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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 28 de marzo de 2010 416316 Declaran patrimonio cultural de la Nación a monumentos arqueológicos prehispánicos ubicados en los departamentos de Lima, Ancash y Arequipa RESOLUCIÓN DIRECTORAL NACIONAL Nº 583/INC Lima, 18 de marzo de 2010 CONSIDERANDO: Que, el Instituto Nacional de Cultura es un Organismo Público Descentralizado del Sector Educación, con personería jurídica de derecho público interno; responsable de la promoción y desarrollo de las manifestaciones culturales del país y de la investigación, preservación, conservación, restauración, difusión y promoción del patrimonio cultural de la Nación; Que, el artículo VII del Título Preliminar de la Ley Nº 28296 -Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación, señala que el Instituto Nacional de Cultura está encargado de registrar, declarar y proteger el patrimonio cultural de la Nación dentro del ámbito de su competencia; Que, mediante Informe Nº 50-2009-SDIC-DA/INC de fecha 13 de enero de 2009, la Sub Dirección de Investigación y Catastro de la Dirección de Arqueología solicita la declaratoria como patrimonio cultural de la Nación de los monumentos arqueológicos prehispánicos registrados en el marco del Programa Qhapaq Ñan temporada 2008, para los cuales se han elaborado las respectivas fi chas de declaratoria como patrimonio cultural de la Nación, fi cha ofi cial de inventario del patrimonio arqueológico inmueble; Que, mediante Acuerdo Nº 047 de fecha 22 de enero de 2009, la Comisión Nacional Técnica de Arqueología acordó recomendar a la Dirección Nacional del Instituto Nacional de Cultura, declare patrimonio cultural de la Nación los monumentos arqueológicos prehispánicos siguientes: Colcapite, Huampuculla 1, Huampuculla 2, Yana Punta 1, Yana Punta 2, Huarachaga 1, Huarachaga 2, Huarachaga 3, Huamanricra 1, Chihui Punta, Taya Punta 1, Hatun Corral, Huamanricra 2, Huamanricra 3, Huamanricra 4 y Taya Punta 2, ubicados en la provincia de Yauyos, departamento de Lima; Estando a lo visado por el Director de Gestión, el Director de Arqueología y el Director de la Ofi cina de Asuntos Jurídicos; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación; Decreto Supremo Nº 017-2003-ED, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Cultura, Resolución Suprema Nº 004-2000-ED, que aprueba el Reglamento de Investigaciones Arqueológicas, modifi cada por Resolución Suprema Nº 012-2006-ED; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Declarar patrimonio cultural de la Nación a los monumentos arqueológicos prehispánicos cuya ubicación se detalla en los siguientes cuadros: Departamento Lima Provincia Yauyos Nombre del sitio arqueológico Distrito Datum PSAD56 Zona 18 Datum WGS84 Zona 18 UTM Este UTM Norte UTM Este UTM Norte Colcapite Azángaro 407482 8565303 407259 8564936 Huampuculla 1 Azángaro 410667 8563886 410444 8563519 Huampuculla 2 Azángaro 410923 8563807 410700 8563440 Yana Punta 1 Azángaro 411606 8563657 411383 8563290 Yana Punta 2 Azángaro 411898 8563373 411675 8563006 Huarachaga 1 Azángaro 411036 8559453 410813 8559086 Huarachaga 2 Azángaro 410489 8559795 410266 8559428 Huarachaga 3 Azángaro 410333 8559976 410110 8559609 Huamanricra 1 Azángaro 407923 8559100 407700 8558733 Chihui Punta Azángaro 404920 8561293 404697 8560926 Taya Punta 1 Azángaro 407802 8564265 407579 8563898 Hatun Corral Chocos 405391 8562838 405168 8562471 Departamento Lima Provincia Yauyos Nombre del e l e m e n t o arqueológico aislado Distrito Datum PSAD56 Zona 18 Datum WGS84 Zona 18 UTM Este UTM Norte UTM Este UTM Norte Huamanricra 2 Azángaro 407698 8559352 407475 8558985 Huamanricra 3 Azángaro 406357 8560023 406134 8559656 Huamanricra 4 Azángaro 406148 8560164 405925 8559797 Departamento Lima Provincia Yauyos Nombre del paisaje cultural arqueológico Distrito Datum PSAD56 Zona 18 Datum WGS84 Zona 18 UTM Este UTM Norte UTM Este UTM Norte Taya Punta 2 Azángaro 407723 8564513 407500 8564146 Artículo 2º.- Encargar a la Dirección de Arqueología del Instituto Nacional de Cultura la elaboración de los expedientes técnicos de los monumentos arqueológicos prehispánicos mencionados en el artículo 1º de la presente resolución. Artículo 3º.- Cualquier proyecto de obra nueva, caminos, carreteras, canales, denuncios mineros o agropecuarios, obras habitacionales y otros que pudiese afectar o alterar el paisaje de los monumentos arqueológicos prehispánicos declarados patrimonio cultural de la Nación, deberá contar con la aprobación previa del Instituto Nacional de Cultura. Artículo 4º.- Remítase copia fedateada de la presente resolución a COFOPRI, Municipalidad Distrital y Provincial, autoridades políticas y civiles correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. CECILIA BÁKULA BUDGE Directora Nacional 473786-4 RESOLUCIÓN DIRECTORAL NACIONAL Nº 584/INC Lima, 18 de marzo de 2010 CONSIDERANDO: Que, el Instituto Nacional de Cultura es un Organismo Público Descentralizado del Sector Educación, con personería jurídica de derecho público interno; responsable de la promoción y desarrollo de las manifestaciones culturales del país y de la investigación, preservación, conservación, restauración, difusión y promoción del patrimonio cultural de la Nación; Que, el artículo VII del Título Preliminar de la Ley Nº 28296 -Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación, señala que el Instituto Nacional de Cultura está encargado de registrar, declarar y proteger el patrimonio cultural de la Nación dentro del ámbito de su competencia; Que, mediante Informe Nº 988-2009-SDIC-DA-DREPH- INC de fecha 18 de mayo de 2009, la Sub Dirección de Investigación y Catastro de la Dirección de Arqueología solicita la declaratoria como patrimonio cultural de la Nación de los monumentos arqueológicos prehispánicos registrados en el marco del Programa Qhapaq Ñan, para los cuales se han elaborado las respectivas fi chas de declaratoria como patrimonio cultural de la Nación, fi cha ofi cial de inventario del patrimonio arqueológico inmueble; Que, mediante Acuerdo Nº 0373 de fecha 22 de mayo de 2009, la Comisión Nacional Técnica de Arqueología acordó recomendar a la Dirección Nacional del Instituto Nacional de Cultura, declare patrimonio cultural de la Nación los monumentos arqueológicos prehispánicos siguientes: Paso Cahuish, ubicado en la provincia de Recuay, departamento de Ancash; Camino Prehispánico Cahuish – Puente Pucavado, ubicado entre las provincias de Recuay y Huari, departamento de Ancash; Allpash, Camino Prehispánico Olayán – Puente Belis, Camino Prehispánico Quebrada Tambillos – Puchca, Camino Prehispánico San Pedro – Charán y Camino Prehispánico