NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 08 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2010 (08/09/2010)
CANTIDAD DE PAGINAS: 64
TEXTO PAGINA: 20
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 8 de setiembre de 2010 425302 transferido a persona alguna los derechos de propiedad que le asisten sobre la embarcación CARMEN ROSA de matrícula CO-17432-CM, siendo evidente que el registro ha sido efectuado con documentación falsa, por lo que, no habiendo extendido la declaración jurada a la cual se hace mención en el requisito Nº 6 del Procedimiento Nº 7 del TUPA-PRODUCE, deviene en improcedente el pedido de cambio de titularidad solicitado; Que, dicha oposición ha sido absuelta por los administrados con el escrito de fecha 16 de julio de 2010, manifestando que, es totalmente falso lo indicado, toda vez que, con fecha 06 de noviembre de 2007, a través del Contrato de Compra Venta, el señor ISABEL PANTA PANTA, en su calidad de copropietario de la citada embarcación, transfi rió a favor del señor LEONARDO PANTA PANTA, todos los derechos y acciones que le corresponden, por la suma de US$ 20,000.00, legalizando su fi rmas ante el Juez de Paz de Primera Nominación de Vice-Sechura; Que, de la evaluación efectuada a la oposición y absolución indicada en los considerandos precedentes, se tiene que, el señor ISABEL PANTA PANTA, en su calidad de titular del permiso de pesca de la embarcación CARMEN ROSA de matrícula CO-17432- CM ha formulado oposición al presente procedimiento de cambio de titularidad del permiso de pesca, sin embargo, no ha presentado documento alguno que acredite que se ha rectifi cado o se ha declarado judicialmente la invalidez del Asiento Registral Nº 2 de la Partida Nº 00715602 del Registro de Embarcaciones Pesqueras de la Ofi cina Registral Lima, en donde consta inscrito el acto jurídico de compra venta de la citada embarcación a favor de los señores LEONARDO PANTA PANTA y JACINTA PANTA DE PANTA, asimismo, no ha acreditado que exista proceso judicial (sentencia y/o medida cautelar) a su favor que afecte la disponibilidad de la citada embarcación o que ésta se encuentre anotada en la Partida Registral de la embarcación, por lo que, se declara improcedente la mencionada oposición; Que, de la verifi cación en línea a la página web de la SUNAT, se advierte que, los señores LEONARDO PANTA PANTA y JACINTA PANTA DE PANTA cuentan con RUC activo, por lo que, no subsisten las motivaciones que derivaron en la emisión del Ofi cio Nº 5655-2009- PRODUCE/DGEPP-Dchi. Asimismo, han presentado la Carta de fecha 12 de julio de 2010, emitida por el BANCO CONTINENTAL, con fi rmas legalizadas de sus representantes, en su calidad de titulares de la carga (hipoteca) que grava la citada embarcación, a través del cual, autorizan a los señores LEONARDO PANTA PANTA y JACINTA PANTA DE PANTA, para que continúen con el presente procedimiento a su favor; Que, en tal virtud, y atendiendo a que, en el expediente administrativo obra copia del Certifi cado Compendioso de Dominio de fecha 15 de julio de 2010, expedido por la Zona Registral Nº IX – Sede Lima de la SUNARP, que certifi ca que en la Partida Nº 00715602 del Registro de Propiedad de Embarcaciones Pesqueras aparece inscrito el dominio de la embarcación pesquera CARMEN ROSA de matrícula CO-17432-CM, a favor de los señores LEONARDO PANTA PANTA y su cónyuge JACINTA PANTA DE PANTA, corroborado con la verifi cación en línea de la página web de la SUNARP, y que los solicitantes han presentado nueva declaración jurada a la que hace mención el requisito Nº 6 del procedimiento Nº 7 del Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Producción aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2009- PRODUCE, debidamente suscrito por los adquirientes y los transferentes de la citada embarcación, éstos últimos, los señores Emilio Panta Vite y