Norma Legal Oficial del día 04 de noviembre del año 2010 (04/11/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 52

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 4 de noviembre de 2010

situacion registral del predio, es menester que el Concejo Municipal declare la reversion a favor de la Municipalidad de Los Olivos; Atendiendo a lo expuesto y de conformidad al Articulo 9º numeral 8 de la Ley Organica de Municipalidades, el Concejo Municipal, por mayoria: ACUERDA: Articulo Primero.- REVERTIR a favor de la Municipalidad Distrital de Los MORDAZA el dominio del terreno de 619.20 m2, destinado a otros fines ubicado en la Asociacion de Vivienda San MORDAZA de MORDAZA Mz. A Lote. 12 Parcela 10335 ­ Departamento y Provincia de MORDAZA, que fuera cedido en uso a la Direccion de Investigacion Criminal ­DIVINCRI Norte ­ DEINCRI ­ Distrito de Los MORDAZA al no haberse cumplido con el objeto para el que fue cedido y en estricto cumplimiento de lo dispuesto en el Articulo MORDAZA del Acuerdo de Concejo Nº 26-2007/ CDLO. Articulo Segundo.- HACER DE CONOCIMIENTO de lo establecido a la GERENCIA MUNICIPAL, GERENCIA DE DESARROLLO MORDAZA, SUB GERENCIA DE CATASTRO Y CONTROL DE HABILITACIONES URBANAS y ordenar a SECRETARIA GENERAL la publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA (e) 562267-1

Instauran MORDAZA administrativo disciplinario a docente de la Institucion Educativa Nº 2015 "Manuel MORDAZA Prada"
RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 453-2010 Los MORDAZA, 31 de agosto de 2010 VISTOS: El Informe Nº 041-2010-MDLO/CPPAD 2010 de la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios de la Municipalidad Distrital de Los MORDAZA para el Ejercicio 2010 encargada de conducir los procesos que correspondan al Personal Docente de las Instituciones Educativas de Basica Regular del ambito jurisdiccional del distrito de Los MORDAZA, Acta de Sesion Ordinaria del 08 de MORDAZA de 2010, Pliego de Cargos Nº 006-2010-MDLO/ CPPAD, el Memorandum Nº 032-2010-MDLO/ALC del despacho de Alcaldia, y; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion de Alcaldia Nº 30-2010, de fecha 29 de enero de 2010, modificada con Resolucion de Alcaldia Nº 378-2010, de fecha 04 de agosto de 2010, se resuelve, entre otros, designar a la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios de la Municipalidad Distrital de Los MORDAZA para el Ejercicio 2010 encargada de conducir los procesos que correspondan al Personal Docente de las instituciones educativas de Basica Regular del ambito jurisdiccional del distrito de Los Olivos; Que, el Decreto Supremo Nº 19-90-ED que aprueba el Reglamento de la Ley del Profesorado en su Art. 120º senala: "Los profesores que incumplen los deberes y obligaciones correspondientes a su cargo son objeto de las siguientes sanciones: (...) c) Suspension en el ejercicio de sus funciones, sin derecho a remuneraciones de 10 a 30 dias; d) Separacion temporal en el servicio hasta por 3 anos; y, e) Separacion definitiva en el servicio."; Que, el Art. 124º del cuerpo normativo acotado dice: "Las sanciones senaladas en los incisos c), d) y e) del Articulo 120 del presente Reglamento seran aplicables previo MORDAZA administrativo que no excedera de 40

