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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 15 de mayo de 2010 419014 Que, el artículo 37 del RLSPN, modifi cado por el artículo 1 del Decreto Supremo Nº 027-2008-MTC, establece que se podrá denegar una solicitud de habilitación portuaria si el proyecto no es técnicamente idóneo, agregando que la denegatoria deberá ser motivada y sustentada en un informe técnico; Que, en el ítem Nº 17 del TUPA de la APN se establece que el Directorio es el órgano que resuelve el procedimiento de otorgamiento de habilitación portuaria; Que, de conformidad con lo establecido en el numeral 2 del artículo 7 del Reglamento de Organización y Funciones (en adelante, “ROF”) de la APN, aprobado por el Decreto Supremo Nº 034-2004-MTC, el Directorio ejerce las atribuciones y funciones de la APN; Que, el artículo 47 del RLSPN, modifi cado por el artículo 1 del Decreto Supremo Nº 027-2008-MTC, indica que el MTC resuelve en segunda y última instancia los procedimientos de competencia de la APN; Que, el Directorio, en su sesión celebrada el 12 de mayo de 2010, evaluó la Carta Nº PLNG-EPCPLANT- 0057-10 presentada por PLNG el 03 de mayo de 2010, el Informe Legal Nº 352-2010-APN/UAJ, elaborado por UAJ, así como el Informe Nº 027-2010-APN/DT/EALL, elaborado por DIRTEC, ambos de fecha 12 de mayo de 2010; Que, en razón de lo anterior el Directorio adoptó el Acuerdo Nº 829-179-12/05/2010/D en el que se decidió otorgar la habilitación portuaria solicitada por PLNG, para la modifi cación en la infraestructura portuaria cuya construcción fue autorizada mediante la Resolución de Acuerdo de Directorio Nº 022-2007-APN/DIR, por cumplir con todos los requisitos contenidos en el TUPA para tal efecto; Que, de conformidad con lo prescrito en el artículo 8 del ROF de la APN, el Presidente del Directorio podrá ejercer las facultades especiales que el Directorio le delegue; Que, en el acuerdo precitado el Directorio de la APN encargó al Presidente del Directorio realizar las gestiones pertinentes a fi n de formalizar lo adoptado en dicho acuerdo; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 27444, LSPN, RLSPN, TUPA y ROF de la APN; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Otorgar a la empresa PERU LNG S.R.L., la habilitación portuaria para la modifi cación en la infraestructura portuaria del proyecto “Exportación de Gas Natural Licuado” cuya construcción fue autorizada mediante la Resolución de Acuerdo de Directorio Nº 022-2007-APN/DIR, en un área ubicada en la playa Melchorita, distrito de San Vicente de Cañete, provincia de Cañete, departamento de Lima. Artículo 2º.- El área acuática sobre la cual se otorga la presente habilitación portuaria forma parte del Proyecto “Exportación de Gas Natural Licuado” cuya construcción fue autorizada mediante la Resolución de Acuerdo de Directorio Nº 022-2007-APN/DIR, considerando además las áreas comprendidas en la autorización defi nitiva de uso de área acuática y franja ribereña otorgada mediante la Resolución Suprema Nº 056-2010-MTC. Artículo 3º.- Autorícense las modifi caciones técnicas presentadas en la infraestructura portuaria cuya construcción fue autorizada mediante la Resolución de Acuerdo de Directorio Nº 022-2007-APN/DIR, de titularidad y uso privado destinado al embarque de gas natural licuado para exportación, correspondiente al proyecto “Exportación de Gas Natural Licuado” que llevará a cabo la empresa PERU LNG S.R.L. Las modifi caciones autorizadas son las siguientes: a) Puente de Caballetes • Modifi cación 1: ANCHO DE LOOPS EXPANSION INCREMENTADO El ancho de los loops de expansión se incrementó. Inicialmente las dimensiones eran de 10 metros de ancho por 36 metros de largo (3 secciones x 12m cada una) pasando luego a ser de 14.325 metros de ancho por 36 metros de largo (2 secciones x 18m cada una). • Modifi cación 2: REDUCCIÓN DE PLATAFORMA MANTENIMIENTO Inicialmente la plataforma de mantenimiento (Paint trolley) se extendía por todo el puente de caballetes, luego se consideró que ésta sólo vaya hasta la línea de pilotes número 9. • Modifi cación 3: AUMENTO EN ESTRIBO (Abutment) DEL MUELLE Inicialmente la distancia entre el inicio del muelle (estribo) y el puente de caballetes era de 450mm con material rip rap (material para escollera de defensa) de unos 250 kg, posteriormente esta distancia fue aumentada a 1,400 mm con material rip rap de 500 kg. y material tipo roca chancada como fi ltro bajo el rip rap. De manera adicional se consideró un talón de 1.3m x 2.6m en la base. • Modifi cación 4: USO DE COJINETES ELÁSTICOS EN LA PRIMERA SECCIÓN DEL PUENTE DE CABALLETES El diseño inicial del puente de caballetes contemplaba que las vigas longitudinales estén soldadas a las vigas cabezal y éstas sean rígidas. Sin embargo, luego las líneas de pilotes 1 a 10 se modifi caron para que pudieran tener un desplazamiento diferencial entre las vigas y los topes de acero de la estructura. Para esto se utilizaron cojinetes elásticos que son típicos en diseño de puentes. Asimismo, la línea de pilotes Nº 10 fue modifi cada para que pueda comportarse como un punto de anclaje para poder soportar el movimiento de la parte de concreto superior en caso de sismo. • Modifi cación 5: INCREMENTO EN LA DISTANCIA ENTRE PILOTES B Y C Inicialmente la distancia entre pilotes denominados B y C era de 7.5m. Esta distancia corresponde a la distancia sobre la cual se encuentra el piperack de tuberías. Posteriormente, la distancia ha sido incrementada a unos 8.175m. • Modifi cación 6: ADICIÓN DE UNA SEGUNDA FILA DE PILOTES EN CADA JUNTA DE EXPANSIÓN Inicialmente las juntas de expansión entre secciones del puente de caballetes estaban soportadas por un voladizo. Posteriormente se aumentaron 4 pilotes en cada junta para mayor seguridad. • Modificación 7: ADICIÓN DE ZONA DE MANIOBRA VEHICULAR EN LA CUBIERTA DEL 5to LOOP Se consideró adicionalmente una zona para maniobra vehicular en el 5to loop de expansión del puente de caballetes b) Rompeolas • Modifi cación 8: RAMPAS DE ACCESO AL ROMPEOLAS Se añadió rampas de acceso en la zona norte y sur del rompeolas para poder tener un acceso seguro a las luces de ayuda a la navegación, cámaras de seguridad y equipos de energía solar ubicados en los bordes de la estructura • Modifi cación 9: USO DE BLOQUES BCR EN VEZ DE ROCAS EN ARMAZÓN DEL ROMPEOLAS Inicialmente se contempló que el armazón del rompeolas fuese construido de enrocado. Posteriormente se incluyó el uso de bloques de concreto BCR. Se utilizaron BCR de 5m3 en las paredes y cresta de la estructura, mientras que bloques de 8 m3 se utilizaron en los bordes curvos del rompeolas. c) Atracadero del Buque-Tanque y Muelle de Carga de GNL • Modifi cación 10: REUBICACIÓN DEL MUELLE DE SERVICIOS AL LADO SUR Y ELIMINACIÓN DE JUNTA DE EXPANSIÓN ENTRE PLATAFORMA DE CARGA Y MUELLE DE SERVICIOS El diseño inicial contemplaba tener un muelle de servicio al lado norte del puente de caballetes y una junta