Norma Legal Oficial del día 08 de septiembre del año 2010 (08/09/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 33

El Peruano MORDAZA, miercoles 8 de setiembre de 2010

NORMAS LEGALES

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VISTO: La carta de renuncia de fecha 31 de agosto de 2010, presentada por el C.P.C. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA ­ Director de la Oficina de Administracion; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Directoral DE-Nº 1392008 de fecha 30 de MORDAZA de 2008, el C.P.C. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA fue designado en el cargo de confianza de Director de la Oficina de Administracion del Instituto MORDAZA del Peru - IMARPE; Que, mediante el documento del visto el C.P.C. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, presenta renuncia a la Entidad a partir del 31 de agosto de 2010 por razones estrictamente personales, solicitando asi mismo la exoneracion del plazo de ley, de conformidad con lo prescrito en el articulo 18º del TUO del Decreto Legislativo aprobado por D.S. Nº 003-97-TR; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 27594 ­Ley que regula la participacion del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designacion de funcionarios publicos, el Decreto Legislativo Nº 728, el Decreto Supremo Nº 00397-TR y el Decreto Supremo Nº 009-2001-PE Reglamento de Organizacion y Funciones del Instituto MORDAZA del Peru; Con la visacion de la Oficina de Asesoria Juridica y de la Unidad de Personal; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Aceptar la renuncia presentada por el C.P.C MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA ­ Director de la Oficina de Administracion del Instituto MORDAZA del Peru ­ IMARPE ­ categoria remunerativa D-4, regimen laboral de la actividad privada ­ D. Leg. Nº 728, a partir del 31 de agosto de 2010. Articulo 2º.- Agradecer al C.P.C. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA por los servicios prestados a la entidad. Articulo 3º.- Los beneficios que le corresponden al citado funcionario se abonaran de acuerdo a los dispositivos legales vigentes para los trabajadores de la actividad privada. Registrese, comuniquese y publiquese MORDAZA CANOTE SANTAMARINA Director Ejecutivo 539676-1

SEGURO SOCIAL DE SALUD
Aprueban Reglamento de Promocion y Gestion de Inversion en Obras de Infraestructura y Servicios de Salud
CONSEJO DIRECTIVO DECIMA SEXTA SESION ORDINARIA MORDAZA, 25 de agosto de 2010 ACUERDO Nº 50-16-ESSALUD-2010 VISTAS: La Carta Nº 108-OCPGCI-ESSALUD-2010 de fecha 23 de agosto de 2010 de la Oficina Central de Promocion y Gestion de Contratos de Inversiones; y la Carta Nº 2775OCAJ-ESSALUD-2010 de fecha 23 de agosto de 2010 de la Oficina Central de Asesoria Juridica; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el numeral 1.2 del articulo 1º de la Ley Nº 27056, Ley de Creacion del Seguro Social

de Salud, ESSALUD tiene por finalidad dar cobertura a los asegurados y sus derechohabientes, a traves del otorgamiento de prestaciones de prevencion, promocion, recuperacion, rehabilitacion, prestaciones economicas, y prestaciones sociales que corresponden al regimen contributivo de la Seguridad Social en Salud, asi como otros seguros de riesgos humanos; Que, el inciso e) del articulo 2º de la Ley Nº 27056, establece las funciones para el cumplimiento de las finalidades y objetivos de ESSALUD, en tal sentido, ESSALUD formula y aprueba sus reglamentos internos, asi como otras normas que le permitan ofrecer sus servicios de manera etica, eficiente y competitiva; Que, mediante Acuerdo de Consejo Directivo Nº 5-2ESSALUD-2008 de fecha 29 de enero de 2008, se aprobo el Plan Estrategico 2008-2011 y el Plan Estrategico de Inversiones, donde se indica como politica institucional estrategica el fortalecimiento de oferta via la promocion de inversiones en asociacion con el sector privado; Que, mediante Acuerdo de Consejo Directivo Nº 11-ESSALUD-2008, se creo el Comite de Promocion de Infraestructura y Servicios de Salud - CPISS, encargado de llevar a cabo los procesos del Plan Estrategico de Inversiones de ESSALUD, a traves de Asociaciones Publico Privadas para obras de infraestructura y servicios de salud; Que, mediante Acuerdo de Consejo Directivo Nº 3111-ESSALUD-2009, se aprobo el MORDAZA Reglamento de Promocion de Inversiones en Obras de Infraestructura y Servicios de Salud; Que, mediante Acuerdo de Consejo Directivo Nº 289-ESSALUD-2010 de fecha 11 de MORDAZA de 2010, se modificaron los articulo 6º y 7º del mencionado Reglamento, y se aprobo el MORDAZA organizativo responsable del MORDAZA de promocion, evaluacion, seleccion y gestion de contrato relacionados a las Inversiones en Obras de Infraestructura y Servicios de Salud con participacion de la inversion privada; Que, mediante Resolucion de Presidencia Ejecutiva Nº 112-PE-ESSALUD-2010, se aprobo la creacion de la Oficina de Seguimiento de Ejecucion de Contratos de Promocion de ESSALUD (OSECP-ESSALUD) como organo central de apoyo, dependiente jerarquicamente de la Gerencia General, encargada de la realizar las coordinaciones y acciones necesarias para facilitar la ejecucion y el cumplimiento de los contratos de promocion suscritos entre ESSALUD y los inversionistas; Que, mediante Resolucion de Presidencia Ejecutiva Nº 228-PE-ESSALUD-2010, se modifico la denominacion de la Oficina de Seguimiento de Ejecucion de Contratos de Promocion de ESSALUD (OSECP-ESSALUD), por la de Oficina Central de Promocion y Gestion de Contratos de Inversiones (OCPGCI-ESSALUD); Que, de otro lado, es conveniente senalar la existencia de una creciente demanda de prestaciones de salud de la poblacion asegurada, requiriendose ampliar los servicios existentes, lo que implica se mejore e incremente la infraestructura con que cuenta la Institucion; asimismo, se ha manifestado un creciente interes de empresas interesadas en realizar inversiones en obras de infraestructura y/o servicios que eventualmente podrian ser de interes para ESSALUD; Que, en ese sentido, la mayor demanda de la poblacion asegurada y el creciente interes de potenciales inversionistas, ha generado un incremento sustantivo de operaciones vinculadas a estos procesos de inversion; Que, atendiendo a lo expuesto, y al ser politica institucional estrategica el fortalecimiento de oferta via la promocion de inversiones en asociacion con el sector privado, se hace necesario fortalecer las competencias y atribuciones de la Oficina Central de Promocion y Gestion de Contratos de Inversiones (OCPGCI-ESSALUD), lo que obliga a reestructurar algunos procedimientos del Reglamento de Promocion de Inversiones en Obras de Infraestructura y Servicios de Salud; Que, en ese sentido, resulta necesario aprobar el Reglamento de Promocion y Gestion de Inversion en Obras de Infraestructura y Servicios de Salud;

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