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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE ABRIL DEL AÑO 2011 (07/04/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 28

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 7 de abril de 2011 440508 CONSIDERANDO: Que, mediante Carta Circular Nº 2375 del 16.02.11, la Secretaría Ejecutiva de la Comisión Oceanográfi ca Intergubernamental – COI de la UNESCO, convoca a los países miembros a participar en la Vigésimo Sexta Sesión de la Asamblea de la Comisión a realizarse del 22.06.11 al 05.07.11 en la sede de la UNESCO, París, Francia. Que, el numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley Nº 29626, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2011, establece que quedan prohibidos los viajes al exterior de servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado, con cargo a recursos públicos, excepto los que se efectúen en el marco de la negociación de acuerdos comerciales o tratados comerciales y ambientales, negociaciones económicas y fi nancieras y las acciones de promoción de importancia para el Perú, los que se autorizan mediante resolución del titular de la entidad; Que, el Artículo 19° del Reglamento de Organización y Funciones – ROF del Instituto del Mar del Perú – IMARPE, aprobado por el Decreto Supremo N° 009-2001- PE, establece en su literal m) que el Director Ejecutivo, ejerce la titularidad del pliego, como la más alta autoridad ejecutiva del IMARPE; Que, el Instituto del Mar del Perú - IMARPE, como una institución de investigación científica marina, viene participando desde hace varios años, en los programas regionales y mundiales de la COI, en especial, en el marco de la Comisión Permanente del Pacífico Sur - CPPS; Que, asimismo, el IMARPE participa activamente en el Programa del Estudio Regional del Fenómeno El Niño (ERFEN) y ejerce la presidencia del Comité Nacional del Programa ENFEN, el cual cuenta con el patrocinio y la cooperación de la COI; el IMARPE es también el Punto Focal Nacional del Plan de Acción para la Protección del Medio Marino y las Áreas Costeras del Pacífico Sur, que forma parte de los programas del Manejo Integrado de Zonas Costeras que la COI lidera y coordina a nivel mundial. Así mismo el IMARPE participa en la GRASP (Alianza Regional del Pacífico Sur para el GOOS- Sistema de Observación Mundial de los Océanos), que también coordina la COI a nivel mundial; Que, la participación del representante del Instituto del Mar del Perú – IMARPE en la Vigésimo Sexta Reunión de la Asamblea de la COI, contribuirá al desarrollo de los temas científi cos marinos inherentes a las responsabilidades del IMARPE y asimismo, fortalecerá la presencia de Perú, como Estado Miembro de este mecanismo de cooperación internacional relacionado a los océanos, mares y las zonas costeras. Que, los gastos que demande el cumplimiento de la Comisión de Servicios que mediante la presente se aprueba, serán asumidos por el Instituto del Mar del Perú - IMARPE, con cargo a su Presupuesto Institucional aprobado; Que, la Ofi cina de Planifi cación, Presupuesto y Evaluación de Gestión del IMARPE, mediante Memorándum OPP Nº 127-2011 del 22.03.11, señala que existe crédito presupuestal sufi ciente para sufragar los gastos antes enunciados; De conformidad con la Ley Nº 27619, que regula la autorización de viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos, sus modifi catorias y su Reglamento aprobado por D.S. Nº 047-2001-PCM, y la Ley 29626, Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2011; las facultades conferidas en el Artículo 19º del Reglamento de Organización y Funciones del IMARPE, aprobado por Decreto Supremo N°009-2001-PE; Con el visto bueno de la Ofi cina de Asuntos Internacionales, Ofi cina de Asesoría Jurídica, Ofi cina de Administración y Ofi cina de Planifi cación, Presupuesto y Evaluación de Gestión; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar la participación del señor Presidente del Consejo Directivo del IMARPE, Calm. (r) Jorge Brousset Barrios, en comisión de servicios en la Vigésimo Sexta Sesión de la Asamblea del Comité COI – UNESCO, que se llevará a cabo en la ciudad de París, Francia entre el 22.06.11 y el 05.07.11. Artículo 2º.- Los gastos que demande su participación, serán cubiertos por el Pliego 240: Instituto del Mar del Perú – IMARPE, Meta 00649 “Dirección de la Gestión Institucional” de acuerdo al siguiente detalle: Pasaje aéreo ida y retorno US$ 1571.88 Viáticos e Instalación (US$ 260 x 16) US$ 4160.00 ------------------- TOTAL US$ 5731.88 Artículo 3º.- De conformidad con lo establecido por el artículo 10º del Decreto Supremo Nº 045 -2002 PCM, dentro de los quince (15) días calendario de efectuado el viaje, deberá presentar un informe al Consejo Directivo del IMARPE, así como al Despacho Viceministerial de Pesquería, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos. Artículo 4º.- Disponer la publicación de la presente, en el Diario Ofi cial El Peruano dentro del plazo de ley. Artículo 5º.- La presente Resolución Directoral no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos y/o derechos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. GODOFREDO CAÑOTE SANTAMARINA Director Ejecutivo 624716-1 PODER JUDICIAL CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA Establecen conformación de la Tercera Sala Penal con Reo en Cárcel de Lima CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA Presidencia Ofi cina de Coordinación Administrativa y de Asuntos Jurídicos RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 285 - 2011- P-CSJLI/PJ Lima, 6 de abril del 2011 VISTO y CONSIDERANDO: Que, mediante el ingreso Nº 024328-2011, el doctor Luis Jacinto Sánchez Gonzáles, Juez Superior integrante de la Tercera Sala Penal para Procesos con Reo en Cárcel de Lima, solicita su retorno al Segundo Juzgado Penal de Lima, del cual es titular, por motivos estrictamente personales. Que, estando a lo expuesto en el considerando anterior, esta Presidencia considera pertinente emitir el pronunciamiento respectivo, a fi n de no afectar el normal desarrollo de las actividades jurisdiccionales de la Tercera Sala Penal para Procesos con Reo en Cárcel. Que, el Presidente de la Corte Superior de Justicia, es la máxima autoridad administrativa de la sede judicial a su cargo y dirige la política interna de su Distrito Judicial, con el objeto de brindar un efi ciente servicio de administración de justicia en benefi cio de los justiciables y, en virtud a dicha atribución, se encuentra facultado para designar y dejar sin efecto la designación de los Magistrados Provisionales y Supernumerarios que están en el ejercicio del cargo jurisdiccional.