dias habiles improrrogables. El incumplimiento del plazo senalado constituye falta que sera sancionada de acuerdo a ley."; Que, el Art. 129º del dispositivo acotado senala "El MORDAZA administrativo sera instaurado por Resolucion del titular de la entidad o del funcionario que tenga autoridad delegada para el efecto, debiendo notificarse al servidor en forma personal, en caso de no ser factible se publicara en el Diario Oficial "El Peruano", en el diario de mayor circulacion de la localidad o en lugar visible del centro de trabajo"; Que, en lo que respecta al plazo legal establecido en los Articulos 123º y 124º del Decreto Supremo Nº 01990-ED para efectos de ejercer el derecho de defensa en los casos previstos en los literales a) y b) del Articulo 120º de la MORDAZA acotada el Jefe de la Oficina de Apoyo a la Administracion de la Educacion del Ministerio de Educacion con Oficio Nº 0729-2010-MEVMGI-OAAECADER, de fecha 11 de Junio de 2010, recepcionado por Secretaria General el 23 de MORDAZA de 2010, remite la opinion legal solicitada contenida en el Informe Nº 1902010-ME-VMGI-AAE-CADER emitida por la Coordinadora del CADER de la que fluye: "Teniendo en consideracion que el Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, reglamenta la Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa, in extenso; es decir, engloba y comprende al universo de los servidores de la administracion publica con caracter general. Por su parte , el D.S. Nº 019-90-ED que aprueba el Reglamento de la Ley del Profesorado Nº 24029 modificado por Ley Nº 25212, siendo esto asi, advirtiendo por jerarquia , que MORDAZA normas guardan equivalencia, corresponde determinar competencia atendiendo a la especialidad de la norma; asi como tambien, corresponde tener en consideracion lo prescrito por el Articulo 26º numeral 3 de la Constitucion Politica, que establece "la interpretacion favorable al trabajador en caso de duda insalvable sobre el sentido de la norma". En consecuencia atendiendo a los presupuestos juridicos y normas MORDAZA acotadas, la suscrita es de opinion y recomienda que para los efectos de establecer el termino para la MORDAZA de los descargos se tenga en consideracion la especialidad de la MORDAZA y el indubio pro operario."; Que, con Informe Nº 041-2010-MDLO/CPPAD 2010 la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios de la Municipalidad Distrital de Los MORDAZA para el Ejercicio 2010 encargada de conducir los procesos que correspondan al Personal Docente de las Instituciones Educativas de Basica Regular del ambito jurisdiccional del distrito de Los MORDAZA hace de conocimiento al despacho de Alcaldia de la recomendacion de instaurar MORDAZA administrativo disciplinario contra la Sra. MORDAZA del MORDAZA MORDAZA MORDAZA docente de la Institucion Educativa Nº 2015 "Manuel MORDAZA Prada", por presuntas faltas de caracter administrativo, conforme a las consideraciones que expone; Que, con Expediente G.E.M. Nº 716-2009, de fecha nueve de junio del 2009, y reiterativo con Expediente G.E.M. Nº 2388-2009 el director de la I.E. Nº 2015 "Manuel MORDAZA Prada", informa sobre el presunto abandono de cargo de la docente Sra. MORDAZA del MORDAZA MORDAZA MORDAZA, informando que la docente ha incumplido con reincorporarse a la Institucion al haber culminado su licencia sin goce de haber; asimismo indica que la mencionada docente debio reincorporarse el veintisiete de MORDAZA del 2009; senalando ademas que la docente no ha asistido a la Institucion desde la fecha de su reincorporacion hasta la fecha de remision del expediente que es del 09 de junio del 2009; conforme se corrobora con las tarjetas de asistencia; Que, el Art. 14º de la Ley del Profesorado, literal a), es deber del docente "desempenar su funcion con dignidad y eficiencia; y con lealtad a la Constitucion, a las Leyes, y a los fines del centro educativo donde sirven". Que, el Art. 194º del Reglamento de la Ley del Profesorado, "el cese por abandono de cargo se produce por ausencia injustificada del profesor durante cinco (05) dias consecutivos al mes o mas de quince (15) dias no consecutivos en un periodo de ciento ochenta (180) dias calendario"; Que, segun el Art. 21º del Decreto Legislativo 276, Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y Remuneraciones

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