenes: uno de dos niveles correspondiente a la esquina de los jirones MORDAZA y Ucayali, y el MORDAZA de un solo nivel con frente al MORDAZA Ucayali. El volumen de dos niveles esta conformado en el primer piso por locales comerciales y por los ingresos al MORDAZA nivel, que esta compuesto por una serie de habitaciones dispuestas en forma sucesiva a las cuales se accede a traves de un corredor; la fachada de este volumen presenta balcones volados de antepecho con superficie de MORDAZA de MORDAZA y carpinteria de MORDAZA en su balaustrada. El volumen de un solo piso, con frente a MORDAZA Ucayali, presenta portada central flanqueada por los ingresos de los locales comerciales; todos los vanos de ingreso son rectangulares y presentan MORDAZA enrollable de fierro; Que, el articulo 13º del Decreto Ley Nº 25762 "Ley Organica del Ministerio de Educacion", senala que el Instituto Nacional de Cultura es el organo que tiene por finalidad ejecutar actividades y acciones a nivel nacional en el MORDAZA de la cultura, normar, supervisar y evaluar la politica cultural del MORDAZA y administrar, conservar y proteger el patrimonio cultural de la Nacion; Que, el articulo 201º de la Ley Nº 27444 "Ley del Procedimiento Administrativo General" senala que los errores materiales o aritmeticos en los actos administrativos pueden ser rectificados con efecto retroactivo, en cualquier momento, de oficio o a instancia de los administrados, siempre que no se altere lo sustancial de su contenido ni el sentido de la decision; Que, de conformidad con lo previsto en los Articulos III y VII del titulo Preliminar de la Ley Nº 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nacion, el Instituto Nacional de Cultura es el organismo con competencia y atribuciones para declarar patrimonio cultural de la Nacion a los inmuebles de importancia historica y artistica; Con las visaciones de la Direccion de Gestion, la Direccion de Registro y Estudio del Patrimonio Historico y de la Oficina de Asuntos Juridicos; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nacion; Ley Nº 27444, Ley del procedimiento Administrativo General; Decreto Supremo Nº 017-2003-ED que aprueba el Reglamento de Organizacion y Funciones del Instituto Nacional de Cultura; Decreto Supremo Nº 011-2006ED, que aprueba el Reglamento de la Ley General del Patrimonio Cultural de la Nacion. SE RESUELVE: Articulo 1º.- PRECISAR la Resolucion Directoral Nacional Nº 1128/INC de fecha 06 de noviembre del 2001, en el extremo correspondiente a la denominacion y numeracion de los inmuebles declarados monumento en el distrito, provincia y departamento de MORDAZA, la misma que queda como a continuacion se indica: Dice: · Jr. Ucayali Nº 564-572-580-586-594

· Jr. MORDAZA Nº 500-506-510-514-516-518-522-530536-540, esquina Jr. Ucayali Nº 598 Debe decir: · MORDAZA Ucayali, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, numeros 564, 572, 580, 586, 594 y 598 y MORDAZA Urubamba, MORDAZA MORDAZA Pileta de MORDAZA MORDAZA de las Monjas, (hoy MORDAZA Ayacucho) numeros 500, 506, 510, 514, 516, 518, 522, 526, 540 y 542. Articulo 2º.- Encargar a la Direccion de Defensa del Patrimonio Historico del Instituto Nacional de Cultura, la inscripcion en los Registros Publicos de la condicion de patrimonio cultural de la Nacion del inmueble en la Partida matriz Nº 07015021 y en las Partidas independizadas Nºs. 40347267, 40417877, 40417885, 40417893 y 40417907, MORDAZA Registral Nº IX, Sede MORDAZA, Oficina Registral Lima. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA BAKULA BUDGE Directora Nacional 518894-1

Declaran como bien inmueble de Valor Monumental integrante del patrimonio cultural de la Nacion a predio ubicado en el distrito, provincia y departamento de MORDAZA
RESOLUCION DIRECTORAL NACIONAL Nº 1465/INC MORDAZA, 6 de MORDAZA de 2010 Visto el Expediente Nº 024764/2009; y, CONSIDERANDO: Que, el articulo 21º de la Constitucion Politica del Peru senala que es funcion del Estado la proteccion del Patrimonio Cultural de la Nacion; Que, de conformidad al articulo VII del Titulo Preliminar de la Ley Nº 28296, "Ley General del Patrimonio Cultural de la Nacion", el Instituto Nacional de Cultura viene realizando una permanente identificacion y registro de inmuebles, espacios, testimonio y areas urbanas que por su valor historico deben ser declarados integrantes del Patrimonio Cultural de la Nacion; Que, se trata de un inmueble integrante de la MORDAZA Monumental de MORDAZA declarada por Resolucion Suprema Nº 2900 de fecha 28 de diciembre de 1972; Que, mediante el Expediente del visto de fecha 18 de setiembre de 2009, el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, solicita declaracion como Monumento Historico de la MORDAZA colonial ubicada en el Jr. MORDAZA Nº 552, distrito, provincia y departamento de Lima; Que, con Informe Nº 131-2009-SCCC-SDR-DPHCR/ INC de fecha 05 de octubre de 2009, la Sub Direccion de Registro de la Direccion de Patrimonio Historico Colonial y Republicano, reviso el expediente presentado, consignando la unidad inmobiliaria con la numeracion Jr. MORDAZA Nº 542- 552 - 554, distrito, provincia y departamento de MORDAZA, proponiendo su declaracion como bien integrante del patrimonio cultural de la Nacion, poniendola a consideracion de la Comision Nacional Tecnica de Arquitectura y Urbanismo; Que, de la evaluacion del expediente administrativo, la Comision Nacional Tecnica de Arquitectura y Urbanismo, emitio el Acuerdo Nº 05 de fecha 23 de octubre de 2009, en el que solicito a la Sub Direccion de Registro de la Direccion de Patrimonio Historico Colonial y Republicano ampliar la informacion respecto a la solicitud de declaracion como patrimonio cultural de la Nacion del inmueble MORDAZA mencionado; habiendose presentado documentacion complementaria se evaluo nuevamente el expediente en mencion y se emitio el Acuerdo Nº 10 de fecha 14 de junio de 2010, considerando que: el inmueble corresponde a una edificacion de dos pisos de arquitectura civil domestica,

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