TEXTO PAGINA: 26
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 24 de junio de 2010 421128 debiéndose rendir cuenta documentada en un plazo no mayor de quince (15) días al término del referido viaje, de acuerdo con el siguiente detalle: Nombres y Apellidos Pasajes Clase económica US$ Viáticos por día US$ Nº de días Total viáticos US$ Tarifa aeropuerto US$ José Eduardo Ponce Vivanco 1,082.20 200.00 2+1 600.00 31.00 Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes al término de la referida comisión de servicio, el citado funcionario diplomático deberá presentar un informe ante el señor Ministro de Relaciones Exteriores de las acciones realizadas durante el viaje autorizado. Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JAVIER VELASQUEZ QUESQUÉN Presidente del Consejo de Ministros JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAÚNDE Ministro de Relaciones Exteriores 511439-19 Remiten al Congreso de la República la documentación relativa al “Acuerdo entre la República del Perú y la República de El Salvador en el ámbito de la Seguridad y Defensa” RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 271-2010-RE Lima, 23 de junio de 2010 CONSIDERANDO: Que, el “Acuerdo entre la República del Perú y la República de El Salvador en el ámbito de la Seguridad y Defensa”, fue suscrito el 2 de junio de 2008, en la ciudad de San Salvador, República de El Salvador; Que, es conveniente a los intereses del Perú la aprobación del citado instrumento internacional; Que, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 56º y 102º inciso 3 de la Constitución Política del Perú y el artículo 2º de la Ley Nº 26647, que disponen la aprobación legislativa de los Tratados celebrados por el Estado peruano; RESUELVE: Artículo Único.- Remítase al Congreso de la República, la documentación relativa al “Acuerdo entre la República del Perú y la República de El Salvador en el ámbito de la Seguridad y Defensa”, suscrito el 2 de junio de 2008, en la ciudad de San Salvador, República de El Salvador. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JAVIER VELASQUEZ QUESQUÉN Presidente del Consejo de Ministros JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAÚNDE Ministro de Relaciones Exteriores 511439-20 Delegan facultades para la suscripción del “Convenio Constitutivo de la Organización Sudamericana de Navegación Aérea y Seguridad Operacional” RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 272-2010-RE Lima, 23 de junio de 2010 Visto el Memorándum (DSL) Nº DSL0045/2010, de 26 de febrero de 2010, de la Dirección Nacional de Soberanía y Límites del Ministerio de Relaciones Exteriores; Debiéndose suscribir el “Convenio Constitutivo de la Organización Sudamericana de Navegación Aérea y Seguridad Operacional”; De conformidad con lo establecido en el artículo 5.6 de la Ley Nº 29357 de 30 de abril de 2009 y el Decreto Supremo Nº 031-2007-RE de 21 de mayo de 2007; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Delegar en la persona del señor Ricardo Jorge Ghibellini Harten, Embajador del Perú en la República Federativa del Brasil facultades sufi cientes para que suscriba el “Convenio Constitutivo de la Organización Sudamericana de Navegación Aérea y Seguridad Operacional”. Artículo 2º.- Extender los Plenos Poderes correspondientes al Embajador del Perú en la República Federativa del Brasil, señor Ricardo Ghibellini Harten. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAÚNDE Ministro de Relaciones Exteriores 511439-21 TRANSPORTES Y COMUNICACIONES Encargan a PROINVERSIÓN la conducción de procesos de selección para elegir operadores que tendrán a su cargo la implementación de Proyectos de Integración de las Áreas Rurales y Lugares de Preferente Interés Social a las Redes del Servicio Móvil Selva, Centro Norte y Centro Sur RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 275-2010-MTC/03 Lima, 16 de junio de 2010 CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 28900 se otorga al Fondo de Inversión en Telecomunicaciones - FITEL, la calidad de persona jurídica de Derecho Público, adscribiéndolo al Sector Transportes y Comunicaciones. Asimismo, se dispuso que el FITEL sea administrado por un Directorio presidido por el titular del Ministerio de Transportes y Comunicaciones e integrado por el titular del Ministerio de Economía y Finanzas y el Presidente del Consejo Directivo del Organismo Supervisor de inversión Privada en Telecomunicaciones - OSIPTEL; Que, el numeral 1) del artículo 3º del Decreto Supremo Nº 036-2008-MTC, mediante el cual se aprueba el Reglamento de Administración y Funciones del Fondo de Inversión en Telecomunicaciones – FITEL, establece como una de las funciones del FITEL, formular Programas