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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE MAYO DEL AÑO 2010 (07/05/2010)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 63

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 7 de mayo de 2010 418565 Valle Chillón, ubicado en el distrito de Carabayllo, provincia y Departamento de Lima, de conformidad al Plano signado con el Nº 100-2009/GDUR-MDC y la Memoria Descriptiva, que forma parte integrante de la citada Resolución; Que, con Resolución Nº 176-2009-MML-GDU-SPHU de fecha 17 de diciembre de 2009 (fs. 107 y 108), emitida por esta Corporación, se Estableció La Conformidad de la Resolución de Gerencia Nº 1026-2009/GDUR-MDC, de fecha 05 de noviembre de 2009, expedida por la Municipalidad Distrital de Carabayllo; al cumplir los Planes Urbanos en lo referente a zonifi cación, vías y aportes reglamentarios, de conformidad a lo dispuesto en las Ordenanzas Metropolitanas Nº 348- MML, Nº 1105-MML, Nº 341-MML y Nº 836-MML; Que, a través del Documento Simple Nº 8909-2010, de fecha 22 de enero de 2010 (fs.118 al 132), la PROMOTORA INMOBILIARIA Y CONSTRUCTORA Y SERVICIOS GENERALES ZAMOR S.A., solicita la Aclaración de la Resolución Nº 176-2009-MML-GDU-SPHU de fecha 17 de diciembre de 2009, en el extremo del tercer considerando al no haber considerado a los demás copropietarios, tal y conforme aparece en la Partida Nº P01044674, del Registro de Predios de la Zona Registral Nº IX – Sede Lima, y descrita en el segundo párrafo de la parte considerativa de la Resolución de Gerencia Nº 1026-2009/GDUR-MDC de fecha 05 de noviembre de 2009; Que, mediante Informe Nº 079-2010-MML-GDU-SPHU- AL (fs. 133 y 134) de fecha 12 de marzo de 2010, el Área Legal de esta Subgerencia señala, que de la revisión de la Partida Nº P01044674, se verifi ca la existencia de error material por omisión en el tercer considerando de la Resolución Nº 176- 2009-MML-GDU-SPHU de fecha 17 de diciembre de 2009, en el extremo de haber consignado solo a uno de los copropietarios del terreno de 37,824.00 m²; debiendo rectifi carse en el sentido, que se encuentra acreditada la copropiedad a favor de PROMOTORA INMOBILIARIA Y CONSTRUCTORA Y SERVICIOS GENERALES ZAMOR S.A., ALEJO ASES GIL VÍCTOR, MARÍA ASUNCIONA CERNA SÁENZ, JOSÉ ANTONIO ROSALES ROMERO, ROSALINA MILAGRO IZQUIERDO BARROSO, LUIS MEDINA LEIVA, ANA MARÍA ROJAS HUAMÁN DE MEDINA y MARÍA ALCIRA CHÁVEZ ZAMORA, del terreno de 37,824.00 m²; por lo que se concluye que esta Subgerencia debe emitir la Resolución que rectifi que el error material incurrido manteniendo lo demás que lo contiene, de conformidad con los numerales 201.1 y 201.2 del Artículo 201º de la Ley del Procedimiento Administrativo General 27444; Con el visto bueno del Área Legal y de la Asesoría de la Subgerencia de Planeamiento y Habilitaciones Urbanas; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972 y la Ley del Procedimiento Administrativo General 27444; SE RESUELVE: Artículo 1°.- RECTIFICAR el error material incurrido en el tercer considerando de la Resolución Nº 176-2009- MML-GDU-SPHU de fecha 17 de diciembre de 2009, en el extremo que señala que se encuentra acreditada la propiedad a favor de PROMOTORA INMOBILIARIA Y CONSTRUCTORA Y SERVICIOS GENERALES ZAMOR S.A., del terreno de 37,824.00 m²; siendo lo correcto que se encuentra acreditada la copropiedad a favor de PROMOTORA INMOBILIARIA Y CONSTRUCTORA Y SERVICIOS GENERALES ZAMOR S.A., ALEJO ASES GIL VÍCTOR, MARÍA ASUNCIONA CERNA SÁENZ, JOSÉ ANTONIO ROSALES ROMERO, ROSALINA MILAGRO IZQUIERDO BARROSO, LUIS MEDINA LEIVA, ANA MARÍA ROJAS HUAMÁN DE MEDINA y MARÍA ALCIRA CHÁVEZ ZAMORA, del terreno de 37,824.00 m²; por lo expuesto en el Cuarto considerando de la presente Resolución. Artículo 2°.