Norma Legal Oficial del día 04 de noviembre del año 2010 (04/11/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 47

El Peruano MORDAZA, jueves 4 de noviembre de 2010

NORMAS LEGALES

425671

GREM/OAJ de la misma fecha; se requirio a Generadora Arabesco S.A. para que cumpla con presentar 1) Autorizacion de Uso de Aguas correspondiente, materializada en una Resolucion de Aprobacion de Estudios de Aprovechamiento Hidrico y 2) Recibo de Pago por concepto de Derecho de Tramite por Transferencia de Autorizacion Electrica correspondiente al Procedimiento N° 145 del MORDAZA de la Gerencia Regional de Energia y Minas del Gobierno Regional de MORDAZA, aprobado por Ordenanza Regional N° 030-AREQUIPA. Que, por medio del escrito con registro N° 10-2812 de fecha 14 de MORDAZA de 2010, Generadora Arabesco S.A. interpone recurso de reconsideracion en contra de la Resolucion de fecha 02 de MORDAZA de 2010, solicitando que se revoque la misma y se disponga exigir a Generadora Arabesco S.A. la MORDAZA de Resolucion de Autorizacion de Ejecucion de Estudios Hidricos, basicamente su petitorio ha sido sustentado en que la solicitud realizada es la transferencia de un derecho electrico ya otorgado y no en la expedicion de un MORDAZA derecho, debiendose considerar que de acuerdo a la legislacion vigente en el momento que EMGEL AGROMIN S.R.L. solicito y obtuvo la autorizacion de generacion electrica, unicamente se le requirio la MORDAZA de Autorizacion de Ejecucion de Estudios Hidricos, requisito que fue cumplido con la MORDAZA de la Resolucion de Intendencia N° 30-2008-INRENA-IRH de fecha 30 de enero de 2008; Que, por escrito con registro 10-3248 de fecha 23 de agosto de 2010, Generadora Arabesco S.A. amplia su reconsideracion a fin de que tampoco se le solicite la Autorizacion de Ejecucion de Estudios Hidricos; sin embargo, y mediante escrito con registro 10-3559 de fecha 16 de septiembre de 2010 se adjunta la Autorizacion de Ejecucion de Estudios Hidricos a nombre de Generadora Arabesco S.A.; Que, conforme se ha senalado en el Informe Legal N° 0024-2010-GRA/GREM/OAJ, si bien es MORDAZA el Decreto Supremo N° 048-2007-EM publicado el 07 de septiembre de 2007 establecio el MORDAZA de autorizacion de uso de recurso hidrico requerido para la generacion electrica, este requerimiento se tuvo por cumplido con la Autorizacion de Ejecucion de Estudios Hidricos otorgada mediante Resolucion de Intendencia N° 30-2008-INRENA-IRH a EMGEL AGROMIN S.R.L., la cual deviene en un derecho adquirido, y del que no podria ser privado el titular; Que, asimismo, conforme a lo establecido en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Energia y Minas, y el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Gobierno Regional de MORDAZA, se tiene como requisito para la transferencia de la Autorizacion en el caso de centrales hidroelectricas, la MORDAZA de la autorizacion del uso del recurso natural de propiedad del Estado para ejecucion de obra hidroenergeticas a nombre del adquiriente; Que, de lo anterior, se debe considerar que conforme lo senalo el recurrente en su Recurso de Reconsideracion de fecha 14 de MORDAZA de 2010, el propio Ministerio de Energia y Minas a traves de la Direccion General de Electricidad, ha determinado el criterio en el caso que quien pretende adquirir un derecho electrico ya otorgado, unicamente debe acreditar las mismas condiciones que tuvo en su oportunidad el actual titular para obtener la autorizacion o concesion electrica; es decir, que en el presente caso, se requiere la Autorizacion de Ejecucion de Estudios Hidricos y no la Autorizacion de Aprobacion de Estudios Hidricos como se ha requerido en la Resolucion materia de reconsideracion; Que, por medio del escrito con registro Nº 10-3248 de fecha 23 de agosto de 2010, Generadora Arabesco S.A. amplia su reconsideracion a fin de que tampoco se le solicite la Autorizacion de Ejecucion de Estudios Hidricos; sin embargo, mediante escrito con registro Nº 10-3559 de fecha 16 de septiembre de 2010 Generadora Arabesco S.A. adjunta MORDAZA simple de la Resolucion Directoral Nº 0292-2010-ANA-DARH de fecha 08 de septiembre de 2010 la cual resuelve en su articulo 1: "disponer el cambio de titularidad de la Resolucion de Intendencia Nº 30-2008-INRENA-IRH, entendiendose en adelante, toda mencion efectuada a la Empresa de Generacion Electrica, Agroindustrial, Minera y su Comercializacion

