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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 30 de abril de 2011 441866 VISTO: En Sesión Ordinaria de la fecha, Informe Nº 229-2011-SGPV/GDS, emitido por la Sub. Gerencia de Participación Vecinal e Informe Nº 208-2011-GAL, emitido por la Gerencia de Asesoría Legal, donde opina Procedente la aprobación del Proyecto de Ordenanza del Reglamento de la Elección de los Representantes de la Sociedad Civil ante el Consejo de Coordinación Local Distrital; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo establecido en el artículo de la Ley de Reforma Constitucional Nº 27680 concordante con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 Ley Orgánica de Municipalidades, los Gobiernos Locales gozan de Autonomía Política, Económica y Administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el Consejo de Coordinación Local Distrital en un órgano de coordinación y concertación de las Municipalidades Distritales, cuya organización y estructura está regulada por el Artículo 102° de la Ley 27972, la misma que en su Artículo 104° determina que son entre otras funciones, las de coordinar y participar en la programación del Presupuesto Participativo de los Gobiernos Locales; Que, los artículos del 102° al 105° de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, establecen la defi nición, composición, instalación y funciones de los Consejos de Coordinación Local Distrital, como órganos de coordinación y concertación de las Municipalidades Distritales. Que, el Consejo de Coordinación Local Distrital de Independencia se encuentra conformado por el Alcalde, quien lo preside, los regidores y por los cinco representantes de las organizaciones de la sociedad civil del Distrito. Que, el Artículo 105° de la misma ley, señala que el Consejo de Coordinación Local Distrital se rige por el Reglamento aprobado por Ordenanza Distrital, a propuesta del Consejo de Coordinación Local Distrital. Que, las normas legales marco sobre los Consejos de Coordinación Local Distrital están dadas, sin embargo, es necesario en cumplimiento de la Ley acotada, reglamentar la conformación de instalación y funcionamiento; Estando a los fundamentos antes expuestos, en uso de las facultades conferidas por la Ley Orgánica de Municipalidades con la dispensa de trámite de lectura y aprobación del Acta, por MAYORÍA se aprueba lo siguiente: LA ORDENANZA DEL REGLAMENTO DE LA ELECCIÓN DE LOS REPRESENTANTES DE LA SOCIEDAD CIVIL ANTE EL CONSEJO DE COORDINACIÓN LOCAL DISTRITAL DE INDEPENDENCIA Artículo Primero.- Aprobar la Ordenanza del Reglamento de la Elección de los Representantes de la Sociedad Civil ante el Consejo de Coordinación Local Distrital, el cual consta de VIII Títulos y 37 Artículos; el mismo que forma parte integrante de la presente Ordenanza; los que serán publicados en el Portal Institucional el mismo día de su Publicación en el Diario Ofi cial “El Peruano”. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, Sub. Gerencia de Participación Vecinal su cumplimiento y a la Secretaria General para su publicación, en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. EVANS R. SIFUENTES OCAÑA Alcalde 634595-1 MUNICIPALIDAD DE LA MOLINA Aprueban Estructura Orgánica, Reglamento de Organización y Funciones y Cuadro para Asignación de Personal de la Municipalidad ORDENANZA Nº 210 La Molina, 27 de abril de 2011 EL CONCEJO DISTRITAL DE LA MOLINA VISTO: en Sesión Ordinaria de la fecha, el Dictamen Conjunto Nº 02-2011 de la Comisión de Administración, Rentas, Presupuesto e Informática y Asuntos Jurídicos, en relación a la propuesta de Reglamento de Organización y Funciones y el Cuadro para Asignación de Personal de la Municipalidad Distrital de La Molina; y, CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Perú, establece en su artículo 194º que las Municipalidades Provinciales y Distritales son órganos de Gobierno Local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; lo cual es concordante con lo establecido en el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades Ley Nº 27972; Que, la Ley Orgánica de Municipalidades en su artículo 40º, establece que las Ordenanzas son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organización interna, la regulación, administración y supervisión de los servicios públicos y las materias en las que la municipalidad tiene competencia normativa; Que, mediante Ordenanza Nº 140-MDLM, se aprobó la Estructura Orgánica de la Municipalidad de La Molina y el Reglamento de Organización y Funciones - ROF, habiendo sido modifi cada mediante las Ordenanzas Nº 144-MDLM, 148-MDLM, Nº 163-MDLM, Nº 172-MDLM, Nº 175-MDLM y Nº 184-MDLM; Que, con el fi n de consolidar las modifi caciones antes señaladas, con Decreto de Alcaldía Nº 004-2009-MDLM, se aprobó el Texto Único Ordenado del Reglamento de Organización y Funciones de la Municipalidad de La Molina, el cual fue actualizado a través del Decreto de Alcaldía Nº 013-2009-MDLM; Que, con Ordenanza Nº 174-MDLM, se aprobó el Cuadro para Asignación de Personal de la Municipalidad Distrital de La Molina; Que, por Acuerdo de Concejo Nº 003-2011 del 6 de enero del 2011, se declara prioritaria y de imperiosa necesidad la reestructuración de la estructura orgánica de la Municipalidad Distrital de La Molina; Que, a través del Informe Nº 0023-2011-MDLM-GPP, el Gerente de Planeamiento y Presupuesto propone el Reglamento de Organización y Funciones y el Cuadro para Asignación de Personal de la Municipalidad de La Molina; Que, mediante Informe Nº 187-2011-MDLM-GAJ, la Gerencia de Asesoría Jurídica opina favorablemente respecto a los proyectos de Reglamento de Organización y Funciones - ROF y Cuadro para Asignación de Personal - CAP, remitidos por la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, por encontrarlos debidamente redactados, teniendo en consideración que los mismos han sido elaborados conforme a lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 043-2004-PCM que aprueba Lineamientos para la Elaboración y Aprobación del Reglamento de Organización y Funciones - ROF y Decreto Supremo Nº 043- 2006-PCM que aprueba los Lineamientos para la Elaboración y Aprobación del Cuadro para Asignación de Personal; Que, la Gerencia de Asesoría Jurídica, respecto al proyecto de Reglamento de Organización y Funciones, proyecto de ordenanza que lo aprueba e informe técnico sustentatorio, señala que cumplen con la fi nalidad establecida en el artículo 2º del Decreto Supremo Nº 043-2006-PCM al haber realizado correctamente la estructura orgánica de la entidad, las funciones generales y específi cas de cada una de las áreas que conforman la Municipalidad y la relación de coordinación y control entre ellas mismas, a fi n de simplifi car y optimizar el funcionamiento de la Municipalidad; asimismo, señala respecto al Cuadro para Asignación de Personal - CAP, que conforme al artículo 7º de los Lineamientos para la Elaboración y Aprobación del CAP de las Entidades de la Administración Pública aprobado con Decreto Supremo Nº 043-2004-PCM, las entidades en el proceso de modernización del Estado, deben realizar una adecuada clasifi cación y califi cación de sus órganos y sus funciones, así como de sus cargos y requisitos, evaluando de forma permanente su actualización; asimismo precisa que el artículo 16º de dicho Lineamiento normativo, establece que las Entidades de la Administración Pública deberán modifi car el Cuadro para Asignación de Personal cuando la entidad haya sufrido modifi caciones en su ROF que conlleven cambios en sus funciones o en su estructura organizacional o por motivo de una acción de racionalización o mejoramiento del proceso, siendo que conforme al artículo 15º de la misma norma este nuevo Cuadro para Asignación de Personal deberá ser aprobado por medio de Ordenanza Municipal;