Norma Legal Oficial del día 30 de octubre del año 2010 (30/10/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 61

El Peruano MORDAZA, sabado 30 de octubre de 2010 Subestaciones Base Toquepala Aricota Aricota Tacna (Los Heroes) Tacna (Los Heroes) Tension kV 138 138 66 220 66 PPN S/./kW-mes 15,29 15,29 15,29 15,29 15,29 PENP ctm. S/./kW.h 12,96 12,86 12,82 12,93 13,00

NORMAS LEGALES
PENF ctm. S/./kW.h 10,03 10,00 9,99 9,96 9,98

428445
: Precio a Nivel Generacion de la Potencia de Punta, por determinar.

PPN1

Notas: (1) S.E.B. Lima: Constituida por las Subestaciones Base MORDAZA 220 kV, MORDAZA MORDAZA 220 kV, San MORDAZA 220 kV. (2) S.E.B. Cusco: Constituida por las Subestaciones Base Dolorespata 138 kV y Quencoro 138 kV. (3) S.E.B. Arequipa: Constituida por las Subestaciones Base Socabaya 138 kV y Chilina 138 kV. B) PRECIOS A NIVEL GENERACION EN SUBESTACIONES DE CENTRALES GENERADORAS El Precio a Nivel Generacion de la Energia en una Subestacion de Central Generadora, cuyo flujo preponderante de energia es hacia otra subestacion con Precio a Nivel Generacion definido, se determinara del cociente resultante de dividir el Precio a Nivel Generacion de la Energia de la Subestacion con Precio a Nivel Generacion definido entre el correspondiente Factor Nodal de Energia (FNE). El Precio a Nivel Generacion de la Potencia en una Subestacion de Central Generadora, se determinara dividiendo el Precio a Nivel Generacion de la Potencia de la Subestacion con Precio a Nivel Generacion definido entre el Factor de Perdidas de Potencia (FPP). En el caso de subestaciones en que el flujo preponderante de energia aporte a otra subestacion con Precios a Nivel Generacion definidos, se le aplicara el mismo procedimiento. Se define: PENP1 PENF1 PPN1 Donde: PENP0 PENF0 PPN0 PENP1 PENF1 PPN1 : Precio a Nivel Generacion de la Energia en Horas de Punta, definido. : Precio a Nivel Generacion de la Energia en Horas Fuera de Punta, definido. : Precio a Nivel Generacion de la Potencia de Punta, definido. : Precio a Nivel Generacion de la Energia en Horas de Punta, por determinar. : Precio a Nivel Generacion de la Energia en Horas Fuera de Punta, por determinar. : Precio a Nivel Generacion de la Potencia de Punta, por determinar. = PENP0 / FNE = PENF0 / FNE = PPN0 / FPP (1) (2) (3)

En los casos en que se hace referencia a factores nodales o factores de perdidas, debe entenderse que estos corresponden a los aprobados mediante la Resolucion OSINERGMIN Nº 184-2009-OS/CD, en sus modificatorias o las que las sustituyan. Articulo 3º.- Fijese las Formulas de Reajuste de los Precios a Nivel Generacion a que se refiere el Articulo 2º de la presente Resolucion, segun lo siguiente:
PENP PENF PPN FA VPB VPL = PENP0 * FA = PENF0 * FA = PPN0 * FA = 0,18*VPB + 0,82*VPL = (PPM/(7,2*0,8) + 0,2*PEMP + 0,8*PEMF)/11,26 = (PPL/(7,2*0,8) + 0,2*PELP + 0,8*PELF)/12,20

