Norma Legal Oficial del día 16 de julio del año 2010 (16/07/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 27

El Peruano MORDAZA, viernes 16 de MORDAZA de 2010

NORMAS LEGALES

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de estilo neoclasico, edificada en la MORDAZA mitad del siglo XIX, sin embargo presenta en la parte posterior del predio, evidencias de estructuras del antiguo convento de MORDAZA Bajo, del siglo XVIII; Que, el inmueble posee una tipologia de casapatio; el ingreso principal es a traves de un zaguan que se encuentra flanqueado por locales comerciales, el cual da acceso al primer patio mediante un portico formado por pilastras. Despues del primer patio sigue un amplio salon antecedido por una galeria en forma de "L" sostenida por dos columnas de seccion circular de MORDAZA y donde se ubica una escalera de dos tramos que conduce al MORDAZA piso el cual se distribuye en la primera crujia y la MORDAZA lateral izquierda. En el interior del inmueble existen construcciones de factura moderna de ladrillo, de un piso con altillos de MORDAZA de condicion precaria y sin valor, distribuidas a lo largo de estrechos corredores abiertos, en la parte central se ubica una bateria de banos y lavaderos comunes de concreto a un lado del corredor. La parte posterior del lote colinda con la galeria comercial denominada "El Hueco", forma un amplio patio, cuyos muros perimetrales presentan hornacinas, probablemente parte de las estructuras del antiguo convento de MORDAZA Bajo, encontrandose en el acumulado basura y desmonte; Que, la fachada del inmueble es de composicion simetrica tripartita, conformada por dos cuerpos y tres calles marcados con entablamentos corridos y pilastras, presenta en el primer cuerpo una portada sencilla sin ornamentacion con pilastras y molduras, vanos laterales alterados con amplios accesos independientes desde la MORDAZA y carpinteria metalica, para fines comerciales. El MORDAZA cuerpo esta formado por vanos rectangulares con balcones de antepecho y balaustres de MORDAZA torneada; Que, se han producido en el inmueble obras inconsultas de demolicion; el MORDAZA piso abarcaba todo el contorno del primer patio, el techo del MORDAZA piso con su respectiva galeria, tabiques de quincha y carpinteria ya no existen. De la MORDAZA lateral del primer patio se ha demolido el MORDAZA piso y sustraido el techo del primer piso. Elementos estructurales de MORDAZA como vigas, viguetas, tabiqueria y carpinteria; Que, el inmueble se encuentra en mal estado de conservacion, producto de las demoliciones que han ocasionado grave dano. Se han sustraido componentes de la estructura de la unidad edilicia, debilitando la estructura del inmueble, sin embargo, aun queda parte de la edificacion y la fachada la que puede consolidarse con una adecuada intervencion. Asimismo, presenta caracteristicas de interes cultural por sus valores arquitectonicos, historicos, urbanisticos y tecnologicos, que ameritan su conservacion por constituir un ejemplo representativo de la arquitectura civil domestica, componente distintivo de la MORDAZA Monumental de MORDAZA, constituyendo junto con las edificaciones de su entorno un conjunto homogeneo y representativo de la imagen MORDAZA de la MORDAZA del siglo XIX; Que, se ratifica la condicion de Valor Monumental identificada por la Municipalidad Metropolitana de LimaDireccion Municipal de Educacion y Cultura-Direccion de Patrimonio Historico Monumental y Turismo, evaluada con Ficha Nº 424, Codigo 0280, con fecha diciembre 1997; Que, por los considerandos MORDAZA expuestos la Comision aludida acordo recomendar a la Direccion Nacional del Instituto Nacional de Cultura aprobar la solicitud de declaracion como bien de Valor Monumental al inmueble ubicado en el Jr. MORDAZA Nº 542, 552, 554, distrito, provincia y departamento de Lima; Estando a lo visado por el Director de Gestion, el Director de Registro y Estudio del Patrimonio Historico y el Director de la Oficina de Asuntos Juridicos; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nacion; Ley Nº 27580, Ley que dispone medidas de proteccion que debe aplicar el Instituto Nacional de Cultura para la ejecucion de obras en bienes culturales inmuebles; Decreto Supremo Nº 011-2006-ED, que aprueba el Reglamento de la Ley General del Patrimonio Cultural de la Nacion; Decreto Supremo Nº 011-2006-VIVIENDA, que aprueba el Reglamento Nacional de Edificaciones,

