Norma Legal Oficial del día 14 de octubre del año 2010 (14/10/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 23

El Peruano MORDAZA, jueves 14 de octubre de 2010

NORMAS LEGALES

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por Decreto Supremo Nº 038-2006-MTC, la titular adoptara las medidas necesarias para garantizar que las radiaciones que emita la estacion de radiodifusion que se autoriza no excedan los valores establecidos como limites maximos permisibles en el acotado Decreto Supremo. Articulo 4º.- Remitir MORDAZA de la presente resolucion a la Direccion General de Control y Supervision de Comunicaciones para las acciones que corresponda, de acuerdo a su competencia. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Viceministro de Comunicaciones 554631-1

Disponen mantener la situacion de hecho o de derecho respecto del MORDAZA 14 de la banda UHF de la localidad de MORDAZA
RESOLUCION VICEMINISTERIAL Nº 689-2010-MTC/03 MORDAZA, 15 de setiembre de 2010 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Viceministerial Nº 7072008-MTC/03 del 17 de noviembre de 2008, notificada el 24 de noviembre de 2008, se otorgo, de conformidad con lo ordenado en la Resolucion Nº 56 de fecha 25 de MORDAZA de 2008, expedida por la MORDAZA Sala Civil de MORDAZA, autorizacion a MORDAZA MARITZA MORDAZA MORDAZA, por el plazo de diez (10) anos, para prestar el servicio de radiodifusion por television comercial en el MORDAZA 43 de la banda UHF, en la localidad de MORDAZA, departamento de Lima; Que, en tanto la autorizacion senalada se otorgo en cumplimiento del mandato judicial contenido en la sentencia expedida en el tramite del MORDAZA iniciado con Expediente Nº 2007-240-JMW, seguido ante el Juzgado Mixto de Wanchaq, a la fecha de cumplimiento de dicho mandato no obraba en el expediente la documentacion tecnica correspondiente al perfil del proyecto tecnico y demas necesarios para la aprobacion de las caracteristicas tecnicas respectivas, por lo que se resolvio que las mismas serian aprobadas posteriormente, limitandose a aprobar las condiciones esenciales de la misma, basicamente la modalidad y MORDAZA de operacion y la finalidad del servicio; Que, mediante Resolucion Viceministerial Nº 5612009-MTC/03 del 10 de noviembre de 2009, notificada el 16 de noviembre de 2009, se aprobo las caracteristicas tecnicas de la autorizacion otorgada a MORDAZA MARITZA MORDAZA MORDAZA mediante Resolucion Viceministerial Nº 707-2008-MTC/03, para prestar el servicio de radiodifusion por television comercial en el MORDAZA 43 de la banda UHF, en la localidad de MORDAZA, departamento de Lima; Que, mediante Memorando Nº 3943-2010-MTC/07, el Procurador Publico del Ministerio de Transportes y Comunicaciones comunico que ha sido notificado con la Resolucion Nº 10 del 13 de agosto de 2010, mediante la cual el Juez del MORDAZA Juzgado Mixto de Wanchaq dispone que para dar tramite al escrito de apelacion presentado por el Procurador Publico, primero se cumpla con presentar la resolucion administrativa que se MORDAZA emitido en merito de la Resolucion Nº 01 del 26 de agosto de 2009, por la que se admitio la medida cautelar de no innovar solicitada por MORDAZA MARITZA MORDAZA MORDAZA, bajo apercibimiento de rechazarse el recurso de apelacion; Que, de igual modo, con el memorando citado se comunica la notificacion de la Resolucion Nº 174 del 13 de agosto de 2010, mediante la cual el Juez del MORDAZA Juzgado Mixto de Wanchaq ordena al Ministerio de Transportes y Comunicaciones otorgar a MORDAZA MARITZA MORDAZA MORDAZA el MORDAZA 14 de la banda UHF en la localidad de MORDAZA, en sustitucion del MORDAZA 43 de la misma banda;

