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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 27 de junio de 2010 421356 nuevas condiciones no fueron previstas ni consideradas en el análisis anterior. 71. En consecuencia, corresponde desestimar la apelación formulada por la SNI e Industrias del Espino en este extremo. IV. RESOLUCIÓN DE LA SALA Confi rmar la Resolución 021-2009/CFD-INDECOPI del 6 de febrero de 2009, en el extremo que redujo la cuantía de los derechos antidumping impuestos sobre las importaciones de aceites refi nados de soya, girasol y sus mezclas originarios y/o procedentes de la República Argentina, producidos y/o exportados por Molinos Río de la Plata S.A., Aceitera General Deheza S.A., Nidera S.A. y Aceitera Martínez S.A. quedando fi jados tales derechos en US$ 73,00 por tonelada para las cuatro empresas antes mencionadas. Con la intervención de los señores vocales Juan Luis Avendaño Valdez, Héctor Tapia Cano, Juan Ángel Candela Gómez de la Torre, Raúl Francisco Andrade Ciudad y Alfredo Ferrero Diez Canseco. JUAN LUIS AVENDAÑO VALDEZ Presidente 512233-1 PODER JUDICIAL CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL Crean Juzgados de Paz en los Distritos Judiciales de Junín, Loreto y Cajamarca RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 081-2010-CE-PJ Lima, 24 de febrero de 2010 VISTOS: El Ofi cio Nº 1522-2009-P-CSJJU/PJ, cursado por el Presidente de la Corte Superior de Justicia de Junín, y el Informe Nº 006-2010-SEP-GP-GG-PJ remitido por la Gerencia General del Poder Judicial; y, CONSIDERANDO: Primero: Que, el Presidente de la Corte Superior de Justicia de Junín, remite a este Órgano de Gobierno propuesta de creación de un Juzgado de Paz con sede en el Centro Poblado de Huaranhuay, Distrito de Colcabamba, Provincia de Tayacaja, Departamento de Huancavelica y Distrito Judicial de Junín, a solicitud de autoridades y pobladores de la referida circunscripción; Segundo: La solicitud se fundamenta en tener población aproximada de 407 habitantes, según la constancia emitida por el Director Departamental del Instituto Nacional de Estadística e Informática de Junín, conjuntamente con el Barrio Nueva Esperanza, Barrio Santa Fe, Barrio Cedro Pampa, Caserío Hichupata, Caserío Chacapampa, Caserío Copis y Anexo Paloma Alegre (margen derecha), así como en la necesidad de contar con una autoridad judicial, teniendo en cuenta que el Juzgado de Paz más próximo se encuentra ubicado a veintiséis kilómetros de distancia, empleando en su desplazamiento los pobladores dos horas de viaje en vehículo y seis horas a pie, por trocha carrozable, en la localidad de Colcabamba, por cuya razón no tienen acceso a un oportuno servicio de administración de justicia; Tercero: Que, el Informe Nº 006-2010-SEP-GP-GG- PJ remitido por la Gerencia General del Poder Judicial, concluye que es factible la creación del Juzgado de Paz con sede en el Centro Poblado de Huaranhuay, Distrito de Colcabamba, Provincia de Tayacaja, Departamento de Huancavelica y Distrito Judicial de Junín; consignándose los límites geográfi cos del mencionado órgano jurisdiccional; Cuarto: Que, por el número de habitantes de la comunidad y localidades a los que benefi ciaría el Juzgado de Paz, entre los que se presentan confl ictos de naturaleza civil, penal, familiar y laboral; y encontrándose dentro de los objetivos principales de las políticas implementadas por este Poder del Estado, precisamente la de eliminar las barreras que impiden el acceso a la justicia a las poblaciones más alejadas de los centros urbanos del país, y en aras de brindar un servicio de justicia en forma rápida y efi caz, resulta procedente la petición que se formula; Por tales fundamentos, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, en uso de sus atribuciones, con arreglo a lo establecido en el artículo 82º, numeral 24, del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, en sesión ordinaria de la fecha, de conformidad con el informe del doctor Jorge Alfredo Solís Espinoza, sin la intervención de los señores Consejeros Robinson Octavio Gonzáles Campos y Darío Octavio Palacios Dextre, por encontrarse de vacaciones y licencia, respectivamente, por unanimidad; RESUELVE: Artículo Primero.- Crear un Juzgado de Paz en el Centro Poblado de Huaranhuay; con competencia además en Barrio Nueva Esperanza, Barrio Santa Fe, Barrio Cedro Pampa, Caserío Hichupata, Caserío Chacapampa, Caserío Copis y Anexo Paloma Alegre (margen derecha); Distrito de Colcabamba, Provincia de Tayacaja, Departamento de Huancavelica y Distrito Judicial de Junín. Artículo Segundo.- Los límites geográfi cos del Juzgado de Paz son los que aparecen descritos en el informe de la Gerencia General del Poder Judicial, que en documento anexo forma parte integrante de la presente resolución. Artículo Tercero.- Transcríbase la presente resolución al Presidente del Poder Judicial, Ofi cina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Ofi cina Nacional de Apoyo a la Justicia de Paz, Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Junín, y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fi nes consiguientes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. SS. JAVIER VILLA STEIN JORGE ALFREDO SOLIS ESPINOZA FLAMINIO VIGO SALDAÑA HUGO SALAS ORTIZ 512409-5 RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 095-2010-CE-PJ Lima, 15 de marzo de 2010 VISTOS: El Ofi cio Nº 0038-2010-PJ/CSJLO-P, cursado por el Presidente de la Corte Superior de Justicia de Loreto, y el Informe Nº 036-2010-SEP-GP-GG-PJ remitido por la Gerencia General del Poder Judicial; y, CONSIDERANDO: Primero: Que, el Presidente de la Corte Superior de Justicia de Loreto, remite a este Órgano de Gobierno propuesta de creación de un Juzgado de Paz con sede en el Asentamiento Humano Marginal Nuevo Versalles, Distrito de Punchana, Provincia de Maynas, Departamento de Loreto, a solicitud de autoridades y pobladores de la referida circunscripción;