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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE OCTUBRE DEL AÑO 2010 (24/10/2010)

CANTIDAD DE PAGINAS: 44

TEXTO PAGINA: 32

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 24 de octubre de 2010 428102 Autónomos. De igual manera, sostiene que en el caso de los Organismos Constitucionalmente Autónomos, la excepción es autorizada por resolución del titular de la Entidad; Que, el inciso 7.2) de la Directiva Nº 003-2009-DP/OAF, aprobada mediante Resolución Jefatural Nº 097-2009-DP/ OAF, que regula los procedimientos para el requerimiento, autorización, pago y rendición de cuentas por comisiones de servicio, establece que la Comisión de Servicio consiste en la acción de desplazamiento temporal, fuera de la localidad o de la sede habitual donde presta sus servicios; Que, en consecuencia, habiéndose cumplido con el procedimiento exigido por la normatividad y siendo de interés institucional que la Defensora del Pueblo participe en el XV Congreso y Asamblea Anual de la Federación Iberoamericana del Ombudsman (FIO) y Reunión de la Red de Defensorías de Mujeres de la FIO y las otras actividades ya señaladas, es procedente que asista a dichos eventos en su calidad de Presidenta de la Federación Iberoamericana del Ombudsman (FIO), a llevarse a cabo en Colombia; Que, asimismo, a efectos de asegurar la continuidad de la gestión institucional, es necesario encargar la atención del Despacho de la Defensora del Pueblo al abogado Eduardo Ernesto Vega Luna, Primer Adjunto, del 25 de octubre al 1° de noviembre del 2010 inclusive, y en tanto dure la ausencia de la Titular de la Entidad, conforme a lo establecido por el artículo 8º de la Ley Nº 26520, Ley Orgánica de la Defensoría del Pueblo; Con los visados de la Primera Adjuntía, de la Secretaría General y de las ofi cinas de Administración y Finanzas, de Gestión de Recursos Humanos y de Asesoría Jurídica; En uso de las atribuciones y facultades conferidas por la Ley Nº 26520, Ley Orgánica de la Defensoría del Pueblo; y de conformidad con lo establecido en los literales d) y p) del artículo 8º del Reglamento de Organización y Funciones de la Defensoría del Pueblo, aprobado mediante Resolución Defensorial Nº 029-2008/DP y modifi cado mediante Resolución Defensorial Nº 019-2009/DP; así como lo dispuesto por los artículos 2º y 3º de la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y los artículos 2º y 4º de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; por lo establecido en el inciso 10.1) del artículo 10º de la Ley Nº 29465, Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2010; y de acuerdo con el inciso 7.2) de la Directiva Nº 003-2009-DP/OAF, que regula los procedimientos para el requerimiento, autorización, pago y rendición de cuentas por comisiones de servicio, aprobada mediante Resolución Jefatural Nº 097-2009-DP/OAF; SE RESUELVE: Artículo Primero.- ENCARGAR la atención del Despacho de la Defensora del Pueblo al abogado Eduardo Ernesto VEGA LUNA, Primer Adjunto, del 25 de octubre al 1° de noviembre del 2010 inclusive, y en tanto dure la ausencia de la Titular de la Entidad. Artículo Segundo.- Los gastos que irrogue el viaje en comisión de servicios de la Defensora del Pueblo, por el período comprendido del 25 de octubre al 1° de noviembre del 2010, a fi n de participar en las actividades mencionadas en la parte considerativa de la presente resolución, que se llevarán a cabo en Colombia, se efectuarán con cargo a la fuente de fi nanciamiento Donaciones y Transferencias – Canasta de Fondos, según el detalle siguiente: - Impuesto aeroportuario : US$ 31.00 - Viáticos : US$ 1,200.00 ------------ TOTAL : US$ 1,231.00 Artículo Tercero.- Los gastos correspondientes a los pasajes internacionales del viaje en comisión de servicios que realizará la Defensora del Pueblo no irrogarán gastos al presupuesto institucional. Artículo Cuarto.- La presente Resolución no libera ni exonera de impuestos o de derechos, cualquiera sea su clase o denominación. Artículo Quinto.- DISPONER la publicación de la presente Resolución en el Diario Ofi cial El Peruano y en el Portal Institucional de la Defensoría del Pueblo (www. defensoria.