Que, mediante Memorando Nº 4015-2010-MTC/07 del 14 de setiembre de 2010, el Procurador Publico del Ministerio confirmo que debe atenderse el mandato judicial cautelar conforme a lo senalado en las Resoluciones Nºs. 01 del 26 de agosto de 2009 y 10 del 13 de agosto de 2010, en sus propios terminos, emitiendo la resolucion administrativa correspondiente a fin de informar al juzgado oportunamente; Que, asimismo, con relacion a la Resolucion Nº 174 del 13 de agosto de 2010, mediante la cual el Juez del MORDAZA Juzgado Mixto de Wanchaq ordena al Ministerio de Transportes y Comunicaciones otorgar a MORDAZA MARITZA MORDAZA MORDAZA el MORDAZA 14 de la banda UHF en la localidad de MORDAZA, en sustitucion del MORDAZA 43 de la misma banda, con dicho memorando se comunico que esta ha sido apelada en el plazo de ley y ha sido concedida con efecto suspensivo, por lo que dicha situacion se definira en MORDAZA instancia judicial; Que, el numeral 2) del articulo 139º de la Constitucion Politica del Peru establece que ninguna autoridad puede avocarse a causas pendientes ante el organo jurisdiccional, interferir en el ejercicio de sus funciones, dejar sin efecto lo ordenado por dicho organo ni retardar la ejecucion de sus decisiones; Que, el articulo 4º del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial, aprobado por Decreto Supremo Nº 017-93-JUS, referido al caracter vinculante de las decisiones judiciales y principios de la administracion de justicia, dispone que "toda persona y autoridad esta obligada a acatar y dar cumplimiento a las decisiones judiciales o de indole administrativa, emanadas de autoridad judicial competente, en sus propios terminos, sin poder calificar su contenido o sus fundamentos, restringir sus efectos o interpretar sus alcances, bajo la responsabilidad civil, penal o administrativa que la ley senala. (...). No se puede dejar sin efecto resoluciones judiciales con autoridad de cosa juzgada, ni modificar su contenido, ni retardar su ejecucion, ni cortar procedimientos en tramite, bajo la responsabilidad politica, administrativa, civil y penal que la ley determine en cada caso"; Que, es oportuno senalar que mediante Informes Nºs. 2744 y 3672-2009-MTC/28 se ha expuesto que es tecnicamente inviable la asignacion y/u operacion del MORDAZA 14 de la banda UHF para la prestacion del servicio de radiodifusion por television en la localidad de MORDAZA, del departamento de MORDAZA, las mismas que, ademas, contradicen el MORDAZA normativo vigente de los servicios de radiodifusion, en el que destacan la Ley de Radio y Television - Ley Nº 28278, el Reglamento de la Ley de Radio y Television, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC, el Plan Maestro para la Implementacion de la Television Digital Terrestre en el Peru, aprobado por Decreto Supremo Nº 017-2010MTC, el Plan Nacional de Atribucion de Frecuencias (PNAF), aprobado por Resolucion Ministerial Nº 1872005-MTC/03, las Normas Tecnicas del Servicio de Radiodifusion, aprobadas por Resolucion Ministerial Nº 358-2003-MTC/03, el Plan de Canalizacion y Asignacion de Frecuencias del servicio de radiodifusion por television en la banda UHF en la localidad de MORDAZA, del departamento de MORDAZA, aprobada por Resolucion Viceministerial Nº 182-2004-MTC, asi como las modificatorias de las normas acotadas; Que, sin perjuicio de ello, se debe cumplir con acatar la medida cautelar expedida por el MORDAZA Juzgado Mixto de Wanchaq, por las razones MORDAZA senaladas; Que, el numeral 60.1 del articulo 60º de la Ley del Procedimiento Administrativo General, Ley Nº 27444, establece que si durante la tramitacion de un procedimiento es advertida la existencia de terceros determinados no comparecientes cuyos derechos o intereses legitimos puedan resultar afectados con la resolucion que sea emitida, dicha tramitacion y lo actuado les deben ser comunicados sin interrumpir el procedimiento; Que, la eventual operacion del MORDAZA 14 de la banda UHF para la prestacion del servicio de radiodifusion por television en la localidad de MORDAZA, del departamento de MORDAZA, ocasionara interferencias a las senales emitidas por la estacion que opera el MORDAZA 15 de la misma banda y localidad, en tanto no cumple con la relacion de proteccion co-canal establecida en las Normas Tecnicas del Servicio de Radiodifusion, en lo referido al servicio de radiodifusion por television en la banda UHF, por lo

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