NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 08 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2010 (08/09/2010)
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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 8 de setiembre de 2010 425299 dos (2) representantes designados por el Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social – MIMDES; Que, se encuentran vacantes los cargos de Presidente y miembro del Directorio de la Sociedad de Benefi cencia Pública de Nasca, en representación del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social – MIMDES; Que, por necesidades del servicio, se ha visto por conveniente designar a las personas que se desempañarán en los indicados cargos; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 26918 – Ley de Creación del Sistema Nacional para la Población en Riesgo, la Ley Nº 27594 – Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos, la Ley Nº 27793 – Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social – MIMDES, su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 011-2004-MIMDES, el Decreto Supremo Nº 004-2010-MIMDES y el Decreto Supremo Nº 001- 2009-JUS; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Designar a la señora MARTHA JULIA ATAHUA DE MATIENZO como Presidenta del Directorio de la Sociedad de Beneficencia Pública de Nasca. Artículo 2º.- Designar al señor MILTON LEO RIVEROS TRIVIÑOS como miembro del Directorio de la Sociedad de Benefi cencia Pública de Nasca. Regístrese, comuníquese y publíquese. NIDIA VILCHEZ YUCRA Ministra de la Mujer y Desarrollo Social 540314-1 PRODUCE Declaran improcedente solicitud de renovación de plazo de autorización de instalación de establecimiento industrial pesquero presentado por COPESUR S.A.C. RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 519-2010-PRODUCE/DGEPP Lima, 5 de agosto del 2010 Visto los escritos de registro Nº 00049555-2010 y sus adjuntos de fechas 18 de junio, 19 y 26 de julio de 2010, presentados por la empresa CORPORACION PESQUERA DEL SUR S.A.C. – COPESUR S.A.C. CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Directoral Nº 448-2009- PRODUCE/DGEPP, con fecha de 19 de junio del 2009, se otorgó a la empresa CORPORACION PESQUERA DEL SUR S.A.C. – COPESUR S.A.C. autorización para instalar un establecimiento industrial pesquero para desarrollar la actividad de congelado de productos hidrobiológicos, a ubicarse en los Lotes 23, 24, 25 y 26 de la Manzana “D” de la Zona Auxiliar del parque Industrial de Tacna, distrito de Alto de la Alianza, provincia y departamento de Tacna, con una capacidad proyectada de 26 t/día; Que, con escrito de registro Nº 00049555-2010 de fecha 18 de junio de 2010, CORPORACION PESQUERA DEL SUR S.A.C. – COPESUR S.A.C. solicita la renovación del plazo de autorización de instalación de establecimiento industrial pesquero otorgado mediante Resolución Directoral señalado en el considerando que antecede, por el período de un año adicional; Que, de la evaluación del expediente presentado por la empresa CORPORACION PESQUERA DEL SUR S.A.C. – COPESUR S.A.C., se determina que la administrada de conformidad con requisito 5 del procedimiento 27 del Texto Ùnico de Procedimientos Administrativos aprobado por decreto Supremo Nº 008- 2009-PRODUCE debe alcanzar entre otros pagos, los boletos o tickets de viaje para efectos de la inspección técnica del establecimiento industrial pesquero en etapa de instalación; Que, mediante ofi cios Nºs. 3773 y 4195-2010- PRODUCE/DGEPP-Dch de fechas 02 y 22 de julio del 2010, se ha solicitado a la administrada los boletos o tickets electrónicos de viaje para efectos de la inspección técnica, así como, se ha reprogramado nuevas fechas de inspección; sin embargo a la fecha la administrada no ha cumplido con alcanzar los citados documentos para la fecha concordada: 03 de agosto del año en curso, ni se ha comunicado con la Administración; Estando a lo informado por la Dirección de Consumo Humano de la Dirección General de Extracción y Procesamiento Pesquero, mediante Informe Nº 464-2010- PRODUCE/ DGEPP.Dch, y con la opinión favorable de la Instancia Legal correspondiente; De conformidad con lo establecido en el Decreto Ley Nº 25977-Ley General de Pesca de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE y Decreto Supremo Nº 040-2001-PE; y; En uso de las facultades conferidas por el Artículo 118º del Reglamento de Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE y por el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción aprobado por Decreto Supremo Nº 010- 2006-PRODUCE; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Declarar improcedente la solicitud de renovación del plazo de autorización de instalación de un establecimiento industrial pesquero, presentada por la empresa CORPORACION PESQUERA DEL SUR S.A.C. – COPESUR S.A.C., por la razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Transcríbase la presente Resolución Directoral a la Dirección General de Seguimiento, Control y Vigilancia del Ministerio de la Producción, a la Dirección Regional de la Producción de Tacna y consignarse en el Portal de la Página Web del Ministerio de la Producción: www.produce.gob.pe. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSE ALFONSO DE LA TORRE UGARTE SERVAT Director General de Extracción y Procesamiento Pesquero 539795-1 Aprueban cambio de titular de licencia de operación otorgada mediante R.D. Nº 165-2003-PRODUCE/DNEPP a favor del FONDEPES RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 524-2010-PRODUCE/DGEPP Lima, 5 de agosto del 2010 Visto: el Escrito con Registro Nº 32489 y su Adjunto 01 de fechas 27 de abril y 7 de julio del 2010, presentado por el FONDO NACIONAL DE DESARROLLO PESQUERO – FONDEPES; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Directoral Nº 165-2003- PRODUCE/DNEPP de fecha 26 de junio del 2003 se otorgó al CENTRO DE ENTRENAMIENTO PESQUERO DE PAITA (CEP-PAITA), licencia para la operación de la