S.C.R.L., como referida a Generadora Arabesco S.A.;" Articulo 2: "Prorrogar por 2 anos adicionales, la vigencia de la autorizacion otorgada mediante Resolucion de Intendencia Nº 30-2008-INRENA-IRH, contados a partir del vencimiento de la misma, para la culminacion de la ejecucion de estudios para el aprovechamiento del recurso hidrico con fines de generacion de energia a favor de Generadora Arabesco S.A,"; documentacion con la que acredita la misma condicion que tuvo en su oportunidad el actual titular para obtener la autorizacion o concesion electrica; Que, mediante Resolucion de fecha 23 de septiembre de 2010 se Requiere a Generadora Arabesco S.A. para que cumpla con presentar Recibo de Pago por concepto de Derecho de Tramite por Transferencia de Autorizacion Electrica correspondiente al Procedimiento Nº 145 del MORDAZA de la Gerencia Regional de Energia y Minas del Gobierno Regional de MORDAZA, aprobado por Ordenanza Regional Nº 030-AREQUIPA; Que, de la consulta de movimientos Ctas. Ctes. en MN emitida por la Oficina de Tesoreria del Gobierno Regional de MORDAZA se tiene la NOTA DE ABONO por el monto de S/. 1440.00 nuevos soles, con documento Nº 00727646 de fecha 30 de septiembre de 2010, cumpliendose el requerimiento de la resolucion citada en el parrafo anterior; Que, la solicitud de transferencia cumple con los requisitos establecidos en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Gerencia Regional de Energia y Minas del Gobierno Regional de MORDAZA, aprobado por Ordenanza Regional N° 030AREQUIPA; Que, la Oficina de Asesoria Juridica de la Gerencia Regional de Energia y Minas del Gobierno Regional de MORDAZA, luego de haber verificado y evaluado que la peticionaria ha cumplido con los requisitos estipulados en el Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Electricas, y su Reglamento, ha emitido el Informe Legal Nº 00112010-GRA/GREM/OAJ; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Aprobar la transferencia de la concesion otorgada mediante la Resolucion de Gerencia Regional Nº 154-2008-GRA/GREM para desarrollar la actividad de generacion de energia electrica en las instalaciones de la Central Hidroelectrica SAN MORDAZA, que efectua EMPRESA DE GENERACION ELECTRICA, AGROINDUSTRIAL MINERA Y SU COMERCIALIZACION S.R.L. ­ EMGEL AGROMIN S.R.L. a favor GENERADORA ARABESCO S.A. por las razones y fundamentos legales expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo Segundo.- La presente Resolucion de Gerencia Regional, en cumplimiento de lo dispuesto en el articulo 54 del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas, debera ser publicada para su vigencia en el Diario Oficial El Peruano por una sola vez, y sera notificada al concesionario dentro de los cinco (5) dias habiles siguientes a dicha publicacion, conforme al articulo 53 del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas. Registrese, publiquese y comuniquese. MORDAZA BUTRON MORDAZA Gerente Regional 562270-1 GERENCIA REGIONAL DE ENERGIA Y MINAS RESOLUCION DE GERENCIAL REGIONAL Nº 130-2010-GRA-GREM MORDAZA, 19 de octubre de 2010 VISTO; La solicitud de transferencia con R. 101951 de fecha 12 de MORDAZA de 2010 por GENERADORA ARABESCO S.A., persona juridica inscrita en la Partida 11010115 del Registro de Personas Juridicas de la Oficina

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