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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 29 de mayo de 2010 419818 POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de La Libertad, de conformidad con lo previsto en los Artículos 191° y 192° de la Constitución Política del Perú de 1993, modifi cado por la Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV, sobre Descentralización Ley Nº 27680, Ley de Bases de Descentralización Ley Nº 27783, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales Nº 27867 y su modifi catoria Ley Nº 27902, y demás normas complementarias. EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE LA LIBERTAD, ha aprobado la siguiente Ordenanza Regional VISTO: En Sesión Extraordinaria del Consejo Regional de fecha 11 de Marzo del 2010, el dictamen sobre el Proyecto de Ordenanza Regional Nº 020-2010-GR-LL/CR, relativo a convocar al Proceso de formulación del Presupuesto Participativo del Gobierno Regional de La Libertad para el año fi scal 2011; y, CONSIDERANDO: Que, los Artículos 197º, 198º y 199° de la Constitución Política del Estado establecen que los Gobiernos Regionales formulan y aprueban el Plan de Desarrollo Concertado y sus presupuestos, con la participación de la población, y rinden cuentas de su ejecución, anualmente. Que, la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralización en su capítulo IV sobre Participación Ciudadana, Artículo 17° numerales 17.1° y 17.2° establece que los Gobiernos Regionales y Locales están obligados a promover la participación ciudadana en la formulación, debate y concertación de los planes de desarrollo y presupuestos, y en la gestión pública. Que, en el Capítulo V relativo a Planes de Desarrollo y Presupuestos, artículos 18º, 19º y 20º, numerales 20.1 y 20.2 de la ley mencionada, establece que los planes y presupuestos participativos son de carácter territorial. Los Gobiernos Regionales y Locales se sustentan y rigen por presupuestos participativos anuales como instrumentos de administración y gestión, se formulan y ejecutan en concordancia con los Planes de Desarrollo Concertado. El MEF dicta en forma anual las directivas que regulan la programación, formulación, aprobación, ejecución, evaluación y control de los presupuestos. Que, en la Ley Nº 26300 Ley de los Derechos de Participación y Control Ciudadano, en el Artículo 2° en cuanto a los derechos de participación de los ciudadanos, se establece en el inciso e) los mecanismos de participación ciudadana en el ámbito de los Gobiernos Regionales y Locales. De igual manera en el Artículo 3° en cuanto a los derechos de control ciudadanos, establece en su inciso e) los mecanismos de control ciudadano en el ámbito de los Gobiernos Regionales y Locales. Que la Ley Nº 28056, Ley de Marco Presupuesto Participativo, su modifi catoria la Ley Nº 29298 y el Reglamento de la Ley Marco, el D.S. Nº 142-2009-EF, establecen que el Proceso del Presupuesto Participativo es un mecanismo de asignación equitativa, racional, efi ciente, efi caz y transparente de los recursos públicos, que fortalece las relaciones Estado - Sociedad Civil y, que para ello los Gobiernos Regionales promueven el desarrollo de mecanismos y estrategias de participación de la sociedad civil, en la programación de su presupuesto, de acuerdo a las prioridades consideradas en los objetivos de los Planes de Desarrollo Concertado y en los Programas Estratégicos del Presupuesto por Resultados; así como, en la vigilancia y fi scalización de la gestión de los recursos públicos, y que, mediante ordenanza, dispondrán las medidas necesarias para reglamentar el proceso de identifi cación y acreditación de los Agentes Participantes en el Proceso, particularmente de aquellos representantes de la Sociedad Civil. De conformidad con las facultades conferidas por la Constitución Política del Estado, la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley Nº 27867, modifi cada por las Leyes Nº 27902, Nº 28968 y Nº 29053, y estando a lo acordado, Ha aprobado la Ordenanza Regional siguiente; Artículo Primero.- CONVOCAR al Proceso de Formulación del Presupuesto Participativo del Gobierno Regional de La Libertad para el año fi scal 2011. Artículo Segundo.- APROBAR la Directiva del Proceso, así como el Cronograma respectivo, cuyo texto forma parte de la presente Ordenanza Regional. Artículo Tercero.- APROBAR el Reglamento del Proceso de Identifi cación y Acreditación de los Agentes Participantes en el Proceso de Formulación del Presupuesto Participativo del Gobierno Regional para el año fi scal 2011, cuyo texto forma parte de la presente Ordenanza Regional. Artículo Cuarto.- CONFORMAR el Equipo Técnico del Proceso, que estará integrado de la siguiente manera: a. Gerente Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, quien lo preside. b. Gerente Regional de Infraestructura c. Sub Gerente de Planeamiento y Acondicionamiento Territorial. d. Sub Gerente de Programación de la Inversión Pública e. Sub Gerente de Estudios f. 01 Representante del Consejo de Coordinación Regional, por parte de la Sociedad Civil g. 04 Representantes de la Sociedad Civil, elegidos entre los agentes participantes del Presupuesto Participativo Artículo Quinto.- AUTORIZAR, a la Secretaría del Consejo Regional de La Libertad, disponer la publicación de la presente Ordenanza Regional en el Diario Ofi cial El Peruano, en el Diario de mayor circulación de la Región y en el Portal Electrónico del Gobierno Regional La Libertad. Comuníquese al Señor Presidente del Gobierno Regional de La Libertad para su promulgación. En Trujillo, a los once días del mes de marzo del dos mil diez. RUBY ARELLANO MAURTUA Consejera Delegada AL SEÑOR PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL DE LA LIBERTAD POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. Dado en la Sede del Gobierno Regional de La Libertad a los 31 días del mes de marzo de 2010 JOSE H. MURGIA ZANNIER Presidente Regional 499242-4 Incorporan para su aplicación en el ámbito regional de La Libertad, normas complementarias a lo establecido en el Reglamento Nacional de Administración de Transporte - RNAT ORDENANZA REGIONAL N° 004-2010-GR-LL/CR “INCORPORAR, PARA SU APLICACIÓN EN EL ÁMBITO REGIONAL DE LA LIBERTAD, NORMAS COMPLEMENTARIAS A LO ESTABLECIDO EN EL REGLAMENTO NACIONAL DE ADMINISTRACIÓN DE TRANSPORTE - RNAT” POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno de La Libertad, de conformidad con lo previsto en los Artículos 191° y