Norma Legal Oficial del día 16 de julio del año 2010 (16/07/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 35

El Peruano MORDAZA, viernes 16 de MORDAZA de 2010

NORMAS LEGALES

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CONSIDERANDO: Que, el numeral 5.1 del Articulo 5° de la Ley Nº 28832, Ley para Asegurar el Desarrollo Eficiente de la Generacion Electrica (en adelante la "Ley"), establece que es obligacion del Distribuidor iniciar un MORDAZA de Licitacion con una anticipacion minima de tres (3) anos, a fin de evitar que la demanda de sus Usuarios Regulados quede sin cobertura de contratos; Que, complementariamente, el 14 de octubre de 2007 se publico el Decreto Supremo N° 052-2007-EM que aprobo el Reglamento de Licitaciones de Suministro de Electricidad (en adelante el "Reglamento"). El Reglamento establecio en su Disposicion Transitoria Unica que OSINERGMIN aprobara los procedimientos necesarios para el cumplimiento de su funcion; Que, el numeral 6.2 del Articulo 6° de la Ley establece la responsabilidad de OSINERGMIN de aprobar las Bases de Licitacion, modelos de contrato, terminos y condiciones del MORDAZA de licitacion, formulas de actualizacion de precios firmes y supervisar su ejecucion. En este sentido, y con la finalidad de otorgar mayor transparencia y predictibilidad al MORDAZA de aprobacion de bases para licitaciones de suministro, mediante Resolucion OSINERGMIN Nº 688-2008-OS/CD, publicada en el Diario Oficial "El Peruano" el 26 de diciembre de 2008, se aprobo la MORDAZA "Procedimientos para Licitaciones de Largo Plazo de Suministros en el MORDAZA de la Ley Nº 28832" (en adelante el "Procedimiento"); Que, el Procedimiento, conforme lo establece su numeral 2.1, es de aplicacion obligatoria a todas las Licitaciones que se efectuen en el MORDAZA del numeral 5.1 del Articulo 5° de la Ley; Que, asimismo, el Articulo 5° del Procedimiento establece los pasos, las responsabilidades, actividades y plazos para el MORDAZA de aprobacion de las Bases Ajustadas de la Licitacion; Que, el 30 de marzo de 2010 Luz del Sur S.A.A. manifesto su intencion de iniciar un MORDAZA de licitacion LDS-01-2010-LP al MORDAZA de la Ley, efectuando la correspondiente publicacion en un diario de circulacion nacional y publicando en su pagina Web su propuesta de Bases; Que, con fecha 31 de marzo de 2010, Luz del Sur S.A.A. remitio a OSINERGMIN MORDAZA de su publicacion de expresion de interes, asi como su respectiva propuesta de Bases; Que, dentro de los plazos establecidos en el Reglamento y en el Procedimiento, las empresas Edelnor S.A.A., Edecanete S.A., Electro Oriente S.A. y Electro Dunas S.A.A., manifestaron su intencion de integrarse al MORDAZA, remitiendo la informacion de los Puntos de Suministro y demandas de potencia, correspondientes; Que, el 13 de MORDAZA de 2010 se recibio de Luz del Sur S.A.A. la Carta LE-86/2010 con la Propuesta de Bases Ajustadas para licitacion publica, proyecto que incluyo los requerimientos de energia y potencia de las empresas: Edelnor S.A.A., Edecanete S.A., Electro Oriente S.A. y Electro Dunas S.A.A. Al respecto, se procedio a analizar el contenido de dicho documento y se emitieron, mediante Oficio N° 0425-2010-GART del 07 de junio de 2010, las observaciones a la Propuesta de Bases Ajustadas, solicitandose que las respuestas MORDAZA debidamente fundamentadas; Que, mediante la carta GC-10-150, recibida el 01 de MORDAZA de 2010, Luz del Sur S.A.A. presento la version modificada del Proyecto de Bases Ajustadas en atencion a las observaciones formuladas por OSINERGMIN; Que, se han emitido el Informe N° 0244-2010-GART de la Division de Generacion y Transmision Electrica y el Informe N° 0246-2010-GART de la Asesoria Legal de la Gerencia Adjunta de Regulacion Tarifaria, en los que se analiza el proyecto de Bases Ajustadas remitido por la Licitante. Los mencionados informes complementan la motivacion que sustenta la decision de OSINERGMIN, cumpliendo de esta manera con el requisito de validez de los actos administrativos a que se refiere el Articulo 3°, numeral 4, de la Ley del Procedimiento Administrativo General; Que, en ese sentido, no habiendose encontrado observaciones, corresponde aprobar las Bases Ajustadas para la Convocatoria a Licitacion de Suministros de Energia Electrica para las Empresas Concesionarias de