Donde: FA PENP0 PENF0 PPN0 PENP = Factor de actualizacion de precios. Sera redondeado a cuatro digitos decimales. = Precio a Nivel Generacion de la Energia en Horas de Punta publicado en la presente resolucion. = Precio a Nivel Generacion de la Energia en Horas Fuera de Punta publicado en la presente resolucion. = Precio de Potencia a Nivel Generacion publicado en la presente resolucion. = Precio a Nivel Generacion de la Energia en Horas de Punta actualizado, expresado en centimos de S/./kW.h y redondeado a dos cifras decimales. = Precio de la Energia a Nivel Generacion en Horas Fuera de Punta actualizado, expresado en centimos de S/./kW.h y redondeado a dos cifras decimales. = Precio de Potencia a Nivel Generacion actualizado, expresado en S/./kW y redondeado a dos cifras decimales. = Precio de la Potencia de Punta a Nivel Generacion en la Subestacion Base MORDAZA, expresado en S/./kW, obtenido de acuerdo con lo establecido en la Resolucion OSINERGMIN Nº 079-2010-OS/CD. = Precio de la Energia a Nivel Generacion en Horas de Punta en la Subestacion Base MORDAZA, expresado en centimos de S/./kW.h, obtenido de acuerdo con lo establecido en la Resolucion OSINERGMIN Nº 079-2010OS/CD. = Precio de la Energia a Nivel Generacion en Horas Fuera de Punta en la Subestacion Base MORDAZA, expresado en centimos de S/./kW.h, obtenido de acuerdo con lo establecido en la Resolucion OSINERGMIN Nº 079-2010-OS/CD. = Precio promedio ponderado de la Potencia de Punta en la Subestacion Base MORDAZA, expresado en S/./kW, obtenido a partir de los contratos firmados via licitaciones. = Precio promedio ponderado de la Energia a Nivel Generacion en Horas de Punta en la Subestacion Base MORDAZA, expresado en centimos de S/./kW.h, obtenido a partir de los contratos firmados via licitaciones. = Precio promedio ponderado de la Energia a Nivel Generacion en Horas Fuera de Punta en la Subestacion Base MORDAZA, expresado en centimos de S/./kW.h, obtenido a partir de los contratos firmados via licitaciones.

PENF

PPN PPM

PEMP

PEMF

2.2 PRECIOS A NIVEL GENERACION EN SUBESTACIONES DIFERENTES A LAS SENALADAS EN EL NUMERAL 2.1. Los Precios a Nivel Generacion de la Energia (en Horas de Punta y Fuera de Punta) seran el resultado de multiplicar los Precios a Nivel Generacion de la energia en una Subestacion de Referencia por el respectivo Factor Nodal de Energia (FNE). Los Precios a Nivel Generacion de la Potencia seran el resultado de multiplicar los Precios a Nivel Generacion de la Potencia de Punta en la Subestacion de Referencia por el respectivo Factor de Perdidas de Potencia (FPP). Se define: PENP1 PENF1 PPN1 Donde: PENP0 PENF0 PPN0 PENP1 PENF1 : Precio a Nivel Generacion de la Energia en Horas de Punta, definido. : Precio a Nivel Generacion de la Energia en Horas Fuera de Punta, definido. : Precio a Nivel Generacion de la Potencia de Punta, definido. : Precio a Nivel Generacion de la Energia en Horas de Punta, por determinar. : Precio a Nivel Generacion de la Energia en Horas Fuera de Punta, por determinar. = PENP0 * FNE = PENF0 * FNE = PPN0 * FPP (4) (5) (6) PPL

PELP

PELF

El factor FA se aplicara en caso que este se incremente o disminuya en mas de 1% respecto al valor del mismo empleado en la MORDAZA actualizacion. En estos casos, los nuevos precios entraran en vigencia el MORDAZA dia calendario del mes. Articulo 4º.- Aprobar el Programa Trimestral de Transferencias por Mecanismo de Compensacion correspondiente al periodo noviembre 2010 ­ enero 2011 (en Nuevos Soles), a que se refiere el Articulo 29º de la Ley Nº 28832 y el Articulo 3.3º del Reglamento del Mecanismo de Compensacion entre los Usuarios Regulados del MORDAZA, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 019-2007-EM.

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