Norma Legal Oficial del día 15 de mayo del año 2010 (15/05/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 34

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, sabado 15 de MORDAZA de 2010

y Apoyo a la Rehabilitacion y la Reconstruccion, fuente de financiamiento Recursos Determinados y con la disponibilidad autorizada en el Calendario de Compromisos Institucional correspondiente. Articulo 3º.- La transferencia financiera aprobada por la presente resolucion no podra ser destinada, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos. Los desembolsos y la ejecucion de dichos recursos se sujetan a los terminos y condiciones establecidos en el Convenio Nº 096-2010; asi como, al cumplimiento de las disposiciones que regulan el uso de los recursos del "Fondo para la Reconstruccion - Sismo 15 de agosto de 2007". Articulo 4º.- EMAPISCO S.A. informara al Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, los avances fisicos y financieros de la ejecucion de obra y supervision del proyecto: "Rehabilitacion de redes de agua potable y alcantarillado en el Anillo Vial Central de MORDAZA, afectadas por el terremoto del 15 de agosto de 2007", con relacion a su cronograma de ejecucion y a las disposiciones contenidas en el Convenio Nº 096-2010. Articulo 5º.- El Programa Agua Para Todos es responsable del cumplimiento de la presente Resolucion, de la ejecucion del Convenio senalado en el articulo precedente, asi como del seguimiento y monitoreo de la ejecucion de obra y supervision del proyecto: "Rehabilitacion de redes de agua potable y alcantarillado en el Anillo Vial Central de MORDAZA, afectadas por el terremoto del 15 de agosto de 2007". Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento 494312-1

Contribuyentes Nacionales, Intendentes de Aduanas desconcentradas y en los Intendentes Regionales de la SUNAT a designar, mediante Resoluciones de Intendencia, a los trabajadores que se desempenaran como Auxiliares Coactivos dentro del ambito de competencia de cada una de esas Intendencias; En uso de las facultades conferidas en la Resolucion de Superintendencia N° 216-2004/SUNAT SE RESUELVE: Articulo Primero: Designar como Auxiliar Coactivo de la Oficina Zonal San MORDAZA, al profesional que se indica a continuacion:
ORD 1 REG. 7375 DNI 02793124 APELLIDOS ORRALA MORDAZA NOMBRES MORDAZA MORDAZA

Registrese, comuniquese y publiquese MORDAZA C. MORDAZA RIVAROLA Intendente 493684-1

ORGANISMOS REGULADORES ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA
Modifican Disposicion Complementaria Unica del Procedimiento de Reporte de Emergencias aprobado por la Res. Nº 013-2010-OS/CD
RESOLUCION DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA OSINERGMIN Nº 102-2010-OS/CD MORDAZA, 7 de MORDAZA de 2010 VISTO: El Memorando Nº GFM-294-2010 de la Gerencia de Fiscalizacion Minera, por el cual se solicita la modificacion de la Disposicion Complementaria Unica del Procedimiento de Reporte de Emergencias, aprobado por la Resolucion de Consejo Directivo Nº 013-2010-OS/CD; y, CONSIDERANDO:

ORGANISMOS EJECUTORES SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA
Designan Auxiliar Coactivo de la Oficina Zonal San MORDAZA
Intendencia Regional MORDAZA RESOLUCION DE INTENDENCIA Nº 120-024-0000293/SUNAT Iquitos, 13 de MORDAZA del 2010 CONSIDERANDO : Que, es necesario designar a MORDAZA Auxiliar Coactivo de la Intendencia Regional MORDAZA para garantizar el normal funcionamiento de su cobranza coactiva. Que, el Articulo 114º del Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario, aprobado mediante Decreto Supremo N° 135-99-EF y modificatorias, establece los requisitos que deberan reunir los trabajadores para acceder al cargo de Auxiliar Coactivo; Que, el personal propuesto ha presentado Declaracion Jurada manifestando reunir los requisitos MORDAZA indicados; Que, la Decimo Cuarta Disposicion Final del Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario, establece que lo dispuesto en el Numeral 7.1 del articulo 7° de la Ley N° 26979 no es de aplicacion a los organos de la Administracion Tributaria cuyo personal ingrese mediante Concurso Publico; Que, el articulo 4° de la Resolucion de Superintendencia N° 216-2004/SUNAT ha facultado al Intendente de Aduana Maritima del Callao, Intendente de Aduana Aerea del Callao, Intendente de Fiscalizacion y Gestion de Recaudacion Aduanera, Intendente de Principales

Que, mediante Resolucion de Consejo Directivo Nº 013-2010-OS/CD, publicada el 14 de febrero de 2010, se aprueba el Procedimiento para el Reporte de Emergencias en las Actividades Mineras y Modifican la Resolucion de Consejo Directivo N° 260-2009-OS/CD. Que, la Disposicion Complementaria Unica de la Resolucion de Consejo Directivo Nº 013-2010-OS/CD establece que el procedimiento de remision de avisos de emergencia por via electronica a los que se refiere el numeral 5.4 del articulo 5° de la referida resolucion entrara en vigencia a los sesenta dias contados a partir de la entrada en vigencia de la referida resolucion. Que, la Gerencia de Fiscalizacion Minera ha presentado la propuesta para desarrollar el procedimiento de avisos de emergencias por via electronica, por lo que resulta conveniente ampliar el plazo dispuesto en la Disposicion Complementaria Unica de la Resolucion de Consejo Directivo Nº 013-2010-OS/CD; Que, el literal c) del articulo 3º de la Ley MORDAZA de los Organismos Reguladores de la Inversion Privada en los Servicios Publicos, Ley Nº 27332, establece que la funcion normativa de los Organismos Reguladores, entre ellos OSINERGMIN, comprende la facultad exclusiva de dictar,

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