Norma Legal Oficial del día 26 de septiembre del año 2010 (26/09/2010)


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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 26 de setiembre de 2010

requiera. Esta exenta de esta regla la participacion en Comisiones Protocolares o Ceremoniales. El Consejero Delegado por las labores propias del cargo no integrara ninguna comision de trabajo senalados en el presente reglamento, excepto las comisiones con fines protocolares o ceremoniales. Clases de Comisiones Articulo 26º.- Existen cuatro clases de comisiones: Comisiones Ordinarias.- Encargadas del estudio y dictamen de los asuntos ordinarios de la agenda del Consejo Regional, con prioridad en la funcion legislativa y de fiscalizacion. El Consejero Delegado, en coordinacion con los Consejeros Regionales, propone el numero de Comisiones Ordinarias teniendo en cuenta la Estructura Organica del Gobierno Regional. Sin embargo, deben conformarse por lo menos las siguientes Comisiones Ordinarias: · Comision de Agricultura. · Comision de Educacion y Cultura. · Comision de la Produccion. · Comision de Comercio Exterior, Turismo y Artesania. · Comision de Energia, Minas e Hidrocarburos. · Comision de Salud. · Comision de Trabajo y Promocion del Empleo. · Comision de Transportes y Comunicaciones. · Comision de Recursos Naturales y Proteccion del Ambiente. · Comision de Infraestructura y Construccion. · Comision de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial. · Comision de la Mujer y Promocion de la Familia. · Comision de Proyectos y Programas especiales. · Comision de la Juventud. Comisiones de Investigacion.- Encargadas del estudio, indagacion y analisis de los indicios y evidencias, con la finalidad de la MORDAZA del informe, respecto de los asuntos puestos en su conocimiento, el mismo que deberan incluir las conclusiones y recomendaciones que seran alcanzadas al Consejo Regional, de conformidad con el inciso k) Articulo 15°, de la Ley Organica de Gobiernos Regionales. Comisiones Especiales.- Constituidas con fines protocolares o ceremoniales o para la realizacion de cualquier estudio especial o trabajo conjunto con comisiones del Gobierno Regional, segun acuerde el Pleno del Consejo Regional a propuesta del Consejero Delegado. Comision de Etica.- Encargada de investigar e informar al Pleno sobre las denuncias que se formulen contra cualquier miembro del Consejo Regional por presunta violacion del Codigo de Etica. Estara conformada por tres Consejeros Regionales elegidos anualmente. Plan de Trabajo de las Comisiones Articulo 27º.- El Plan de Trabajo de cada comision debe tomar en cuenta la agenda que establezca el Consejo Regional aprobada por el Pleno del Consejo Regional. Los Presidentes de las Comisiones Ordinarias presentaran al Consejero Delegado del Consejo Regional de La MORDAZA, en un plazo no mayor de 30 dias despues de terminado el primer semestre, un informe de la labor realizada. SECCION MORDAZA Del Servicio al Consejo Regional Organizacion del Servicio Administrativo del Consejo Regional Articulo 28º.- De conformidad con la Estructura Organica del Gobierno Regional de La MORDAZA, aprobada por Ordenanza Regional Nº 028-2008-GR-LL/CR, el Consejo Regional cuenta con un organo estructurado y

funcional competente al servicio del Consejo Regional, encargado de apoyar, asesorar y asistir en las tareas, objetivos, funciones fiscalizadoras y normativas, de control y de representacion de los Consejeros Regionales y de los organos de los que son miembros. Es finalidad del servicio administrativo del Consejo Regional el desarrollo y ejecucion imparcial de sus actividades, servicios y productos institucionales confiables, homogeneos, oportunos y eficaces. La Secretaria del Consejo Regional Articulo 29º.- La Secretaria del Consejo Regional de La MORDAZA es el MORDAZA organo al servicio del Consejo Regional. Esta a cargo de un funcionario denominado Secretario del Consejo Regional, quien responde ante el Consejero Delegado y el Presidente Regional por la marcha y resultados de la dependencia y personal al servicio del Consejo Regional. Le corresponde con este fin la direccion, planificacion, ejecucion y control, directo o por delegacion, de todas las actividades del servicio del Consejo Regional dedicadas a preparar, asistir, apoyar y facilitar las tareas organicas y funcionales de los Consejeros Regionales. El Secretario del Consejo Regional tiene la representacion en la administracion, es jefe de todo el personal y cuenta con competencia disciplinaria. Es designado por el Presidente Regional a propuesta del Consejero Delegado quien informara al Pleno y su designacion puede ser revocada por la Presidencia Regional por Acuerdo del Consejo Regional. Sus atribuciones y responsabilidades asi como las que les corresponden al personal del servicio del Consejo Regional se establecen en el Reglamento del Servicio del Consejo Regional. Cesa en el cargo por dimision, perdida de su condicion de funcionario, retiro o jubilacion, imposibilidad para el desempeno del cargo, cese o revocatoria de su designacion. En caso de ausencia o impedimento temporal es reemplazado por un servidor del Gobierno Regional que labore en el Consejo Regional. Adicionalmente desarrolla las siguientes funciones: a) Planificar, organizar y coordinar las actividades del Consejo Regional e informar de ello a sus integrantes. b) Coordinar la elaboracion de la agenda de las sesiones del Consejo Regional y asistir el desarrollo de las mismas. c) Citar o convocar por encargo del Consejero Delegado del Consejo Regional a las sesiones respectivas. d) Certificar las autografas y actuar de Fedatario de las Ordenanzas y Acuerdos del Consejo Regional. e) Entregar a los Consejeros Regionales, el Acta de Sesion anterior, con cuarenta y ocho horas de anticipacion al inicio de la Sesion Ordinaria. f) Mantener el registro y efectuar las acciones de distribucion, publicacion y archivo de las Ordenanzas y Acuerdos emitidos por el Consejo Regional, de acuerdo a lo dispuesto por la Ley Organica de Gobiernos Regionales. g) Llevar actualizados los libros de actas de Sesiones del Consejo Regional y formular resumenes de los acuerdos. h) Custodiar los Libros de las comisiones de trabajo. i) Firmar con el Consejero Delegado y miembros de la Mesa Directiva del Consejo Regional las Actas de las Sesiones Ordinarias y Extraordinarias del Consejo Regional, de las Asambleas Publicas Informativas y Sesiones Descentralizadas de Consejo Regional y demas documentacion que corresponda de conformidad con este Reglamento. j) Otras funciones que le MORDAZA asignadas. CAPITULO IV Funcionamiento del Consejo Regional SECCION PRELIMINAR Periodos, Sesiones y Quorum Periodo de Sesiones Articulo 30º.- El periodo de Sesiones del Consejo Regional se inicia con la Sesion Solemne de instalacion

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