Distribucion Luz del Sur S.A.A., Edelnor S.A.A., Edecanete S.A., Electro Oriente S.A. y Electro Dunas S.A.A., de la Licitacion LDS-01-2010-LP; De conformidad con lo establecido en la Ley N° 27332, Ley MORDAZA de los Organismos Reguladores de la Inversion Privada en los Servicios Publicos; en el Reglamento General de OSINERGMIN, aprobado por Decreto Supremo N° 054-2001-PCM; en la Ley N° 28832, Ley para Asegurar el Desarrollo Eficiente de la Generacion Electrica; en el Reglamento de Licitaciones de Suministro de Electricidad aprobado por Decreto Supremo Nº 052-2007-EM; en la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; y en la MORDAZA "Procedimientos para Licitaciones de Largo Plazo de Suministros en el MORDAZA de la Ley N° 28832", aprobada mediante Resolucion OSINERGMIN Nº 688-2008-OS/CD. SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar las Bases Ajustadas para la Convocatoria a Licitacion de Suministro de Energia Electrica para las Empresas Concesionarias de Distribucion Luz del Sur S.A.A., Edelnor S.A.A., Edecanete S.A., Electro Oriente S.A. y Electro Dunas S.A.A., de la Licitacion LDS-01-2010-LP, la misma que como Anexo forma parte de la presente Resolucion. Articulo 2°.- La presente Resolucion debera ser publicada en el diario oficial "El Peruano" y consignada, conjuntamente con su Anexo, en la pagina Web de OSINERGMIN: www.osinerg.gob.pe. MORDAZA DAMMERT MORDAZA Presidente del Consejo Directivo 519617-1

Aprueban Bases Integradas para la MORDAZA Convocatoria a Licitacion de Suministro de Energia Electrica para las Empresas Concesionarias de Distribucion Hidrandina S.A., Electronoroeste S.A., Electronorte S.A., Electrocentro S.A. y Coelvisac denominada Licitacion DISTRILUZ
RESOLUCION DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA OSINERGMIN N° 185-2010-OS/CD MORDAZA, 15 de MORDAZA de 2010 CONSIDERANDO: Que, el numeral 5.1 del Articulo 5° de la Ley N° 28832, Ley para Asegurar el Desarrollo Eficiente de la Generacion Electrica (en adelante la "Ley 28832"), establece que es obligacion del Distribuidor iniciar un MORDAZA de Licitacion con una anticipacion minima de tres (3) anos, a fin de evitar que la demanda de sus Usuarios Regulados quede sin cobertura de contratos; Que, complementariamente, el 14 de octubre de 2007 se publico el Decreto Supremo N° 052-2007-EM que aprobo el Reglamento de Licitaciones de Suministro de Electricidad (en adelante el "Reglamento"). El Reglamento establecio, en su Disposicion Transitoria Unica, que OSINERGMIN aprobara los procedimientos necesarios para el cumplimiento de su funcion; Que, el numeral 6.2 del Articulo 6° de la Ley Nº 28832 establece la responsabilidad de OSINERGMIN de aprobar las Bases de Licitacion, modelos de contrato, terminos y condiciones del MORDAZA de licitacion, formulas de actualizacion de precios firmes y supervisar su ejecucion. En este sentido, y con la finalidad de otorgar mayor transparencia y predictibilidad al MORDAZA de aprobacion de bases para licitaciones de suministro, mediante Resolucion OSINERGMIN N° 688-2008-OS/CD, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 26 de diciembre de 2008, se aprobo la MORDAZA "Procedimientos para Licitaciones de Largo Plazo de Suministros en el MORDAZA de la Ley

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