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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 03 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2010 (03/09/2010)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 56

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 3 de setiembre de 2010 424966 Artículo 8°.- Difusión Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario Ofi cial El Peruano y en el Portal Institucional (www.servir.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. NURIA ESPARCH FERNÁNDEZ Presidenta Ejecutiva 538199-1 Aprueban Directiva que establece los lineamientos para garantizar la adecuada y oportuna atención de consultas a través de opiniones técnicas RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA Nº 62-2010-SERVIR-PE Lima, 1 de septiembre de 2010 Vistos; el Informe Legal Nº 023-2010-SERVIR/GG- OAJ y el Memorándum Nº 132-2010-SERVIR/GG-OAJ de la Ofi cina de Asesoría Jurídica de la Autoridad Nacional del Servicio Civil; CONSIDERANDO: Que, mediante el artículo 1º del Decreto Legislativo Nº 1023 se creó la Autoridad Nacional del Servicio Civil, (en adelante SERVIR) con el fi n de contribuir a la mejora continua de la administración del Estado a través del fortalecimiento del servicio civil; Que, el artículo 10º del citado Decreto Legislativo, establece como parte de las funciones de SERVIR, el emitir opinión previa a la expedición de normas de alcance nacional relacionados con el ámbito del Sistema y emitir opinión técnica en las materias de su competencia, respectivamente; función que forma parte del Plan de Implementación de la Política Nacional del Servicio Civil que es Política Nacional de Obligatorio Cumplimiento para las entidades del Gobierno Nacional, de acuerdo a lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 086-2010-PCM; Que, el artículo 4º del Reglamento de Organización y Funciones de SERVIR, aprobado por Decreto Supremo Nº 062-2008-PCM, establece que SERVIR, es el ente rector del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos, en adelante el Sistema, que cuenta con autoridad técnico normativa a nivel nacional para lo cual dicta normas y establece procedimientos relacionados al ámbito de su competencia; Que, SERVIR viene implementando progresivamente sus funciones como ente rector del Sistema, con el fi n de contribuir a la mejora continua de la administración del Estado a través del fortalecimiento del servicio civil; Que, el literal k) del artículo 19º, literal e) del artículo 20º, literal h) del artículo 21º y el literal f) del artículo 22º del Reglamento de Organización y Funciones de SERVIR, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 062-2008-PCM, otorga a los órganos de línea facultades para absolver consultas y emitir opinión técnica; Que, el artículo 16º del Reglamento de Organización y Funciones de SERVIR otorga a la Ofi cina de Asesoría Jurídica facultad para prestar asesoramiento jurídico - legal a los órganos de SERVIR; Que, SERVIR es un órgano rector que defi ne, implementa y supervisa las políticas de personal de todo el Estado, por lo tanto no puede entenderse que como parte de sus competencias se encuentra el constituirse en una instancia administrativa o consultiva previa a la adopción de decisiones individuales; Que, en mérito a dichas facultades, SERVIR recibe consultas sobre la aplicación y la normativa del Sistema, sin que existan lineamientos que garanticen la adecuada y oportuna atención de consultas a través de la emisión de opiniones técnicas que absuelvan consultas generales en materia de interpretación del marco normativo correspondiente al Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos; Que, es necesario emitir lineamientos que garanticen la adecuada y oportuna atención de consultas a través de opiniones técnicas, a fi n que dicha atención redunde efectivamente en el ejercicio de las competencias de SERVIR así como en la adecuada difusión y aplicación de la normativa del Sistema; Que, en uso de las atribuciones previstas en los literales a) y d) del artículo 8º del Reglamento de Organización y Funciones de SERVIR, el Consejo Directivo, en su Sesión 04-2010, aprobó la propuesta de Directiva que establece Lineamientos para garantizar la adecuada y oportuna atención de consultas a través de opiniones técnicas, encargando a la Presidencia Ejecutiva formalizar dicho acuerdo con la emisión de la resolución respectiva; De conformidad con los literales o) y p) del artículo 10º del Reglamento de Organización y Funciones de SERVIR; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aprobar la Directiva que establece los lineamientos para garantizar la adecuada y oportuna atención de consultas a través de opiniones técnicas que en Anexo adjunto forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo Segundo.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario Ofi cial El Peruano, así como la publicación de la Directiva en el portal institucional de SERVIR (www.servir.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. NURIA ESPARCH FERNANDEZ Presidenta Ejecutiva 538199-2 Asignan Gerente Público al Gobierno Regional de Apurímac RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA Nº 64-2010-SERVIR-PE Lima, 1 de septiembre de 2010 VISTOS, el Informe Nº 36-2010-SERVIR/GDCGP de la Gerencia de Desarrollo del Cuerpo de Gerentes Públicos, y el Acta de Comité de Gerentes Nº 06-2010 y; CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Legislativo Nº 1024 se crea y regula el Cuerpo de Gerentes Públicos, al que se incorporan profesionales altamente capaces, seleccionados en procesos competitivos y transparentes, para ser destinados a entidades del Gobierno Nacional, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que así lo requieran a la Autoridad Nacional del Servicio Civil; Que, el artículo 12º del Reglamento del Régimen Laboral del Cuerpo de Gerentes Públicos, aprobado por el Decreto Supremo Nº 030-2009-PCM, dispone que los candidatos que se hubieren incorporado al Cuerpo de Gerentes Públicos serán asignados a un cargo de destino siempre que se cuente con vacantes; Que, mediante Ofi cio Nº 548-2010-GRAP/02/PR, el Gobierno Regional de Apurímac solicitó la asignación de un Gerente Público para cubrir el cargo de Sub Gerente de Presupuesto y Planifi cación de la Gerencia Sub Regional Chanka del Gobierno Regional de dicha Entidad, en reemplazo del señor Rubens Pérez Mamani, quien deja el cargo por motivos de salud; Que, de otro lado, el Consejo Directivo en su sesión de fecha 15 de abril de 2010 aprobó la relación de profesionales que fueron incorporados al Cuerpo de Gerentes Públicos, entre los cuales se encuentra el señor William Richard Ascarza Urribari, habiéndose emitido la Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 024-2010- SERVIR-PE de fecha 19 de abril de 2010; Que, en la sesión de fecha 26 de agosto de 2010, el Consejo Directivo aprobó la asignación del Gerente Público William Richard Ascarza Urribari al cargo de Sub Gerente de Presupuesto y Planifi cación de la Gerencia Sub Regional Chanka del Gobierno Regional de