Norma Legal Oficial del día 02 de junio del año 2010 (02/06/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 29

El Peruano MORDAZA, miercoles 2 de junio de 2010

NORMAS LEGALES

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Visto el resultado de la fiscalizacion, Programa Verificacion de Remuneraciones ­ Essalud, efectuada al contribuyente MORDAZA DE MORDAZA MORDAZA con R.U.C. Nº 10026129376 y con domicilio fiscal en Nro. 1776 Prolongacion Grau - Piura. CONSIDERANDO: Que conforme a lo establecido en el articulo 5° de la Ley General de la Superintendencia Nacional de Administracion Tributaria ­ SUNAT, aprobada por el Decreto Legislativo N° 501, modificado por el articulo 1° de la Ley N° 27334, la SUNAT ejerce las funciones de administracion de las aportaciones al Seguro Social de Salud - ESSALUD y de la Oficina de Normalizacion Previsional - ONP; Que, mediante los incisos a), b) y c) del articulo 4° del reglamento de la Ley N° 27334, aprobado por el Decreto Supremo N° 039-2001-EF, la SUNAT proporcionara al ESSALUD y ONP, segun corresponda: a) El Registro de Entidades Empleadoras: contribuyentes y/o responsables de las Aportaciones a la Seguridad Social; b) El Registro de Asegurados Titulares y Derechohabientes ante el ESSALUD; y c) El Registro de Afiliados Obligatorios y Facultativos ante la ONP. Que, asimismo el primer parrafo del articulo 5° y del articulo 12° del Decreto Supremo N° 039-2001-EF, establecieron que la administracion de las Aportaciones a la Seguridad Social, incluye lo relacionado a la inscripcion y/o declaracion de las entidades empleadoras y de sus trabajadores y/o pensionistas, sin distincion del periodo tributario, para lo cual corresponde a la SUNAT la elaboracion y aprobacion de las normas y los procedimientos necesarios para llevar a cabo dicha funcion; Que, en virtud al articulo 10° de la Resolucion de Superintendencia N° 191-2005/SUNAT, la SUNAT de oficio, podra dar de baja la inscripcion del Trabajador del Hogar del Registro de Empleadores de Trabajadores del Hogar, Trabajadores del Hogar y sus Derechohabientes, cuando presuma que en base a la informacion que conste en sus registros, o cuando determine en el ejercicio de su facultad de fiscalizacion, que no existe relacion laboral que genere obligaciones tributarias. Que, de la fiscalizacion efectuada y de acuerdo con el Informe Nº 00465-2010/SUNAT-2M0200, cuyos fundamentos se reproducen, se ha determinado que el contribuyente Sra. MORDAZA de MORDAZA MORDAZA no ha tenido vinculo laboral con trabajador (a) del hogar Sra. MORDAZA de Arca MORDAZA Elizabeth. Que, en uso de las facultades conferidas por el Decreto Legislativo N° 501 Ley General de la Superintendencia Nacional de Administracion Tributaria y normas modificatorias, el Reglamento de Organizacion y Funciones (ROF) de la SUNAT aprobado por Decreto Supremo N° 115-2002-PCM, la Resolucion de Superintendencia N° 190-2002/SUNAT, y la Ley Nº 27334 que amplia las funciones de la SUNAT y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 039-2001-EF y normas modificatorias; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Declarar la baja de oficio del: a) Registro de Entidades Empleadoras del Hogar: contribuyentes y/o responsables de las Aportaciones a la Seguridad Social, a la contribuyente MORDAZA DE MORDAZA MORDAZA, identificada con RUC N° 10026129376. b) Registro de Asegurados Titulares y Derechohabientes ante el ESSALUD, asi como para efectos del Registro de Empleadores de Trabajadores del Hogar a: MORDAZA de Arca MORDAZA MORDAZA con DNI 02641195. Registrese, notifiquese y archivese. F. LEVY MORDAZA MORDAZA Intendente Regional (e)

La presente resolucion no agota la via administrativa y surtira efectos al dia habil siguiente de su notificacion de acuerdo al Articulo 5°1 de la Ley N° 29135. Contra la presente resolucion podra interponerse recurso de Reconsideracion o Apelacion, dentro del plazo improrrogable de quince (15) dias habiles contados desde el dia siguiente de su notificacion segun Articulo 207 de la Ley N° 27444, Ley de Procedimiento Administrativo General, en las oficinas ubicadas en Avenida MORDAZA N° 600 - Piura.

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Su notificacion de acuerdo al Articulo 5° de la Ley N° 29135: Publicacion en el Diario Oficial "El Peruano" y en la pagina Web de SUNAT.

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SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE BIENES ESTATALES
Aprueban adjudicacion en venta directa de predios a favor de personas naturales, ubicados en la provincia de Canete, departamento de MORDAZA
RESOLUCION N° 062-2010/SBN MORDAZA, 28 de MORDAZA de 2010 Visto; el Expediente Nº 240-2009/SBN-JAD, que contiene la solicitud de adjudicacion en venta directa formulada por la Asociacion Club Playa MORDAZA de dos predios de 156,25 m² cada uno, denominados Fila C, Lote 2 y Fila D, Lote 2, ubicados en la Habilitacion Vacacional Playa MORDAZA del distrito de MORDAZA, provincia de Canete, departamento de MORDAZA, y; CONSIDERANDO: Que, la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales ­ SBN es un organismo publico, adscrito al Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, siendo el Ente Rector responsable de normar los actos de disposicion, administracion y supervision de los bienes estatales, asi como de ejecutar dichos actos respecto de los bienes cuya administracion estan a su cargo y tiene como finalidad buscar el aprovechamiento economico de los bienes del Estado en MORDAZA con el interes social, de acuerdo a lo dispuesto en la Ley N° 29151 ­ Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo N° 007-2008-VIVIENDA, modificado por el Decreto Supremo N° 002-2009-VIVIENDA, asi como el Decreto Supremo N° 004-2007-VIVIENDA; Que, el Estado - Superintendencia Nacional de Bienes Estatales es la titular de dominio de dos predios de 156,25 m² cada uno, denominados Fila C, Lote 2 y Fila D, Lote 2, ubicados en la Habilitacion Vacacional Playa MORDAZA del distrito de MORDAZA, provincia de Canete, departamento de MORDAZA, inscritos en las Partidas Nº 21000711 y Nº 90285526, del Registro de Predios de Canete e inventariados en los Registros SINABIP Nº 17057 y Nº 17058 correspondiente al Libro de MORDAZA, respectivamente; Que, los bienes MORDAZA descritos fueron adquiridos por el Estado - Comision de Administracion de Bienes Incautados y Decomisados (COMABID) del Ministerio de Justicia en virtud de la Sentencia de fecha 16 de MORDAZA de 2005, confirmada por Ejecutoria Suprema de 12 de diciembre de 2005, habiendo el Estado - Superintendencia Nacional de Bienes Estatales asumido la titularidad registral conforme a lo dispuesto en el Articulo 59º del Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA, Reglamento de la Ley Nº 29151; Que, la Asociacion Club Playa MORDAZA debidamente representada por su Presidente MORDAZA MORDAZA MORDAZA con DNI Nº 08787958, segun poderes inscritos en la Partida Nº 21000576 del Registro de Personas Juridicas de Canete,

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