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. BEATRIZ MERINO LUCERO Defensora del Pueblo 559245-1 Autorizan viaje de funcionaria y profesionales de la Defensoría del Pueblo para participar en el XV Congreso y Asamblea Anual de la Federación Iberoamericana del Ombudsman (FIO), a realizarse en Colombia RESOLUCIÓN DEFENSORIAL Nº 0022-2010/DP Lima, 22 de octubre del 2010 VISTOS: El Memorando Nº 607-2010-DP/OAF que adjunta la Solicitud de Viáticos para Comisión de Servicio Nº 019-2010- DP/PAD (Comisión al Exterior) Anexo 02, los memorandos Nº 814-2010-DP/OPPRE, Nº 411-2010-DP/PAD y Nº 90- 2010-DP/ADM, así como la invitación del Secretario Técnico de la Federación Iberoamericana del Ombudsman (FIO), mediante el que se solicita la emisión de la resolución que autorice el viaje en comisión de servicios de la abogada Luisa Nelly Eugenia Fernán-Zegarra de Belaúnde, Adjunta para los Derechos de la Mujer, con Nivel y Categoría D8, a fi n de que participe en la Reunión de la Red de Defensorías de Mujeres de la Federación Iberoamericana del Ombudsman (FIO) que se llevará a cabo en el marco de las actividades programadas con motivo del XV Congreso y Asamblea Anual de la FIO, que se realizará en la ciudad de Cartagena de Indias, Colombia, del 25 al 27 de octubre del 2010; y, CONSIDERANDO: Que, la Defensoría del Pueblo se encuentra encargada de la defensa de los derechos constitucionales y fundamentales de la persona y de la comunidad; así como la supervisión del cumplimiento de los deberes de la administración estatal y de la prestación de los servicios públicos, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 162º de la Constitución Política del Perú y la Ley Nº 26520, Ley Orgánica de la Defensoría del Pueblo; Que, según los documentos de vistos, se comunica que la abogada Luisa Nelly Eugenia Fernán-Zegarra de Belaúnde, Adjunta para los Derechos de la Mujer de la Defensoría del Pueblo, con Nivel y Categoría D8, ha recibido una invitación del Secretario Técnico de la Federación Iberoamericana del Ombudsman (FIO), a fi n de que participe en la Reunión de la Red de Defensorías de Mujeres de la FIO que se llevará a cabo en el marco de las actividades programadas con motivo del XV Congreso y Asamblea Anual de la FIO, a realizarse en la ciudad de Cartagena de Indias, Colombia, del 25 al 27 de octubre del 2010; Que, es relevante la participación de la abogada Luisa Nelly Eugenia Fernán-Zegarra de Belaúnde en la Reunión de la Red de Defensorías de Mujeres de la Federación Iberoamericana del Ombudsman (FIO) que se llevará a cabo en el marco de las actividades programadas con motivo del XV Congreso y Asamblea Anual de la FIO; en la medida en que su participación como miembro titular de dicha Red le permitirá realizar valiosos aportes para la elaboración de la declaración de la Red de Mujeres de la Federación Iberoamericana del Ombdusman (FIO), debido a que dicho evento será un espacio de refl exión y propuesta con miras a una mayor y mejor difusión de los mecanismos existentes para la protección y defensa de los derechos de la mujer por parte de la Defensoría del Pueblo; Que, conforme a los documentos de vistos, se infi ere que el viaje de la abogada Luisa Nelly Eugenia Fernán-Zegarra de Belaúnde implicará gastos al presupuesto institucional, correspondiendo que la institución fi nancie los gastos de los impuestos aeroportuarios y viáticos, de acuerdo a lo señalado en el Memorando Nº 607-2010-DP/OAF, mientras que los pasajes internacionales no irrogarán gastos al presupuesto institucional; Que, los artículos 2º y 3º de la Ley Nº 27169, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores, funcionarios públicos y representantes del Estado que irroguen gastos al tesoro público, y los artículos 2º y 4º de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 047- 2002-PCM, establecen que las resoluciones que autoricen los viajes deberán sustentarse en el interés nacional o institucional; e indicar expresamente el motivo del viaje, el número de días de duración del viaje, el monto de los gastos del desplazamiento, viáticos y tarifa CORPAC. Asimismo, dispone la obligación de publicar la referida resolución en el Diario Ofi cial El Peruano, con anterioridad al viaje;