Maria Matilde Panta de Panta, corroborado con el Ofi cio Nº 607- 2010-PRODUCE/OGA/OEC de fecha 25 de mayo de 2010, emitido por el Ejecutor Coactivo del Ministerio de la Producción, a través del cual, se indicó que, respecto de la embarcación pesquera CARMEN ROSA de matrícula CO-17432-CM, no registra deuda cuya ejecución se esté tramitando en la Ofi cina de Ejecución Coactiva, asimismo, al amparo de los principios de publicidad y legitimación establecidos en los artículos 2012º y 2013º del Código Civil, se concluye que, los señores LEONARDO PANTA PANTA y JACINTA PANTA DE PANTA han cumplido con presentar los requisitos establecidos en el Procedimiento N° 7 del Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Producción, aprobado por Decreto Supremo Nº 008- 2009-PRODUCE, por lo que, corresponde otorgar el cambio de titular del permiso de pesca solicitado; Estando a lo informado por la Dirección de Consumo Humano Indirecto de la Dirección General de Extracción y Procesamiento Pesquero, según Informe Técnico Nº 628-2010-PRODUCE/DGEPP-Dchi Complementario del Informe Técnico Nº 428-2010-PRODUCE/DGEPP- Dchi y con la opinión favorable de la instancia legal correspondiente; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Ley Nº 25977 – Ley General de Pesca, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE y sus modifi catorias, el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Producción, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2009-PRODUCE; y, En uso de las facultades conferidas por el artículo 118° del Reglamento de la Ley General de Pesca aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE y el literal d) del artículo 53° del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción, aprobado por Decreto Supremo Nº 010-2006-PRODUCE; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Aprobar a favor de los señores LEONARDO PANTA PANTA y JACINTA PANTA DE PANTA, el cambio de titular del permiso de pesca de la embarcación pesquera CARMEN ROSA de matrícula CO-17432-CM, en los mismos términos y condiciones en que fue otorgado mediante Resolución Directoral N° 357-98-PE/DNE ampliado por Resolución Directoral Nº 023-2002-PE/DNEPP, modifi cada por Resolución Directoral Nº 092-2002-PRODUCE/DNEPP, por lo expuesto en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2°.- La vigencia del permiso de pesca otorgado por la presente Resolución está supeditada al cumplimiento de la normatividad en materia de ordenamiento jurídico pesquero, de sanidad y de medio ambiente. Artículo 3°.- Dejar sin efecto la titularidad del permiso de pesca de la embarcación pesquera CARMEN ROSA de matrícula CO-17432-CM otorgado a los señores EMILIO PANTA VITE, MODESTO PANTA ECA, LEONARDO PANTA PANTA e ISABEL PANTA PANTA a través de las Resoluciones Directorales N°s 357-98-PE/DNE, 023- 2002-PE/DNEPP y 092-2002-PRODUCE/DNEPP. Artículo 4°.- Incorporar a los señores LEONARDO PANTA PANTA y JACINTA PANTA DE PANTA, como los nuevos titulares del permiso de pesca para operar la embarcación pesquera CARMEN ROSA de matrícula CO-17432-CM, así como, la presente Resolución en el Anexo I de la Resolución Ministerial Nº 085-2007- PRODUCE, excluyendo a los señores EMILIO PANTA VITE, MODESTO PANTA ECA, LEONARDO PANTA PANTA e ISABEL PANTA PANTA consignados en dicho anexo. Artículo 5°.- Transcribir la presente Resolución Directoral a la Dirección General de Seguimiento, Control y Vigilancia del Ministerio de la Producción, a las Direcciones Regionales Sectoriales de la Producción del Litoral y a la Dirección General de Capitanías y Guardacostas del Ministerio de Defensa, y consignarse en el Portal Institucional del Ministerio de la Producción, cuya dirección es : www.produce.gob.pe. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ ALFONSO DE LA TORRE UGARTE SERVAT Director General de Extracción y Procesamiento Pesquero 539795-4