Decreto Supremo Nº 017-2003-ED, que aprueba el Reglamento de Organizacion y Funciones del Instituto Nacional de Cultura modificado mediante Decreto Supremo Nº 028-2006-ED; SE RESUELVE: Articulo 1º.- DECLARAR como bien inmueble de Valor Monumental integrante del patrimonio cultural de la Nacion, al predio ubicado en el Jr. MORDAZA Nº 542, 552, 554, distrito, provincia y departamento de MORDAZA, inscrita en la Partida Electronica Nº 40430458 del Registro de Predios de MORDAZA, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Hacer de conocimiento a las autoridades locales y regionales la presente Resolucion sobre la condicion patrimonial del inmueble indicado en el articulo 1º, asi como la normatividad y leyes de proteccion del Patrimonio Cultural de la Nacion. Articulo 3º.- Es obligacion de los propietarios, autoridades locales y regionales someter a la aprobacion y supervision del Instituto Nacional de Cultura cualquier intervencion a realizarse en el inmueble indicado en el articulo 1º de la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA BAKULA BUDGE Directora Nacional 518894-2

Declaran patrimonio cultural de la Nacion a monumentos arqueologicos prehispanicos ubicados en los departamentos de MORDAZA, MORDAZA y San MORDAZA
RESOLUCION DIRECTORAL NACIONAL Nº 1466/INC MORDAZA, 6 de MORDAZA de 2010 CONSIDERANDO: Que, el Instituto Nacional de Cultura es un Organismo Publico Descentralizado del Sector Educacion, con personeria juridica de derecho publico interno; responsable de la promocion y desarrollo de las manifestaciones culturales del MORDAZA y de la investigacion, preservacion, conservacion, restauracion, difusion y promocion del patrimonio cultural de la Nacion; Que, el articulo VII del Titulo Preliminar de la Ley Nº 28296 -Ley General del Patrimonio Cultural de la Nacion, senala que el Instituto Nacional de Cultura esta encargado de registrar, declarar y proteger el patrimonio cultural de la Nacion dentro del ambito de su competencia; Que, mediante Informe Nº 360-2010-SDIC-DA/ IDREPH/NC de fecha 10 de febrero de 2010, la Sub Direccion de Investigacion y Catastro de la Direccion de Arqueologia solicita la declaratoria como patrimonio cultural de la Nacion del monumento arqueologico prehispanico MORDAZA MORDAZA, ubicado en el distrito de Banos, provincia de Lauricocha, departamento de Huanuco; Que, mediante Acuerdo Nº 0171 de fecha 15 de febrero de 2010, la Comision Nacional Tecnica de Arqueologia acordo recomendar a la Direccion Nacional del Instituto Nacional de Cultura se declare patrimonio cultural de la Nacion al monumento arqueologico prehispanico MORDAZA MORDAZA, ubicado en el distrito de Banos, provincia de Lauricocha, departamento de Huanuco; Estando a lo visado por el Director de Gestion, el Director de Arqueologia y el Director de la Oficina de Asuntos Juridicos; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nacion; Decreto Supremo Nº 017-2003-ED, que aprueba el Reglamento de Organizacion y Funciones del Instituto Nacional de Cultura, Resolucion Suprema Nº 004-2000-ED, que aprueba el Reglamento de Investigaciones Arqueologicas, modificada por Resolucion Suprema Nº 012-2006-ED;

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