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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 30 de abril de 2011 441867 Que, mediante Informe Nº 009-2011-MDLM-GM, la Gerencia Municipal remite el Informe previo favorable para la aprobación del Reglamento de Organización y Funciones - ROF de la Municipalidad Distrital de La Molina, elaborado en cumplimiento del artículo 33º de los Lineamientos para la Elaboración y Aprobación del ROF por parte de las Entidades de la Administración Pública aprobado con Decreto Supremo Nº 043-2006-PCM; en dicho Informe se precisa que el proyecto de Reglamento de Organización y Funciones - ROF no presenta duplicidad de funciones y ha sido elaborado de acuerdo a los lineamientos contenidos en el precitado Decreto, en concordancia con la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado - Ley Nº 27658 y demás normas legales vigentes; asimismo, la Gerencia Municipal señala que el Informe Técnico sustentatorio, contiene la justifi cación, análisis y efectos presupuestarios que sustentan la actualización del Reglamento de Organización y Funciones de la Corporación; en tal sentido remite los proyectos de Reglamento de Organización y Funciones - ROF y Cuadro para Asignación de Personal - CAP, los Informes Técnicos que sustentan ambos proyectos, así como el proyecto de ordenanza que los aprueba, debidamente visados por la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto y la Gerencia de Asesoría Jurídica, a fi n que se prosiga con el trámite correspondiente para su aprobación por parte del Concejo Municipal; Que, es necesario aprobar la propuesta de Reglamento de Organización y Funciones y el Cuadro para Asignación de Personal de la Municipalidad de La Molina; Estando a lo expuesto, y de conformidad a lo establecido por los numerales 3) y 8) del artículo 9º y artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, por UNANIMIDAD y con dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta, aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA LA ESTRUCTURA ORGÁNICA, EL REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES Y EL CUADRO PARA ASIGNACIÓN DE PERSONAL DE LA MUNICIPALIDAD DE LA MOLINA Artículo Primero.- APROBAR la Estructura Orgánica, el Reglamento de Organización y Funciones y el Cuadro para Asignación de Personal, Empleados y Obreros de la Municipalidad de La Molina, los mismos que como anexos forman parte integrante de la presente Ordenanza. Artículo Segundo.- Derogar las Ordenanzas Nº 140-MDLM, Nº 144-MDLM, 148-MDLM, Nº 163-MDLM, Nº 172-MDLM, Nº 175-MDLM y Nº 184-MDLM; así como los Decretos de Alcaldía Nº 004-2009-MDLM y Nº 013-2009-MDLM, referidos al Reglamento de Organización y Funciones y la Ordenanza Nº 174-MDLM, referida al Cuadro para Asignación de Personal. Artículo Tercero.- Disponer la publicación del texto de la presente Ordenanza en el Diario Oficial El Peruano y del Texto completo del Reglamento de Organización y Funciones y Cuadro para Asignación de Personal en la página Web de la Municipalidad: www. munimolina.gob.pe y en el portal del Estado Peruano: www.peru.gob.pe, y el Portal de Servicios al Ciudadano y Empresas: www.serviciosalciudadano.gob.pe. Artículo Cuarto.- La presente Ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. JUAN CARLOS ZUREK P.F. Alcalde 634728-1 MUNICIPALIDAD DE LA VICTORIA Regulan Proceso del Presupuesto Participativo 2012 ORDENANZA Nº 128-2011/MLV La Victoria, 20 de abril de 2011 El CONCEJO DISTRITAL DE LA VICTORIA VISTO; en sesión ordinaria de la fecha el Dictamen Nº 07-CPPPAL/MLV de la Comisión Permanente de Planeamiento, Presupuesto y Asuntos Legales, y ; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 197º y 199º de la Constitución Política del Perú, modifi cada por Ley Nº 27680 – Ley de Reforma Constitucional – las Municipalidades promueven, apoyan y reglamentan la participación vecinal en el desarrollo local, formulan sus presupuestos con la participación de la población y rinden cuenta de su ejecución anualmente bajo responsabilidad, conforme a Ley; Que, la Ley Nº 27783 – Ley de Bases de la Descentralización – a través del artículo 17 numeral 1) dispone que los Gobiernos Locales están obligados a promover la participación ciudadana en la formulación, debate y concertación de sus Planes de Desarrollo y Presupuestos en la Gestión Pública. Asimismo, el artículo 20º de la misma norma establece que los gobiernos regionales y locales se sustentan y rigen por presupuestos participativos anuales como instrumentos de administración y gestión, los mismos que se formulan y ejecutan conforme a Ley y en concordancia con los planes de desarrollo concertados, lo cual guarda concordancia con lo regulado en el artículo 53º la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades –; Que, conforme a lo señalado en el artículo 9º numeral 1 de la Ley Nº 27972 el Concejo Municipal tiene la atribución de aprobar los planes de desarrollo municipal concertados y el Presupuesto Participativo. Asimismo, el numeral 14 de dicho artículo señala que el Concejo Municipal aprueba las normas que garanticen una efectiva participación vecinal; Que, de acuerdo a lo establecido en el artículo 7º de la Ley Nº 27972, los Consejos de Coordinación Local Distrital, son órganos de coordinación y concertación de las municipalidades distritales, a los cuales corresponde coordinar y concertar el Presupuesto Participativo, conforme lo establece el artículo 104º de la misma norma; Que, mediante la Ley Nº 28056 – Ley Marco del Presupuesto Participativo –, reglamentada por Decreto Supremo Nº 171- 2003-EF, se establecen disposiciones para asegurar la efectiva participación de la sociedad civil en el proceso de Programación Participativa del Presupuesto, el cual se desarrolla en armonía con los planes de desarrollo concertados de los Gobiernos Locales. Asimismo, el artículo 5º de dicha norma señala que el gobierno local dispondrá mediante Ordenanza las medidas necesarias para reglamentar el proceso de identifi cación y acreditación de los agentes participantes, particularmente de aquellos de la sociedad civil; Que, el instructivo Nº 001-2010-EF/76.01 – Instructivo para el Proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados – aprobado mediante Resolución Directoral Nº 007-2010- EF/76.01, publicado en el Diario Ofi cial El Peruano con fecha 10 de abril del 2010, establece los lineamientos, mecanismos y pautas para que los gobiernos regionales y locales desarrollen el proceso en mención, precisando diversos criterios para delimitar los proyectos de impacto regional, provincial y local, de conformidad a lo estipulado en la Ley Nº 28056, sus modifi catorias y reglamento así como en la Ley Nº 28411 – Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto –; Que, en este contexto y tomando en cuenta lo expuesto, resulta necesario reglamentar la participación de los representantes de la Sociedad Civil, así como sus responsabilidades, obligaciones y derechos, dentro del proceso de desarrollo del Presupuesto Participativo para el año 2012, el cual permitirá asegurar un uso efi ciente de los recursos públicos en el desarrollo local; Que el Equipo Técnico de la Municipalidad de La Victoria que elaborará el Presupuesto Participativo para el año 2012 estará presidido por la Gerente de Planeamiento y Presupuesto, quedando conformado por distintos funcionarios de la entidad que brindarán el apoyo profesional y técnico que se requiere para tal fi n; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por el numeral 8) del artículo 9º y el artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, el Concejo Distrital de La Victoria por unanimidad y con dispensa de la lectura y trámite de aprobación del Acta aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE REGULA EL PROCESO DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO 2012 Artículo Primero.- Dar por iniciado el proceso del Presupuesto Participativo 2012 de la Municipalidad de La Victoria.