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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE MARZO DEL AÑO 2010 (28/03/2010)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 20

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 28 de marzo de 2010 416310 ACTO Fecha máxima de presentación Tercera renovación o contratación de nueva póliza 28 de Octubre del 2012 Cuarta renovación o contratación de nueva póliza 28 de Octubre del 2013 Quinta renovación o contratación de nueva póliza 28 de Octubre del 2014 En caso que la empresa autorizada, no cumpla con presentar la renovación o contratación de una nueva póliza al vencimiento de los plazos antes indicados, se procederá conforme a lo establecido en el literal c), Artículo 45º del Reglamento Nacional de Inspecciones Técnicas Vehiculares, referida a la caducidad de la autorización. Artículo 5º.- En un plazo de quince (15) días contados a partir del día siguiente de la publicación de la presente Resolución, FARENET S.A.C. deberá adecuar la póliza de seguros de responsabilidad civil extracontractual contratada y su carta fi anza a los plazos de vigencia que coincida con la vigencia de la presente autorización. Artículo 6º.- La presente Resolución Directoral entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano y el costo de la misma estará a cargo de la empresa autorizada. Regístrese, publíquese y cúmplase. ENRIQUE G. MEDRI GONZALES Director General Dirección General de Transporte Terrestre 471842-1 VIVIENDA Designan Viceministro de Construcción y Saneamiento RESOLUCIÓN SUPREMA N° 002-2010-VIVIENDA Lima, 27 de marzo de 2010 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Suprema No. 001-2010- VIVIENDA, se encargó al señor David Alfonso Ramos López, Viceministro de Vivienda y Urbanismo, el cargo de Viceministro de Construcción y Saneamiento del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; Que, resulta necesario dictar el acto de administración designando al titular del Viceministerio de Construcción y Saneamiento; De conformidad con lo dispuesto en la Ley No. 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, la ley No. 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos, la Ley No. 27792, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento y el Decreto Supremo No. 002-2002-VIVIENDA que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento y su modifi catoria; SE RESUELVE: Artículo 1.- Dar por concluido el encargo como Viceministro de Construcción y Saneamiento al Viceministro de Vivienda y Urbanismo del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, señor David Alfonso Ramos López, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2.- Designar, a partir de la fecha, en el cargo de Viceministro de Construcción y Saneamiento del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento al señor Guillermo Enrique Vivanco Dueñas. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JUAN SARMIENTO SOTO Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento 474354-10 Transfieren en propiedad terreno ubicado en el distrito de Pucusana, provincia de Lima, a favor del Ministerio de Defensa - Ejército del Perú RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 003-2010-VIVIENDA Lima, 27 de marzo de 2010 CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 29006, Ley que autoriza la disposición de inmuebles del Sector Defensa, autorizó al Ministerio de Defensa y a sus Órganos de Ejecución (Ejército, Marina de Guerra y Fuerza Aérea) a realizar actos de administración y disposición, a título oneroso, de los inmuebles de su propiedad que no resulten necesarios para el cumplimiento de su fi nalidad o no se encuentren considerados en sus planes estratégicos, destinando los recursos que se obtengan para fi nes de bienestar de su personal, considerando asimismo, por excepción la disposición de bienes necesarios para fi nes de Defensa Nacional, especialmente los ubicados en áreas urbanas que almacenen materiales que representen un riesgo para la población; Que, en mérito a la citada Ley, el Ejército del Perú mediante Ofi cio Nº 451 T-12.j.2/10.00, de fecha 22 de mayo de 2008, inició las gestiones para la transferencia en propiedad a favor del Ministerio de Defensa - Ejército del Perú del terreno de 339 hectáreas 2 781,44 m2, el cual forma parte de un predio de propiedad del Estado de 398 hectáreas, 9 700,00 m2, ubicado en el sector “La Tiza”, altura del kilómetro 53.5 y 55 de la carretera Panamericana Sur, distrito de Pucusana, provincia y departamento de Lima, que fuera afectado en uso al entonces Ministerio de Guerra, hoy Ministerio de Defensa - Ejército del Perú, en mérito a la Resolución Suprema Nº 069-75-VC-5700, de fecha 18 de marzo de 1975, inscrito en la Ficha Registral Nº 85136 del Registro de Predios de Lima y anotado en el Registro Nº 2420 del Sistema de Información Nacional de Bienes de Propiedad Estatal - SINABIP, correspondiente al departamento de Lima; Que, la disposición o entrega en administración de parte del predio materia de este caso, se realizará en concordancia con la fi nalidad y procedimientos de la Ley Nº 29006 y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 021-2007-DE-SG; Que, el artículo 1º del Reglamento de la Ley Nº 29006, establece que la desafectación y transferencia de los inmuebles que tengan un área de extensión mayor a diez (10) hectáreas, serán aprobados por Resolución Suprema, refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros el Ministro de Defensa y el Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento; Que, según Informe Nº 352-2009/SBN-GO-JAD de fecha 5 de mayo de 2009, la Jefatura de Adjudicaciones de la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales - SBN opina favorablemente para la transferencia predial a favor del Sector Defensa, respecto del área sin superposición registral de 339 hectáreas 2 781,44 m2 la cual forma parte del predio de propiedad del Estado de 398 Has. 9 700,00 m2, ubicado en el Sector “La Tiza” a la altura de los kilómetros 53.5 y 55 de la Carretera Panamericana Sur, distrito de Pucusana, provincia y departamento de Lima, el mismo que se encuentra inscrito en la Partida Nº 424123 del registro de Predios de Lima, con la fi nalidad que sea destinado a los fi nes previstos en la Ley Nº 29006; Que, en este sentido, resulta necesario aprobar la desafectación y la transferencia en propiedad a favor del Ministerio de Defensa - Ejército del Perú;