Norma Legal Oficial del día 16 de julio del año 2010 (16/07/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 33

El Peruano MORDAZA, viernes 16 de MORDAZA de 2010

NORMAS LEGALES
JEFATURA DE ADQUISICIONES Y RECUPERACIONES

422287

Que, revisada la base grafica de propiedades con la que cuenta esta Superintendencia, se ha identificado el terreno de naturaleza eriaza de 13 808 262,44 m², ubicado en la playa denominada El Conchal en la MORDAZA San MORDAZA, al norte de las instalaciones de la planta de Shougang Hierro Peru S.A., distrito de Marcona, provincia de Nazca, departamento de Ica, que se encontraria libre de inscripcion registral; Que, realizada la inspeccion tecnica el 10 de setiembre de 2009, se ha verificado que el terreno precitado es de naturaleza eriaza, presenta un suelo de textura arenosa y topografia variable que va de ligeros desniveles con direccion al mar (playa denominada El Conchal) a accidentada (lomo y parte de cerro), al cual se accede por la carretera que conduce del Centro Poblado San MORDAZA de Marcona a la MORDAZA San MORDAZA, luego de pasar por un control de la planta de Shougang, el predio se encuentra desocupado, libre de edificaciones y proximo a la faja transportadora de la planta de Shougang Hierro Peru S.A.; Que, efectuada la consulta pertinente, mediante Informe Tecnico Nº 521-2009-ZR-XI/CP-NASCA, de fecha 01 de octubre de 2009, la Oficina de Catastro de la MORDAZA Registral Nº XI - Sede Ica, senala que el predio materia de consulta se encuentra en MORDAZA donde no se aprecian predios con antecedentes graficos registrales; Que, el articulo 23º de la Ley Nº 29151, establece que los predios que no se encuentren inscritos en el Registro de Predios y que no constituyan propiedad de particulares, ni de las Comunidades Campesinas y Nativas, son de dominio del Estado, cuya inmatriculacion compete a la SBN, por lo que corresponde tramitar la primera inscripcion de dominio a favor del Estado del terreno eriazo de 13 808 262,44 m² , de conformidad con lo dispuesto en el Articulo 38º del Reglamento de la Ley Nº 29151, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA y la Directiva Nº 001-2002/SBN, modificada por la Directiva Nº 003-2004/ SBN, que regulan el tramite de inscripcion de la primera de dominio de predios a favor del Estado; Que, mediante Resolucion Nº 027-2008/SBN de fecha 17 de marzo de 2008, se designa transitoriamente a la Gerencia de Operaciones, la facultad de Gestion Inmobiliaria y Supervision a que hace referencia la Ley Nº 29151, hasta la aprobacion del MORDAZA Reglamento de Organizacion y Funciones de la SBN; Que, los incisos h) y s) del articulo 39º de la Resolucion de Superintendencia Nº 315-2001/SBN, que aprueba el Reglamento de Organizacion y Funciones de la Superintendencia de Bienes Nacionales, facultan a la Jefatura de Adquisiciones y Recuperaciones de la Gerencia de Operaciones, a identificar los terrenos eriazos y/o en abandono, con la finalidad de incorporarlos al dominio del Estado, asi como a emitir en primera instancia las resoluciones de su competencia; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Supremo Nº 131-2001-EF, que aprueba el Estatuto de la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales, la Ley Nº 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales y su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA y modificatorias; y Estando a los fundamentos expuestos en el Informe Tecnico Legal Nº 0409-2010/SBN-GO-JAR, de fecha 03 de junio de 2010; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Disponer la primera inscripcion de dominio a favor del Estado del terreno de naturaleza eriaza de 13 808 262,44 m², ubicado en la playa denominada El Conchal en la MORDAZA San MORDAZA, al norte de las instalaciones de la planta de Shougang Hierro Peru S.A., distrito de Marcona, provincia de Nazca, departamento de Ica, de acuerdo al plano y memoria descriptiva que sustentan la presente Resolucion. Articulo 2º.- La MORDAZA Registral Nº XI - Sede Ica de la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos, por el merito de la presente Resolucion, efectuara la primera inscripcion de dominio a favor del Estado del terreno MORDAZA descrito en el Registro de Predios de Nazca. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Jefe de Adquisiciones y Recuperaciones 518996-2

