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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 04 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2010 (04/11/2010)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 51

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 4 de noviembre de 2010 425675 MUNICIPALIDAD DE LOS OLIVOS Instauran el 5 de octubre como “Un día sin bebidas alcohólicas en Los Olivos” ORDENANZA Nº 345-CDLO Los Olivos, 6 de octubre de 2010 EL CONCEJO MUNICIPAL DISTRITAL DE LOS OLIVOS VISTA: La Moción de Regidores; y, CONSIDERANDO: Que, las Municipalidades son los órganos de Gobierno Local que emanan de la voluntad popular que representan al vecindario fomentando el bienestar de los vecinos y el desarrollo integral y armónico de las circunscripciones de su jurisdicción conforme lo establece la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; Que, siendo función de los Municipios establecer programas de prevención y profi laxis local dirigidos a preservar la salud, la moral y las buenas costumbres de la niñez y la juventud con la fi nalidad de prevenir los vicios del alcoholismo y la drogadicción, así como promover a través de Normas Municipales la seguridad y tranquilidad de los vecinos; Que, la Ley Nº 28681 establece disposiciones que regulan la comercialización, consumo y publicidad de bebidas alcohólicas, precisando su Primera Disposición Transitoria y Final que las Municipalidades adecuarán y dictarán las disposiciones que sean necesarias pare el cumplimiento de citada Ley; Que, es conocido que el cerebro humano en desarrollo expuesto al alcohol puede sufrir efectos perdurables sobre las capacidades intelectuales, incrementándose las probabilidades de la adicción al alcohol, siendo que la edad de inicio del consumo de bebidas alcohólicas afecta los problemas del alcoholismo que aparecen posteriormente en la edad adulta; Que, hay una creciente demanda de información sobre los patrones de consumo de alcohol en nuestra sociedad, por la problemática social y personal que plantea. Dentro de estos patrones adquieren una mayor importancia los asociados a las pautas de consumo de la adolescencia y juventud, que va aumentando, tanto en número de bebidas adquiridas, como en el de su graduación alcohólica, siendo necesario generar conciencia ciudadana en el adecuado consumo de bebidas alcohólica instaurándose en el distrito “Un día sin bebidas alcohólicas”; Estando a lo expuesto y en ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 9º, inciso 8 y 41º de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de las Municipalidades, el Concejo Municipal por unanimidad aprobó la siguiente: ORDENANZA Nº 345-CDLO QUE INSTAURA EN EL DISTRITO DE LOS OLIVOS “UN DIA SIN BEBIDAS ALCOHOLICAS EN LOS OLIVOS” Artículo Primero.- INSTAURAR EL DIA 05 DE OCTUBRE de todos los años como “UN DÍA SIN BEBIDAS ALCOHÓLICAS EN EL DISTRITO DE LOS OLIVOS”, con la fi nalidad de crear un mejor ambiente social para los vecinos olivenses y en concordancia con los considerandos expuestos en la presente. Artículo Segundo.- HACER DE CONOCIMIENTO de la presente Ordenanza a la GERENCIA MUNICIPAL para su reglamentación, a la OFICINA DE SECRETARIA GENERAL para su publicación y a la OFICINA DE PRENSA E IMAGEN INSTITUCIONAL para su difusión. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. FELIPE B. CASTILLO ALFARO Alcalde 562267-6 Acuerdan revertir a favor de la Municipalidad el dominio de terreno ubicado en la Asociación de Vivienda San Juan de Dios ACUERDO DE CONCEJO N° 42-2010/CDLO Los Olivos, 30 de septiembre de 2010 EL CONCEJO DISTRITAL DE LOS OLIVOS VISTO: El Dictamen Nº 011-2010-MDLO/CAL de la Comisión de Asuntos Legales, y; CONSIDERANDO: Que, mediante Acuerdo de Concejo Nº 26-2007/CDLO de fecha 05 de Julio de 2007 el Concejo Municipal de Los Olivos acordó afectar en uso a favor de la Dirección de Investigación Criminal –DIVINCRI Norte – DEINCRI – Distrito de Los Olivos el terreno de 619.20 m2, destinado a Otros Fines, registrado ante la SUNARP en el Código PJ000000000086-Municipalidad Distrital de Los Olivos – Copia Literal del Predio Nº PO1175314 con dirección Asociación de Vivienda San Juan de Dios Mz. A Lte. 12 Parcela 10335 – Dpto Lima Prov. Lima, con la fi nalidad de realizar la edifi cación de las Ofi cinas del departamento de Investigación Criminal; Que, el artículo segundo del dispositivo municipal aludido precedentemente resuelve declarar que el inmueble revertirá a favor de la Municipalidad si no se cumpliera con ejecutar la edifi cación del local destinado para el Departamento de Investigación Criminal del Distrito de Los Olivos de la Dirección de Investigación Criminal – Divincri Norte – Deincri – Distrito de Los Olivos en un plazo máximo de un (1) año, conforme se especifi ca; Que, conforme corre de la Copia Literal del Asiento 000007 del apartamento CARGAS de la Partida signada como P01175314 de la Zona Registral Nº IX Sede Lima de la SUNARP, se verifi ca que la mencionada cesión en uso se presenta como inscrita en la mencionada entidad a partir del 28 de Septiembre de 2007; Que, del Informe de Verifi cación Nº 007-2010, de fecha 15 de Junio de 2010, que contiene el resultado de la inspección ocular realizada el 12 de julio de 2010 en el predio en mención, se verifi co y constató que sobre el mismo no se encontró ningún tipo de construcción, edifi cación e instalación, estando actualmente el terreno libre, corroborado con instrumental probatoria constituida por fotografías así como el Acta Notarial de la Notaría Marcos Vainstein Blanck; Que, la Ley Orgánica de Municipalidades establece en su Artículo 68º entre otros, que en caso de cesiones de uso de bienes de propiedad de la municipalidad el incumplimiento parcial o total de la fi nalidad que motivó el mismo ocasiona la reversión del bien inmueble a la municipalidad, la cual incorpora a su patrimonio las mejoras, a título gratuito; Que, con Nº 1019-2010-MDLO/OAJ la Ofi cina de Asesoría Jurídica, acorde a los fundamentos de hecho y derecho que expone, considera que de acuerdo a las pruebas documentales y transcurrido en exceso el plazo otorgado a la Dirección de Investigación Criminal – DIVINCRI Norte – DEINCRI – Distrito de Los Olivos, queda operada la reversión. No obstante, a efectos de ejecutar las acciones administrativas que permitan modifi car la