- NOTIFÍQUESE la presente Resolución a PROMOTORA INMOBILIARIA Y CONSTRUCTORA Y SERVICIOS GENERALES ZAMOR S.A. y OTROS; y a la Municipalidad Distrital de Carabayllo, para su conocimiento y fi nes. Artículo 3º.- OFICIAR con la presente Resolución a la Gerencia de Propiedad Inmueble de la IX Zona Registral Sede-Lima, Ministerio de Educación, SERPAR-LIMA, EMILIMA S.A., Instituto Metropolitano de Planifi cación y División Técnica de la Subgerencia de Adjudicación y Saneamiento Legal de Tierras de la Gerencia de Desarrollo Urbano de esta Corporación, para su conocimiento y fi nes pertinentes. Artículo 4°.- PUBLICAR la presente Resolución en el Diario Ofi cial El Peruano, a cargo de los administrados, dentro de los 30 días siguientes de notifi cada la misma. Regístrese, comuníquese y cúmplase ROSA CACERES VALENCIA Subgerente Subgerencia de Planeamiento y Habilitaciones Urbanas Gerencia de Desarrollo Urbano 489753-1 MUNICIPALIDAD DE CIENEGUILLA Autorizan la celebración del III Matrimonio Civil Masivo en el distrito DECRETO DE ALCALDÍA N° 002-2010-A-MDC Cieneguilla, 26 de marzo del 2010 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CIENEGUILLA. VISTO: El Informe Nº 0119-2010-GSCY RRCC-MDC, de fecha 18 de Marzo del 2010 de la Gerencia de Servicios Comunales y Registro Civil y el Informe Nº 69-2010-GAJ- MDC de fecha 26 de marzo del 2010 de la Gerencia de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO: Que, según el artículo 4º de la Constitución Política del Perú, es obligación del estado promover y proteger a la familia, por ser una institución natural y fundamental de la sociedad, y por ende también corresponde a los Gobiernos Locales, promover y regularizar la situación convivencial de muchos vecinos del distrito de Cieneguilla, asimismo, es labor funcional administrativa municipal, crear medios para consolidar la familia; Que, el principal objetivo de esta convocatoria es regularizar la situación convivencial de muchos vecinos cieneguillanos, brindándoles las máximas facilidades al respecto; Que, conforme a lo dispuesto en el artículo 248º y siguiente del Código Civil vigente, corresponde al alcalde celebrar los matrimonios y demás actos inherentes al mismo; Que, asimismo, estando a lo señalado por el artículo 252º del Código Civil sobre dispensa de publicación de avisos, el Alcalde puede dispensar la publicación de los avisos si median causas razonables y siempre que se presenten todos los documentos exigidos en el artículo 248º; De conformidad con los artículos 20, Inc. 6) y 42) de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades, así como los artículos 248º, 252º y demás concordantes del Código Civil vigente; DECRETA: Artículo Primero.- AUTORIZAR la celebración del “III Matrimonio Civil Masivo”, a realizarse el día sábado 08 de mayo del 2010, en los Jardines de la Municipalidad Distrital de Cieneguilla, cuyo cronograma se detalla a continuación: Inicio de Inscripciones : 03 de Abril del 2010 Cierre de Inscripciones : 30 de Abril del 2010 Ceremonia Central : Sábado 08 de Mayo del 2010 Lugar : Jardines de la Municipalidad Distrital de Cieneguilla Hora : 10:00 a.m. (hora exacta)