RESOLUCION Nº 172-2010/SBN-GO-JAR San MORDAZA, 2 de MORDAZA del 2010 Visto el Expediente Nº 124-2010/SBN-JAR, correspondiente al tramite de primera inscripcion de dominio a favor del Estado del terreno de 607 423,67 m², ubicado en la denominada Playa Hondable, al Sur del Balneario de MORDAZA MORDAZA, en el distrito de MORDAZA MORDAZA, provincia y departamento de Lima; y, CONSIDERANDO: Que, la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales - SBN, es el Ente Rector del Sistema Nacional de Bienes Estatales encargado de normar y supervisar las acciones que realicen las entidades que conforman el mencionado Sistema, en materia de adquisicion, disposicion, administracion y registro de los bienes estatales a nivel nacional, asi como de ejecutar dichos actos respecto de los bienes estatales que se encuentran bajo su competencia, procurando optimizar su uso y valor, conforme a la Ley Nº 29151 - Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales - y su Reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA; Que, revisada la base grafica de propiedades con la que cuenta esta Superintendencia, se identifico el terreno de 607 423,67 m², ubicado en la denominada Playa Hondable, al Sur del Balneario de MORDAZA MORDAZA, en el distrito de MORDAZA MORDAZA, provincia y departamento de MORDAZA, que se encontraria libre de inscripcion registral; Que, mediante Informe Tecnico Nº 4213-2010SUNARP-Z.R.Nº.IX/OC, de fecha 19 de MORDAZA de 2010, la Oficina Registral de MORDAZA, senala que sobre el terreno en consulta se encuentra comprendido en area donde no se ha encontrado antecedente registral; Que, realizada la inspeccion tecnica con fecha 02 de junio de 2010, se verifico que el terreno es de topografia variada, conformada por zonas de laderas y cimas de cerros, suelo de textura arenosa y se encuentra desocupado; Que, el Articulo 23º de la Ley Nº 29151 "Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales" establece que los predios que no se encuentren inscritos en el Registro de Predios y que no constituyan propiedad de particulares, ni de las Comunidades Campesinas y Nativas, son de dominio del Estado, por lo que corresponde tramitar la primera inscripcion de dominio a favor del Estado del terreno eriazo de 607 423,67,50 m², de conformidad con el Articulo 38º del Reglamento de la Ley Nº 29151, aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA y la Directiva Nº 001-2002/SBN, aprobada por Resolucion Nº 011-2002/SBN, modificada por la Directiva Nº 0032004/SBN, aprobada por Resolucion Nº 014-2004/SBN, que regulan el tramite de inscripcion de la primera de dominio de predios a favor del Estado; Que, mediante Resolucion Nº 027-2008/SBN de fecha 17 de marzo de 2008, se designa transitoriamente a la Gerencia de Operaciones, la facultad de Gestion Inmobiliaria y Supervision a que hace referencia la Ley Nº 29151, hasta la aprobacion del MORDAZA Reglamento de Organizacion y Funciones de la SBN; Que, los incisos h) y s) del Articulo 39º del "Reglamento de Organizacion y Funciones de la SBN" aprobado por Resolucion de Superintendencia Nº 315-2001/SBN, de fecha 03 de setiembre de 2001, facultan a la Jefatura de Adquisiciones y Recuperaciones de la Gerencia de Operaciones, a identificar los terrenos eriazos y/o en abandono con la finalidad de incorporarlos al dominio del Estado, asi como a emitir en primera instancia las resoluciones de su competencia; De conformidad con la Ley Nº 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales y su Reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA y modificatorias, Decreto Supremo Nº 131-2001-EF, "Estatuto de la SBN" y Resolucion de Superintendencia Nº 315-2001/SBN; Estando a los fundamentos expuestos en el Informe Tecnico Legal Nº 416 -2010/SBN-GO-JAR, de fecha 08 de junio de 2010;

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