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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 22 de octubre de 2010 427978 las causas vienen resolviéndose con mayor celeridad; en consecuencia, resulta necesario adecuar a esta realidad los servicios administrativos de apoyo a la labor jurisdiccional en esta materia, siendo uno de ellos, la expedición de Certifi cados de Antecedentes Penales que realiza el Registro Nacional Judicial; Quinto: Con la fi nalidad de atender en forma oportuna e inmediata los requerimientos de información de antecedentes penales por parte de los órganos jurisdiccionales especializados en materia penal y mixtos, resulta necesario establecer normas y procedimientos que faciliten al magistrado solicitar y obtener los Certifi cados de Antecedentes Penales de Uso Jurisdiccional directamente y desde su despacho; Sexto: Que, a fi n de brindar este servicio, se ha desarrollado el aplicativo informático denominado “Modulo de Solicitudes de Información de Antecedentes Penales para magistrados” (MSIAP-Magistrados), el cual permitirá a los magistrados generar sus propias solicitudes de Certifi cados de Antecedentes Penales de Uso Jurisdiccional desde su propio computador y obtener respuesta inmediata; el referido aplicativo por su implicancia en los procedimientos administrativos como jurisdiccionales, requiere de normas y procedimientos que permitan el acceso a dicho aplicativo informático, en los cuales se establezcan las políticas de uso, seguridad y responsabilidad para la expedición de tales documentos con las excepciones del caso, de acuerdo con la posibilidad o no de su implementación a nivel nacional; Sétimo: Que, la implementación del mencionado proyecto informático a través de la propuesta de directiva elaborada por la Gerencia General del Poder Judicial permitirá adecuar el servicio judicial de expedición de Certifi cados de Antecedentes Penales con la puesta en funcionamiento del nuevo Código Procesal Penal, además de coadyuvar a los magistrados para resolver los procesos a su cargo; por lo que resulta conveniente aprobar la directiva propuesta; Por tales fundamentos, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, en uso de sus atribuciones, en sesión ordinaria de la fecha, por unanimidad, RESUELVE: Artículo Primero.- Aprobar la Directiva Nº 007-2010- CE-PJ “Normas y Procedimientos para la expedición de Certifi cados de Antecedentes Penales de Uso Jurisdiccional a través del Módulo de Solicitudes de Información de Antecedentes Penales para Magistrados (MSIAP-Magistrados)” que consta de (07) artículos, (03) Disposiciones Finales y Transitorias; que en anexo adjunto forma parte integrante de la presente resolución. Artículo Segundo.- Disponer que en las Cortes Superiores de Justicia de la República se implemente el “Módulo de Solicitudes de Información de Antecedentes Penales para Magistrados (MSIAP-Magistrados)”, en coordinación con las Ofi cinas de Administración de dichas sedes judiciales. Artículo Tercero.- Disponer que todos los órganos jurisdiccionales especializados en materia penal y mixtos que requieran Certifi cados de Antecedentes Penales, cumplan estrictamente las disposiciones contenidos en la mencionada directiva. Artículo Cuarto.- Disponer que los órganos jurisdiccionales citados en el artículo anterior, que cuenten con acceso al módulo de solicitudes, lo utilicen obligatoriamente para formular sus requerimientos de Certifi cados de Antecedentes Penales de Uso Jurisdiccionales; aquellos que aún no cuenten con este servicio, seguirán solicitando dicha información al Registro Distrital Judicial de su jurisdicción, utilizando para tal fi n, el formato “Solicitud de Antecedentes Penales de Uso Jurisdiccional que se anexa a la presente resolución. Artículo Quinto.- Disponer que el Certifi cado de Antecedentes Penales de Uso Jurisdiccional, emitido a través del Módulo de Solicitudes de Información de Antecedentes Penales para Magistrados (MSIAP-Magistrados), tenga valor ofi cial y sea de uso exclusivo para los magistrados en los procesos que estén a su cargo. Artículo Sexto.- Encargar a las Gerencias de Informática y de Servicios Judiciales y Recaudación de la Gerencia General del Poder Judicial la implementación, difusión del contenido y alcances de esta resolución respectivamente. Artículo Sétimo.- Transcríbase la presente resolución a la Presidencia del Poder Judicial, Ofi cina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Cortes Superiores de Justicia de la República y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fi nes consiguientes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. SS. JAVIER VILLA STEIN ROBINSON O. GONZALES CAMPOS JORGE ALFREDO SOLIS ESPINOZA FLAMINIO VIGO SALDAÑA DARIO PALACIOS DEXTRE Nota.: La Directiva Nº 007-2010-CE-PJ “Normas y Procedimientos para la expedición de Certifi cados de Antecedentes Penales de Uso Jurisdiccional a través del Módulo de Solicitudes de Información de Antecedentes Penales para Magistrados (MSIAP-Magistrados)”, está publicada en el Portal de Internet del Poder Judicial, www.pj.gob.pe. 558649-1 Autorizan a la Corte Superior de Justicia de Tacna a establecer nuevo horario de trabajo en el ámbito de su circunscripción RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 324-2010-CE-PJ Lima, 22 de setiembre de 2010 VISTO: El Ofi cio Nº 5285-2009-P-CSJT/PJ, cursado por el Presidente de la Corte Superior de Justicia de Tacna; y, CONSIDERANDO: Primero: Que, el Presidente de la Corte Superior de Justicia de Tacna eleva a este Órgano de Gobierno el acuerdo adoptado en sesión de Sala Plena de fecha 25 de noviembre del año próximo pasado, respecto a la ratifi cación del pedido formulado por los trabajadores del citado Distrito Judicial sobre modifi cación del horario de trabajo, en el sentido de adicionar quince minutos más al tiempo de refrigerio, motivo por el cual la jornada laboral sería desde las 8:00 hasta las 17:00 horas, contando con un tiempo de refrigerio de una hora comprendido desde las 13:30 a 14:30 horas; Segundo: Que, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de acuerdo a las atribuciones establecidas en el artículo 82º, inciso 26, del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, expidió la Resolución Administrativa Nº 072-2002-CE-PJ, su fecha 05 de junio de 2002, aprobando la Directiva que regula la jornada laboral en las Cortes Superiores de Justicia del país, estableciendo el marco normativo para que dichas Cortes Superiores de acuerdo a su realidad geográfi ca, usos y costumbres, adopten las decisiones pertinentes respecto a la jornada laboral en el ámbito de su competencia; disponiéndose asimismo, que se respete estrictamente lo prescrito en el artículo 25º de la Constitución Política del Estado, en cuanto a que la jornada