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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE MAYO DEL AÑO 2010 (29/05/2010)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 81

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 29 de mayo de 2010 419823 del 2006, se establece en su Artículo 4º inciso c) que los Presidentes de los Gobiernos Regionales reciben una remuneración mensual, que es fi jada por su respectivo Consejo Regional, hasta un máximo de cinco y media URSP por todo concepto, hoy Unidad de Ingreso del Sector Público (UISP). Que, con Decreto Supremo Nº 053-2009-PCM de fecha 29 de agosto de 2009, se fi ja el monto de la Unidad de Ingreso del Sector Público para el año 2010, ascendente a la suma de S/. 2,600.00 Nuevos Soles como valor de referencia para fi jar los ingresos de los altos funcionarios y autoridades del Estado. Que, asimismo y conforme a lo dispuesto en el Artículo 19º de citada Ley Orgánica, en concordancia con el Artículo 5º numeral 5.2 del Decreto de Urgencia Nº 038-2006 que modifi có a la Ley Nº 28212, los Consejeros Regionales tienen derecho a percibir únicamente dietas y éstas no pueden superar en total al 30% de la remuneración mensual del Presidente del Gobierno Regional. Que, mediante Acuerdo Regional Nº 002 -2009- GR-LL/CR, de fecha 29 de enero del 2009 se fi jó la remuneración mensual del Presidente y Vicepresidente Regional, así como las dietas de los Señores Consejeros Regionales para el año 2009; en tal sentido es necesario que mediante acuerdo se fi je la remuneración mensual del Presidente y Vicepresidente Regional, así como las dietas de los Señores Consejeros Regionales para el año 2010. En ejercicio de las atribuciones que le confi ere la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales Nº 27867 y sus modifi catorias por la Ley Nº 27902 y Ley Nº 29053, y estando a lo acordado. Ha tomado el Acuerdo Regional siguiente: Artículo Primero.- FIJAR, la remuneración mensual del Presidente Regional del Gobierno Regional de La Libertad en cinco y media (5.5) Unidades de Ingreso del Sector Público fi jada para el presente año 2010 ascendente a la suma de S/. 2,600.00 Nuevos Soles, la cual se otorgarán a partir del 1º de Enero hasta el 31 de Diciembre del Año Fiscal 2010. Artículo Segundo.- FIJAR, la remuneración mensual del Vicepresidente Regional en cuatro (4) Unidades de Ingreso del Sector Público fi jada para el presente año 2010 ascendente a la suma de S/. 2,600.00 Nuevos Soles, la cual se otorgarán a partir del 1º de enero hasta el 31 de diciembre del Año Fiscal 2010. Artículo Tercero.- FIJAR, la dieta mensual de los señores Consejeros Regionales en el 30% de lo que percibe el Presidente Regional, montos que se otorgarán a partir del 1º de enero hasta el 31 de diciembre del Año Fiscal 2010. Artículo Cuarto.- ENCARGAR, el cumplimiento del presente Acuerdo a la Gerencia General Regional, Gerencia Regional de Administración, Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial del Gobierno Regional de La Libertad, en lo que les corresponda según sus competencias. Artículo Quinto.- FACULTAR, al Secretario del Consejo Regional efectúe la publicación del presente Acuerdo Regional, en el Diario Ofi cial El Peruano, en el modo y forma de Ley. Comuníquese al señor Presidente del Gobierno Regional La Libertad para su promulgación. En Trujillo, a los once días del mes de enero del año dos mil diez. RUBY ARELLANO MAURTUA Consejera Delegada AL SEÑOR PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL LA LIBERTAD POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. Dado en la Sede del Gobierno Regional La Libertad a 29 de enero de 2010. JOSE H. MURGIA ZANNIER Presidente Regional 499242-6 Autorizan viaje al exterior del Vicepresidente del Gobierno Regional ACUERDO REGIONAL Nº 025-2010-GR-LL/CR “AUTORIZAR EL VIAJE AL EXTERIOR AL SEÑOR VICEPRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL DE LA LIBERTAD, INGENIERO VICTOR LEÓN ÁLVAREZ, DEL 20 AL 24 DE ABRIL DEL 2010” EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL DE LA LIBERTAD POR CUANTO: El Consejo Regional de La Libertad, de conformidad con lo previsto en los Artículos 191º y 192º de la Constitución Política del Perú, modifi cada por la Ley de la Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV sobre Descentralización, Ley 27680: Ley de Bases de la Descentralización Ley Nº 27783; de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley Nº 27867, sus modifi catorias y demás normas complementarias. EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE LA LIBERTAD, ha adoptado el siguiente Acuerdo Regional: VISTO: En Sesión Ordinaria del Consejo Regional de fecha 09 de Abril del 2010, el Ofi cio Nº 035-2010-GRLL-VPRE de fecha 05 de Abril del 2010, suscrito por el Señor Vicepresidente del Gobierno Regional de La Libertad, ingeniero Víctor León Álvarez, solicitando autorización de viaje al exterior, y; CONSIDERANDO: Que, con Ofi cio Nº 035-2010-GRLL-VPRE de fecha 05 de Abril del 2010, suscrito por el Señor Vicepresidente del Gobierno Regional de La Libertad, ingeniero Víctor León Álvarez, solicitó autorización de viaje al exterior por razones de índole personal del 20 al 24 de Abril del 2010 a la Ciudad de Sao Paulo - República Federativa del Brasil; el mismo que no irrogará gasto al Estado. Que, los viajes al exterior de los Vicepresidentes de los Gobiernos Regionales deben ser aprobados mediante Acuerdo del Consejo Regional, el mismo que deberá ser publicado en el Diario Ofi cial El Peruano antes del inicio del viaje. Que, sometida la solicitud a votación del Pleno, ésta fue aprobada, disponiendo se emita la disposición regional respectiva. Que, de conformidad con el Artículo 39º de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley Nº 27867, los Acuerdos del Consejo Regional expresan la decisión de este órgano, sobre asuntos internos, de interés público, ciudadano o institucional o declarar su voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional. Por las consideraciones expuestas, en ejercicio de las atribuciones que le confi ere la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley Nº 27867 y sus modifi catorias, y estando a lo acordado Ha tomado el Acuerdo Regional siguiente: Artículo Primero.- AUTORIZAR, el viaje al exterior, por razones de índole personal, al Señor Vicepresidente del Gobierno Regional de La Libertad, ingeniero Víctor León Álvarez, a la Ciudad de Sao Paulo de la República Federativa del Brasil, del 20 al 24 de Abril del 2010.