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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE JUNIO DEL AÑO 2010 (24/06/2010)

CANTIDAD DE PAGINAS: 60

TEXTO PAGINA: 28

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 24 de junio de 2010 421130 De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 28900, el Decreto Supremo Nº 010-2007-MTC y Decreto Supremo Nº 036-2008-MTC, así como lo dispuesto por la Ley Nº 29370, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 021-2007-MTC y sus modifi catorias; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Encargar a la Agencia de Promoción de la Inversión Privada – PROINVERSIÓN, la conducción del proceso de selección para elegir al operador que tendrá a su cargo la implementación del Proyecto “Integración de las Áreas Rurales y Lugares de Preferente Interés Social a la Red del Servicio Móvil – Centro Norte”. El referido proceso de selección no deberá ser fusionado con ningún otro de similar naturaleza, desarrollándolo de manera independiente; según lo dispuesto por el Directorio del FITEL mediante el Acuerdo de Directorio Nº 05-2010/FITEL, de fecha 25 de febrero de 2010. Artículo 2º.- El referido proceso de selección se regirá por el marco legal aplicable a los procesos de promoción de la inversión, a cargo de PROINVERSIÓN. Artículo 3º.- Remitir copia de la presente Resolución a la Secretaría General del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, para su conocimiento y fi nes. Artículo 4º.- Remitir copia de la presente Resolución a la Ofi cina de Atención al Ciudadano y Gestión Documental del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, para su conocimiento y fi nes. Regístrese, comuníquese y publíquese. ENRIQUE CORNEJO RAMÍREZ Ministro de Transportes y Comunicaciones 510686-1 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 277-2010-MTC/03 Lima, 16 de junio de 2010 CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 28900 se otorga al Fondo de Inversión en Telecomunicaciones - FITEL, la calidad de persona jurídica de Derecho Público, adscribiéndolo al Sector Transportes y Comunicaciones. Asimismo, se dispuso que el FITEL sea administrado por un Directorio presidido por el titular del Ministerio de Transportes y Comunicaciones e integrado por el titular del Ministerio de Economía y Finanzas y el Presidente del Consejo Directivo del Organismo Supervisor de inversión Privada en Telecomunicaciones - OSIPTEL; Que, el numeral 1) del artículo 3º del Decreto Supremo Nº 036-2008-MTC, mediante el cual se aprueba el Reglamento de Administración y Funciones del Fondo de Inversión en Telecomunicaciones – FITEL, establece como una de las funciones del FITEL, formular Programas y Proyectos que involucren la provisión de servicios de telecomunicaciones en áreas rurales o en lugares considerados de preferente interés social, así como la infraestructura de telecomunicaciones y estudios relativos a éstos para garantizar el acceso a tales servicios. Que, asimismo, el numeral 7) del artículo 7º del Decreto Supremo Nº 036-2008-MTC, establece como una de las funciones del Directorio del FITEL, encargar a PROINVERSIÓN la conducción de las licitaciones y/o concursos públicos de los Programas y/o Proyectos, a ser fi nanciados con los recursos del FITEL; Que, el artículo 30º del Decreto Supremo Nº 010-2007- MTC, Reglamento de la Ley Nº 28900, concordante con el artículo 4º de la Ley Nº 28900, dispone que la Agencia de Promoción de Inversión Privada – PROINVERSIÓN es la entidad encargada de realizar las licitaciones y concursos públicos destinados a seleccionar a la persona natural o jurídica a la que se le adjudicará los recursos del FITEL para el fi nanciamiento de Programas y Proyectos de telecomunicaciones y que dichos procesos de selección se regirán por normas de la mencionada entidad; Que, la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto de éste Ministerio, mediante Informe Técnico Nº 1465-2009- MTC/09.02 de fecha 23 de diciembre de 2009, declaró viable el estudio de preinversión a nivel de prefactibilidad del Proyecto “Integración de las Áreas Rurales y Lugares de Preferente Interés Social a la Red del Servicio Móvil – Centro Sur”, de conformidad con los dispuesto por la normativa aplicable al Sistema Nacional de Inversión Pública – SNIP; Que, el Proyecto “Integración de las Áreas Rurales y Lugares de Preferente Interés Social a la Red del Servicio Móvil – Centro Sur”, formulado por la Secretaría Técnica del FITEL, comprenderá como Departamentos benefi ciarios a Apurimac, Arequipa, Ayacucho, Cusco, Huancavelica, Ica, Moquegua, Puno y Tacna, y brindará los servicios de telefonía fi ja de abonados y telefonía móvil para cincuenta y nueve capitales de distrito, benefi ciando directamente a sus pobladores. Que, asimismo dicho Proyecto se implementará a través de una solución mixta (terrestre – satelital), sobre una infraestructura existente que pertenece a los operadores de comunicaciones móviles. Que, el referido Proyecto ha sido formulado de forma independiente dentro de un conjunto de tres Proyectos móviles, atendiendo a la necesidad de preservar la competencia que existe en el servicio de comunicaciones móviles, a fi n de evitar un desbalance en la actual situación de equilibrio en la cobertura de los operadores. Que, mediante Acuerdo de Directorio Nº 03-20010/FITEL de fecha 25 de febrero de 2010, el Directorio del FITEL acordó por unanimidad encargar a la Agencia de Promoción de la Inversión Privada – PROINVERSIÓN, la conducción del proceso para la selección del operador que tendrá a su cargo la implementación del Proyecto “Integración de las Áreas Rurales y Lugares de Preferente Interés Social a la Red del Servicio Móvil – Centro Sur”, disponiendo la formalización del referido encargo mediante Resolución Ministerial del Sector Transportes y Comunicaciones; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 28900, el Decreto Supremo Nº 010-2007-MTC y Decreto Supremo Nº 036-2008-MTC, así como lo dispuesto por la Ley Nº 29370, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 021-2007-MTC y sus modifi catorias; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Encargar a la Agencia de Promoción de la Inversión Privada – PROINVERSIÓN, la conducción del proceso de selección para elegir al operador que tendrá a su cargo la implementación del Proyecto “Integración de las Áreas Rurales y Lugares de Preferente Interés Social a la Red del Servicio Móvil – Centro Sur”. El referido proceso de selección no deberá ser fusionado con ningún otro de similar naturaleza, desarrollándolo de manera independiente; según lo dispuesto por el Directorio del FITEL mediante el Acuerdo de Directorio Nº 03-2010/FITEL, de fecha 25 de febrero de 2010. Artículo 2º.- El referido proceso de selección se regirá por el marco legal aplicable a los procesos de promoción de la inversión, a cargo de PROINVERSIÓN. Artículo 3º.- Remitir copia de la presente Resolución a la Secretaría General del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, para su conocimiento y fi nes. Artículo 4º.- Remitir copia de la presente Resolución a la Ofi cina de Atención al Ciudadano y Gestión Documental del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, para su conocimiento y fi nes. Regístrese, comuníquese y publíquese. ENRIQUE CORNEJO RAMÍREZ Ministro de Transportes y Comunicaciones 510683-1 Declaran resuelto contrato de concesión suscrito con persona natural para la prestación del servicio público de distribución de radiodifusión por cable, otorgado por R.M. Nº 732-2007- MTC/03 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 279-2010-MTC/03 Lima, 16 de junio de 2010 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 732-2007- MTC/03 de fecha 03 de diciembre de 2007, se otorgó concesión única al señor DAVID GUZMÁN AZURIN