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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 12 de noviembre de 2010 429024 Punta Hermosa, Punta Negra, San Bartolo, Santa María del Mar y Pucusana. Por Resolución Administrativa N° 334-2010-CE-PJ., de fecha 06 de octubre de 2010, publicada en el Diario Ofi cial “El Peruano” el 07 de octubre de 2010, se ha dispuesto el funcionamiento de la Corte Superior de Justicia de Lima Sur, a partir del 13 de octubre del 2010; asimismo, se ha facultado a la Presidencia de esta Corte a que adopte las acciones y medidas administrativas que sean necesarias para el adecuado cumplimiento de la implementación de la Corte Superior de Justicia de Lima Sur, además de las medidas que debe tomarse en relación con la distribución de la carga procesal de los órganos jurisdiccionales que correspondan a esta jurisdicción, dándose cuenta al Consejo Ejecutivo del Poder Judicial. Por Resolución Administrativa Nº 143-2010-CE-PJ de fecha 21 de abril de 2010, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial otorgó facultades a las Cortes Superiores de Justicia del País, para que mediante su Consejo Ejecutivo Distrital o Sala Plena ante su inexistencia, pueda disponer las acciones que resulten necesarias para proceder a la especialización de los Juzgados de Paz Letrados bajo su jurisdicción, ponderando las necesidades de servicio en cada caso y cuando la carga procesal por especialidad lo justifi que. Asimismo, por Resolución Administrativa Nº 002-2010- P-CSJLIMASUR/PJ, de fecha 13 de Octubre de 2010, se dispuso la realización de un inventario físico de todos los expedientes que se encuentren a cargo de las Salas y Juzgados de la Corte Superior de Justicia de Lima Sur, con la fi nalidad de conocer la real carga procesal con la que cuentan los órganos jurisdiccionales y realizar una mejor distribución de la misma. En tal sentido, luego de efectuado el análisis y estudio correspondiente del inventario físico de expedientes realizado por esta Corte así como el informe consolidado por cada Juzgado de dicho inventario - elaborado por la responsable del Área de Sistemas e Informática -, la Sala Plena de la Corte Superior de Justicia de Lima Sur ha verifi cado que la carga procesal de los Jueces de Paz Letrados de este Distrito Judicial es notoriamente desigual quienes además conocen diversas especialidades, entre ellas civil, laboral, familia y penal, lo que difi culta las labores y genera mayor carga procesal; se ha señalado, que por el contrario, con la especialización al ser uniformes los procedimientos, en razón de que la competencia del Juez se circunscribe a una sola materia, la justicia es más efi ciente y los casos avanzan más rápido. Por lo que, el órgano de gobierno de la Corte Superior de Justicia de Lima Sur señaló que era necesario tomar medidas administrativas urgentes con la fi nalidad de especializar a los Juzgados de Paz Letrados del Distrito Judicial de Lima Sur, lo que permitirá brindar un mejor y especial servicio de justicia; en ese sentido, en aplicación de la facultad conferida en la Resolución Administrativa Nº 143-2010-CE-PJ., y lo previsto en el artículo 55 de la Ley Orgánica del Poder Judicial; y, teniendo en cuenta el informe alcanzado por el Área de Sistemas e Informática de esta Corte Superior de Justicia, acordó, por unanimidad, especializar los Juzgados de Paz Letrados del Distrito de Judicial de Lima Sur de la siguiente forma: El Distrito de Villa El Salvador cuenta con 4 Juzgados de Paz Letrados, por lo que, se determinó las siguientes especialidades: - 1° Juzgado de Paz Letrado: En Juzgado de Paz Letrado de Familia. - 2° Juzgado de Paz Letrado: En Juzgado de Paz Letrado Penal. - 3° Juzgado de Paz Letrado: En Primer Juzgado de Paz Letrado Civil-Laboral. - 4° Juzgado de Paz Letrado: En Segundo Juzgado de Paz Letrado Civil- Laboral. El Distrito de Villa María del Triunfo tiene 4 Juzgados de Paz Letrados, por lo que, se determinó las siguientes especialidades: - 1° Juzgado de Paz Letrado: En Primer Juzgado de Paz Letrado Civil-Laboral. - 2° Juzgado de Paz Letrado: En Segundo Juzgado de Paz Letrado Civil-Laboral. - 3° Juzgado de Paz Letrado: En Juzgado de Paz Letrado Penal. - 4° Juzgado de Paz Letrado: En Juzgado de Paz Letrado de Familia. El Distrito de San Juan de Mirafl ores tiene 5 Juzgados de Paz Letrados, por lo que, se determinó las siguientes especialidades: - 1° Juzgado de Paz Letrado: En Primer Juzgado de Paz Letrado de Familia. - 2° Juzgado de Paz Letrado: En Segundo Juzgado de Paz Letrado de Familia. - 3° Juzgado de Paz Letrado: En Primer Juzgado de Paz Letrado Civil-Laboral. - 4° Juzgado de Paz Letrado: En Segundo Juzgado de Paz Letrado Civil-Laboral. - 5° Juzgado de Paz Letrado: En Juzgado de Paz Letrado Penal Turno “A”. En Juzgado de Paz Letrado Penal Turno “B” En consecuencia, se dispuso que a partir del 18 de noviembre de 2010, todos los Juzgados de Paz Letrados antes indicados del Distrito Judicial de Lima Sur sólo conocerán las materias que se les ha asignado; asimismo, se dispuso la redistribución de los procesos en razón de las especialidades establecidas, para lo cual los juzgados especializados deberán remitir los procesos que no son de su competencia a los que correspondan; en el caso de que en un Distrito existan dos Juzgados con la misma especialidad la distribución de los procesos será en forma equitativa, de tal manera que ambos órganos jurisdiccionales empiecen con cargas similares. Hoy más que nunca la sociedad nos exige mayor celeridad y efi cacia en el cumplimiento de los plazos procesales; creación de mecanismos que permitan un mayor acceso al servicio de justicia; mayor honestidad, imparcialidad y transparencia en la conducción de los procesos y en la emisión de los fallos, y mayor uniformidad de criterios en casos similares; en ese sentido, estando a que el Presidente de la Corte Superior de Justicia, es la máxima autoridad administrativa en el Distrito Judicial a su cargo y dirige la política interna con el objeto de brindar un efi ciente servicio de administración de justicia en pro de los justiciables, quien además ejecuta y actúa de acuerdo con las políticas de su órgano de gobierno. Por tanto, en uso de las facultades conferidas al suscrito por el artículo 90 incisos 3), 4) y 9) de la Ley Orgánica del Poder Judicial y en cumplimiento del Acuerdo de Sala Plena de fecha 11 de noviembre de 2010; SE RESUELVE: Artículo Primero.- ESTABLECER la Especialización de los Juzgados de Paz Letrados de la Corte Superior de Justicia de Lima Sur en la forma que se detalla, dándose cuenta al Consejo Ejecutivo del Poder Judicial: En el Distrito de Villa El Salvador: - 1° Juzgado de Paz Letrado: En Juzgado de Paz Letrado de Familia. - 2° Juzgado de Paz Letrado: En Juzgado de Paz Letrado Penal. - 3° Juzgado de Paz Letrado: En Primer Juzgado de Paz Letrado Civil-Laboral. - 4° Juzgado de Paz Letrado: En Segundo Juzgado de Paz Letrado Civil- Laboral. En el Distrito de Villa María del Triunfo. - 1° Juzgado de Paz Letrado: En Primer Juzgado de Paz Letrado Civil-Laboral. - 2° Juzgado de Paz Letrado: En Segundo Juzgado de Paz Letrado Civil-Laboral. - 3° Juzgado de Paz Letrado: En Juzgado de Paz Letrado Penal. - 4° Juzgado de Paz Letrado: En Juzgado de Paz Letrado de Familia. En el Distrito de San Juan de Mirafl ores. - 1° Juzgado de Paz Letrado: En Primer Juzgado de Paz Letrado de Familia. - 2° Juzgado de Paz Letrado: En Segundo Juzgado de Paz Letrado de Familia.