Norma Legal Oficial del día 08 de septiembre del año 2010 (08/09/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 30

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, miercoles 8 de setiembre de 2010

En caso de incumplimiento de las obligaciones MORDAZA mencionadas la autorizacion otorgada quedara sin efecto. De cumplir la titular con las obligaciones precedentemente indicadas y a merito del informe tecnico favorable, la Direccion General de Autorizaciones en Telecomunicaciones procedera a expedir la respectiva Licencia de Operacion. Articulo 4º.- La titular, dentro de los doce (12) meses de entrada en vigencia la autorizacion otorgada, en forma individual o conjunta, aprobara su Codigo de Etica y presentara MORDAZA del mismo a la Direccion General de Autorizaciones en Telecomunicaciones, o podra acogerse al Codigo de Etica aprobado por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones. Articulo 5º.- La titular esta obligada a instalar y operar el servicio de radiodifusion autorizado, de acuerdo a las condiciones esenciales y caracteristicas tecnicas indicadas en el articulo 1º de la presente Resolucion, las cuales solo podran ser modificadas previa autorizacion de este Ministerio. En caso de aumento de potencia, este podra autorizarse hasta el MORDAZA establecido en el Plan de Canalizacion y Asignacion de Frecuencias de la banda y localidad autorizadas. En caso de disminucion de potencia y/o modificacion de ubicacion de estudios, no obstante no requerirse de aprobacion previa, la titular se encuentra obligada a comunicarlo a la Direccion General de Autorizaciones en Telecomunicaciones. Articulo 6°.- Conforme a lo establecido en el articulo 5º del Decreto Supremo Nº 038-2003-MTC, modificado por Decreto Supremo Nº 038-2006-MTC, la titular adoptara las medidas necesarias para garantizar que las radiaciones que emita la estacion de radiodifusion que se autoriza no excedan los valores establecidos como limites maximos permisibles en el acotado Decreto Supremo. Articulo 7°.- Seran derechos y obligaciones de la titular de la autorizacion otorgada, los consignados en los articulos 64º y 65º del Reglamento de la Ley de Radio y Television, asi como los senalados en la presente Resolucion. Articulo 8º.- La autorizacion a que se contrae el articulo 1º de la presente Resolucion podra renovarse por igual periodo. La renovacion debera solicitarse hasta el dia del vencimiento del plazo de vigencia indicado en el mencionado articulo 1º y se sujeta al cumplimiento de las condiciones previstas en el articulo 69º del Reglamento de la Ley de Radio y Television. Articulo 9º.- Dentro de los sesenta (60) dias de notificada la presente Resolucion, la titular de la autorizacion efectuara el pago correspondiente al derecho de autorizacion y canon anual, caso contrario, la autorizacion quedara sin efecto de pleno derecho, sin perjuicio de que el Ministerio emita el acto administrativo pertinente. Articulo 10º.- La autorizacion a la que se contrae la presente Resolucion se sujeta a las disposiciones legales y reglamentarias vigentes que regulan el servicio autorizado, debiendo adecuarse a las normas modificatorias y complementarias que se expidan. Articulo 11º.- Remitir MORDAZA de la presente resolucion a la Direccion General de Control y Supervision de Comunicaciones para las acciones que corresponda, de acuerdo a su competencia. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Viceministro de Comunicaciones 539813-1

ORGANISMOS EJECUTORES SEGURO INTEGRAL DE SALUD
Designan Jefe de la Oficina Informatica y Estadistica del SIS
RESOLUCION JEFATURAL Nº 110-2010/SIS MORDAZA, 6 de septiembre de 2010 VISTOS: El Memorando Nº 1586-2010-SIS-OA de la Oficina de Administracion y el Informe Nº 240-2010-SIS/ OAJ de la Oficina de Asesoria Juridica; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Jefatural Nº 104-2010/ SIS de fecha 23 de agosto de 2010, se encarga al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, las funciones de Jefe de la Oficina de Informatica y Estadistica del Seguro Integral de Salud, CAP Nº 063; Que, por necesidades del servicio, resulta conveniente dar por concluida la encargatura a que se contrae el considerando anterior, asi como designar al titular en el puesto respectivo; Que, el Articulo 3º de la Ley Nº 27594, Ley que regula la participacion del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designacion de funcionarios publicos, establece que la designacion de funcionarios en cargo de confianza distintos a los comprendidos en el Articulo 1º de la citada Ley se efectua mediante Resolucion del Titular de la Entidad; Con el visto MORDAZA de la Secretaria General, la Oficina de Administracion y la Oficina de Asesoria Juridica; De conformidad con lo dispuesto en el Articulo 3º de la Ley Nº 27594, Ley que regula la participacion del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designacion de funcionarios publicos, el literal i) del Articulo 11º del Reglamento de Organizacion y Funciones del Seguro Integral de Salud, aprobado por Decreto Supremo Nº 0092002-SA; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Dar por terminada a partir de la fecha, la encargatura conferida al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, mediante Resolucion Jefatural Nº 104-2010/ SIS. Articulo 2º.- Designar al senor Ingeniero MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en el cargo de confianza de Jefe de la Oficina de Informatica y Estadistica del Seguro Integral de Salud, CAP Nº 063, a partir del 08 de setiembre de 2010. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Jefe Institucional del Seguro Integral de Salud 540088-1

de

SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE BIENES ESTATALES
Aprueban Directiva que regula los "Procedimientos para la aprobacion de la venta de predios de dominio privado del Estado de libre disponibilidad"
RESOLUCION Nº 094-2010/SBN MORDAZA, 6 de setiembre de 2010

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