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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 12 de noviembre de 2010 429029 Comisión Califi cadora acompañando con la segunda versión completa del PDI evaluado, éste a través de la presidencia será puesto a conocimiento del Pleno. El Pleno del CONAFU analizando, el Informe Final de la Comisión Califi cadora, se pronunciará con respecto al Proyecto de Desarrollo Institucional presentado, aprobando o desaprobando el proyecto de la universidad” Que, en la sesión de fecha 27 de octubre de 2010 el Pleno del CONAFU por Acuerdo Nº 455-2010-CONAFU convino por UNANIMIDAD: Aprobar el Proyecto de Desarrollo Institucional del Proyecto de Universidad de la Amazonía Mario Peláez Bazán; con las siguientes Carreras Profesionales: 1) Contabilidad y Finanzas, 2) Ingeniería de Sistemas y Telemática, 3) Enfermería, 4) Ingeniería Agronómica, e 5) Ingeniería Mecánica, cada una con cuarenta (40) vacantes por ciclo académico; En atención a lo expuesto en los considerandos precedentes, y en cumplimiento al artículo 18º del Estatuto del CONAFU que establece: “El Presidente del CONAFU tiene las siguientes atribuciones generales:…d) Cumplir y hacer cumplir los acuerdos y decisiones del Pleno del CONAFU, expidiendo las respectivas resoluciones” y de conformidad a lo dispuesto en el artículo 38º incisos d) y e) del referido Estatuto del CONAFU; SE RESUELVE: Artículo Primero.- APROBAR el Proyecto de Desarrollo Institucional del Proyecto de Universidad de la Amazonía Mario Peláez Bazán; con las siguientes Carreras Profesionales: 1) Contabilidad y Finanzas, 2) Ingeniería de Sistemas y Telemática, 3) Enfermería, 4) Ingeniería Agronómica, e 5) Ingeniería Mecánica; Artículo Segundo.- REQUERIR a la Promotora, el cumplimiento de los artículos 31º y 32º del Reglamento aprobado por Resolución Nº 387-2009-CONAFU de fecha 12 de agosto de 2009. Artículo Tercero.- HACER de conocimiento a la Asamblea Nacional de Rectores de la presente Resolución para los trámites administrativos correspondientes. Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese. ANGELMIRO MONTOYA MESTANZA Presidente MARCELA JAQUELINY GIL CUEVA Secretaria General 565390-1 ASAMBLEA NACIONAL DE RECTORES Declaran que la Universidad Privada del Norte cumple con lo previsto en la Ley Universitaria respecto a la nueva estructura académica de sus Facultades y Carreras Profesionales COMISIÓN DE COORDINACIÓN INTERUNIVERSITARIA RESOLUCIÓN 1064-2010-ANR Lima, 27 de octubre de 2010 EL PRESIDENTE DE LA ASAMBLEA NACIONAL DE RECTORES VISTOS: El ofi cio Nº 13-2010-UPN-SAC-ACAD, de fecha 14 de septiembre de 2010; el informe Nº 156-2010-DGDAC, de fecha 14 de octubre de 2010; el memorando Nº 928-2010- SE, de fecha 19 de octubre de 2010; y, CONSIDERANDO: Que, en el marco de las atribuciones previstas en el inciso e) del artículo 92º de la Ley Universitaria, Ley Nº 23733, la creación de carreras, programas académicos y de segunda especialidad acordados por una universidad requieren de la coordinación previa e indispensable con la Asamblea Nacional de Rectores; Que, mediante ofi cio de vistos, el Vicerrector Académico de la Universidad Privada del Norte, con sede en la ciudad de Trujillo, comunica que en Sesión de Directorio, de fecha 20 de julio de 2010, se acordó reorganizar la estructura académica de la Universidad Privada del Norte en cuatro facultades: Ingeniería y Arquitectura, Humanidades, Derecho y Ciencias Políticas, y Estudios de la Empresa; expidiendo para tal efecto la Resolución Nº 13-2010-UPN- SAC, de fecha 27 de agosto de 2010; Que, mediante informe Nº 156-2010-DGAC, la Dirección General de Desarrollo Académico y Capacitación comunica su conformidad con la reorganización de la estructura académica de la mencionada universidad y propone expedir la correspondiente resolución; Que, mediante memorando Nº 928-2010-SE, el Secretario Ejecutivo de la Asamblea Nacional de Rectores dispone la elaboración de una resolución que declare que la nueva estructura académica de las facultades y carreras de la Universidad Privada del Norte, cumple con lo previsto en el artículo 92, inciso e) de la Ley Universitaria, Ley Nº 23733; Estando a lo autorizado por la Alta Dirección; y De conformidad con lo dispuesto en la Ley Universitaria, Ley Nº 23733, y en uso de las atribuciones conferidas al Presidente de la Asamblea Nacional de Rectores en virtud del Reglamento General de la Comisión de Coordinación Interuniversitaria; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Declarar que la Universidad Privada del Norte, con sede en la ciudad de Trujillo, cumple con lo previsto en el inciso e) del artículo 92º de la Ley Universitaria, Ley Nº 23733, respecto a la nueva estructura académica de sus Facultades y Carreras Profesionales, de acuerdo al siguiente detalle: Facultad de Ingeniería y Arquitectura, conformada por las siguientes carreras profesionales: • Arquitectura • Ingeniería de Sistemas • Ingeniería Industrial • Ingeniería Civil • Arquitectura y Diseño de Interiores • Ingeniería Mecatrónica • Ingeniería Empresarial • Ingeniería de Minas Facultad de Humanidades, conformada por las siguientes carreras profesionales: • Ciencias de la Comunicación • Psicología Facultad de Derecho y Ciencias Políticas, conformada por la carrera profesional de: • Derecho y Ciencias Políticas Facultad de Estudios de la Empresa, conformada por las siguientes carreras profesionales: • Administración • Administración y Negocios Internacionales • Administración y Servicios Turísticos • Administración y Marketing • Contabilidad y Finanzas Artículo 2º.- Publicar la presente Resolución en la página web de la Institución y en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese y comuníquese. ELIO IVÁN RODRÍGUEZ CHÁVEZ Rector de la Universidad Ricardo Palma y Presidente de la Asamblea Nacional de Rectores RAÚL MARTÍN VIDAL CORONADO Secretario General de la Asamblea Nacional de Rectores 565393-1