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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 28 de marzo de 2010 416308 aéreas de los explotadores bajo su control, a fi n de garantizar que se mantienen las normas requeridas en las operaciones para ofrecer al público, un servicio de transporte aéreo comercial seguro y fi able; Que, la Ley No. 28404, Ley de Seguridad de la Aviación Civil, establece que la Dirección General de Aeronáutica Civil está facultada para regular todo lo relacionado a la seguridad de la aviación y es responsable de la elaboración, puesta en ejecución, vigilancia y cumplimiento del Programa Nacional de Seguridad de la Aviación Civil; Que, el Reglamento de la Ley de Aeronáutica Civil, aprobado por Decreto Supremo No. 050-2001-MTC, en su artículo 14 establece que los inspectores debidamente identifi cados a que se refi ere la Ley, son competentes según su especialidad, para verifi car las capacidades exigidas a los titulares de las autorizaciones para realizar actividades de aeronáutica civil; Que, la seguridad y efi ciencia de las operaciones aéreas, se verifi ca, entre otras formas, a través de inspecciones técnicas a las estaciones de los explotadores aéreos ubicadas en el extranjero; Que, por lo expuesto, resulta necesario autorizar el viaje del Inspector de la Dirección de Seguridad Aeronáutica de la Dirección General de Aeronáutica Civil designado mediante el Informe No. 126-2010-MTC/12.04 para que, en cumplimiento de las funciones que le asigna la Ley No. 27261 y su Reglamento, pueda realizar la inspección técnica de vigilancia a que se contrae la Orden de Inspección No. 450-2010-MTC/12.04; Que, los gastos por concepto de viáticos y Tarifa Unifi cada de Uso de Aeropuerto, serán con cargo al presupuesto del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, el 01 de marzo de 2010, la Ofi cina de Finanzas de la Ofi cina General de Administración emitió la Certifi cación del Crédito Presupuestario No. 01375-2010, de conformidad con lo establecido en el artículo 77 de la Ley No. 28411 - Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto; De conformidad con la Ley No. 29465, la Ley No. 27619 y el Decreto Supremo No. 047-2002-PCM, y; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje de inspección técnica de vigilancia del señor Iván Jorge Chahud La Rosa, Inspector de la Dirección General de Aeronáutica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, que se efectuará desde el 11 al 15 de mayo de 2010, de acuerdo con el anexo que forma parte integrante de la presente resolución, sustentado en los Informes No. 126-2010-MTC/12.04, y No. 086-2010-MTC/12.04. Artículo 2.- Los gastos que demande el viaje autorizado precedentemente, será con cargo al presupuesto del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, de acuerdo con el anexo que forma parte integrante de la presente resolución. Artículo 3.- Dentro de los siete (07) días calendario de su retorno al país, el mencionado inspector deberá presentar a la Presidencia de la República, a través de la Secretaría del Consejo de Ministros, un informe describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Artículo 4.- Conforme a lo dispuesto por el artículo 10 del Decreto Supremo No. 047-2002-PCM, el inspector mencionado en el artículo 1 de la presente Resolución Suprema, deberá presentar dentro de los quince (15) días calendarios siguientes de efectuado el viaje, un informe detallado al Despacho Ministerial, con copia a la Ofi cina General de Administración del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, describiendo las acciones realizadas, los resultados obtenidos y la rendición de cuentas por los viáticos entregados. Artículo 5.- La presente Resolución Suprema no otorgará derecho a exoneración o liberación de impuestos o derechos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 6.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Transportes y Comunicaciones. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JAVIER VELASQUEZ QUESQUÉN Presidente del Consejo de Ministros ENRIQUE CORNEJO RAMÍREZ Ministro de Transportes y Comunicaciones RELACION DE VIAJES POR PLAN DE VIGILANCIA INTERNACIONAL DE INSPECTORES DE LA DIRECCION GENERAL DE AERONAUTICA CIVIL - EN CUMPLIMIENTO DE LAS RESPONSABILIDADES ASIGNADAS A LA DIRECCION GENERAL DE AERONAUTICA CIVIL - LEY N° 27261. COMPRENDIDOS LOS DIAS DEL 11 AL 15 DE MAYO DE 2010 Y SUSTENTADO EN LOS INFORMES Nº 086-2010-MTC/12.04 Y Nº 126-2010-MTC/12.04 ORDEN INSPECCION Nº INICIO FIN VIATICOS (US$) TUUA (US$) SOLICITANTE INSPECTOR CIUDAD PAIS DETALLE 450-2010-MTC/12.04 11-May 15-May US$ 1,100.00 US$ 31.00 MTC Chahud La Rosa, Ivan Jorge Miami EUA Inspección técnica de estación de las empresas Taca Perú, Lan Perú S.A. y Cielos del Perú, como parte del plan de vigilancia de las operaciones aéreas internacionales. 474354-9 Amplían autorización otorgada a Farenet S.A.C. mediante R.D. Nº 1580-2009- MTC/15 para realizar inspecciones técnicas vehiculares a vehículos pesados RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 415-2010-MTC/15 Lima, 10 de febrero de 2010 VISTOS: Los Partes Diarios de registros Nº 180480, 006431, 013924, 014879, 015441, 017581 y el expediente de registro Nº 2010-0002112, la empresa FARENET S.A.C. solicita modifi car su autorización como Centro de Inspección Técnico Vehicular, adicionando una (01) línea de inspección tipo pesado, en el local ubicado en la Av. Argentina Nº 1749, Callao, y poder verifi car las condiciones, requisitos y características técnicas que deben cumplir los vehículos pesados de acuerdo a la normatividad vigente; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Directoral Nº 1580-2009- MTC/15 publicada en el Diario Ofi cial El Peruano con fecha 23 de Abril del 2009, se amplió la autorización a la empresa FARENET S.A.C. para realizar inspecciones técnicas a vehículos pesados y livianos, empleando una (01) línea de inspección tipo mixta, ubicada en la Av. Argentina Nº 1749, Callao, de acuerdo a lo establecido en el Reglamento Nacional de Inspecciones Técnicas Vehiculares, aprobado por Decreto Supremo Nº 025- 2008-MTC;