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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 15 de mayo de 2010 419015 de expansión entre ésta y la plataforma de carga. En el diseño fi nal el muelle de servicio se encuentra al lado sur y la junta se ha eliminado. • Modifi cación 11: CAMBIO DE DISEÑO DE SUMIDERO DE DERRAMES El sumidero en caso de derrames ubicado en la cabeza del muelle se cambió de tener una confi guración tipo piscina bajo el nivel del piso a un área sobre el nivel del piso con un sardinel de concreto. d) Estructuras de Defensas Laterales y de Amarre • Modifi cación 12: ACCESO A EMBARCACIONES MENORES EN DOLPHIN 2. CAMBIO EN LA BASE DE TORRE DE ACCESO El acceso a embarcaciones menores se reubicó del ex muelle de servicios (cuando éste se movió al lado sur) al dolphin Nº 2. Asimismo la base de la torre de acceso del muelle a los buques de GNL (ubicada en el dolphin 2) se cambió a un soporte tubular de acero. Artículo 4º.- Las modifi caciones técnicas en la infraestructura portuaria autorizadas por la presente resolución no alteran el cronograma inicial de ejecución de obra aprobado mediante Resolución de Acuerdo de Directorio Nº 022-2007-APN/DIR. Artículo 5º.- La habilitación portuaria referida en el artículo 1 tendrá una vigencia desde la fecha de expedición de la presente resolución, hasta el vencimiento de la autorización defi nitiva de uso de área acuática y franja ribereña otorgada a dicha empresa mediante la Resolución Suprema Nº 056-2010-MTC. Artículo 6º.- La presente resolución se publicará por única vez en el Diario Ofi cial El Peruano y se mantendrá publicada en la página web de la APN. Artículo 7º.- Notifi car a la empresa PERU LNG S.R.L. la presente resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. FRANK BOYLE ALVARADO Presidente del Directorio Autoridad Portuaria Nacional 494023-1 VIVIENDA Aprueban transferencia financiera a favor de EMAPISCO S.A. para financiar la ejecución de obra y supervisión de proyecto de rehabilitación de redes de agua potable y alcantarillado RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 091-2010-VIVIENDA Lima, 14 de mayo de 2010 CONSIDERANDO: Que, de acuerdo con el numeral 2.1 del artículo 2 del Decreto de Urgencia Nº 089-2009, los recursos del “Fondo para la Reconstrucción - Sismo 15 de agosto de 2007” son incorporados en los pliegos presupuestarios que realicen las actividades, proyectos y programas priorizados por el Directorio de FORSUR o quien haga sus veces, en la fuente de fi nanciamiento Recursos Determinados, para cuyo efecto FORSUR comunica, mediante resolución de su más alta autoridad, al Ministerio de Economía y Finanzas, para que a través de la Dirección Nacional de Tesoro Público, efectúe directamente la asignación fi nanciera correspondiente, con cargo a los citados recursos, a favor de la entidad pública benefi ciaria a través de la unidad ejecutora o Gobierno Local respectivo y por el monto que determine FORSUR conforme al Acuerdo de su Directorio o de quien haga sus veces. Cada asignación fi nanciera será publicada en el portal institucional del Ministerio de Economía y Finanzas; Que, el numeral 2.2 del artículo 2 del Decreto de Urgencia Nº 089-2009 dispone que cuando la actividad, proyecto o programa esté a cargo de una empresa pública de saneamiento o por el Banco de Materiales, la asignación fi nanciera con cargo a los recursos señalados en el numeral precedente, se efectúa directamente a favor del pliego Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, para que a su vez dicho ministerio transfi era fi nancieramente los recursos conforme a lo establecido en el artículo 3 del Decreto de Urgencia Nº 046-2009 y por resolución de su Titular que se publica en el Diario Ofi cial El Peruano; Que, mediante el Ofi cio Nº 662-2010/FORSUR-CG el Coordinador General del FORSUR informa que en el marco de lo dispuesto por el artículo 2º del Decreto de Urgencia Nº 089-2009, la Dirección Nacional de Tesoro Público del Ministerio de Economía y Finanzas, ha realizado la asignación fi nanciera a favor del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento por un monto de S/. 5 168 681,34 para ser destinado a fi nanciar la ejecución de obra y supervisión del proyecto: “Rehabilitación de redes de agua potable y alcantarillado en el Anillo Vial Central de Pisco, afectadas por el terremoto del 15 de agosto de 2007”, según lo dispuesto por la Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 054-2010-FORSUR/PE, con cargo a recursos del “Fondo para la Reconstrucción – Sismo de agosto de 2007”, siendo la Unidad Ejecutora del proyecto en mención EMAPISCO S.A.; Que, con fecha 21 de abril de 2010 se suscribió el Convenio Nº 096-2010 entre el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, EMAPISCO S.A. y el FORSUR, con el objeto de establecer los lineamientos administrativos y de operatividad que deberán seguir las partes para la transferencia de recursos destinados a fi nanciar la ejecución de obra y supervisión del proyecto: “Rehabilitación de redes de agua potable y alcantarillado en el Anillo Vial Central de Pisco, afectadas por el terremoto del 15 de agosto de 2007”; señalándose en su cláusula quinta, que el monto de fi nanciamiento asciende a S/. 5 168 681,34 con cargo a los recursos del “Fondo para la Reconstrucción – Sismo del 15 de agosto de 2007”; Que, mediante el Memorándum N° 582-2010/VIVIENDA/ VMCS/PAPT-1.0 el Director Ejecutivo del Programa Agua Para Todos con el informe técnico correspondiente, emitió la opinión favorable y solicita se gestione la transferencia fi nanciera, de la Actividad 1 029434: Atención de Desastres y Apoyo a la Rehabilitación y la Reconstrucción, en la fuente de fi nanciamiento Recursos Determinados, a favor de EMAPISCO S.A. por un monto de S/. 5 168 681,34, destinados a fi nanciar la ejecución de obra y supervisión del proyecto: “Rehabilitación de redes de agua potable y alcantarillado en el Anillo Vial Central de Pisco, afectadas por el terremoto del 15 de agosto de 2007”; Que, la Ofi cina General de Planifi cación y Presupuesto del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, con el Memorándum Nº 975-2010-VIVIENDA/ OGPP, ha informado sobre la disponibilidad presupuestal para la transferencia fi nanciera solicitada por el Director Ejecutivo del Programa Agua Para Todos hasta por un monto total de S/. 5 168 682,00, con cargo a la fuente de fi nanciamiento Recursos Determinados; De conformidad con la Ley Nº 28411 - Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, la Ley N° 29465 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2010 y el Decreto de Urgencia Nº 089-2009; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar la transferencia fi nanciera del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 004: Programa Agua Para Todos, hasta por la suma de CINCO MILLONES CIENTO SESENTA Y OCHO MIL SEISCIENTOS OCHENTA Y UNO Y 34/100 NUEVOS SOLES (S/. 5 168 681,34), a favor de EMAPISCO S.A., para fi nanciar la ejecución de obra y supervisión del proyecto: “Rehabilitación de redes de agua potable y alcantarillado en el Anillo Vial Central de Pisco, afectadas por el terremoto del 15 de agosto de 2007”. Artículo 2º.- La transferencia fi nanciera a que se refi ere el artículo 1º de la presente resolución se realizará con cargo al Presupuesto Institucional 2010 del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 004: Programa Agua Para Todos, Actividad 1 029434: Atención de Desastres