Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE AGOSTO DEL AÑO 2011 (19/08/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 100

TEXTO PAGINA: 35

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 19 de agosto de 2011 448625 Artículo 5º.- Incorpórese los Informes Nº 0299-2011-GART y Nº 295-2011-GART, como parte integrante de la presente Resolución. Artículo 6º.- La presente Resolución deberá ser publicada en el Diario Ofi cial El Peruano y consignada junto con los Informes a que se refi ere el artículo precedente en la página Web de OSINERGMIN: www.osinergmin.gob.pe. ALFREDO DAMMERT LIRA Presidente del Consejo Directivo 679551-3 Área de Demanda Titular Acumulado en MAT Acumulado en AT Acumulado en MT Acumulado en MAT Acumulado en AT Acumulado en MT Ctm. S/./kWh Ctm. S/./kWh Ctm. S/./kWh Ctm. S/./kWh Ctm. S/./kWh Ctm. S/./kWh Regulados Regulados Regulados Libres Libres Libres 10 ELECTRO SUR ESTE 0,0137 0,0093 -0,0487 0,0137 0,0093 -0,0487 REP -0,0290 -0,1460 0,0128 0,0008 0,0111 0,1939 TOTAL ÁREA -0,0148 -0,1352 0,0076 0,0150 0,0219 0,1887 ELECTRO PUNO 0,0000 -0,0317 -0,4916 0,0000 -0,0317 -0,4916 11 REP -0,0088 -0,3170 -0,0792 0,0002 0,0565 0,6577 TOTAL ÁREA -0,0088 -0,3487 -0,5708 0,0002 0,0248 0,1661 ELECTROSUR 0,0015 0,0015 1,2615 0,0015 0,0015 1,2615 12 ENERSUR 0,3363 0,3363 -0,2357 0,3363 0,3363 -0,2357 SOUTHERN PERÚ 0,0000 0,0000 -0,0465 0,0000 0,0000 -0,0465 TOTAL ÁREA 0,3378 0,3378 0,9793 0,3378 0,3378 0,9793 EGESUR 0,0000 0,0000 -0,0017 0,0000 0,0000 -0,0017 13 ELECTROSUR 0,0000 0,0000 -0,1955 0,0000 0,0000 -0,1955 TOTAL ÁREA 0,0000 0,0000 -0,1972 0,0000 0,0000 -0,1972 14 ELECTRO UCAYALI 0,0000 0,0000 -0,0148 0,0000 0,0000 -0,0148 TOTAL ÁREA 0,0000 0,0000 -0,0148 0,0000 0,0000 -0,0148 15 REP -0,0601 -0,0597 -0,0555 0,0010 0,0014 0,0056 TOTAL ÁREA -0,0601 -0,0597 -0,0555 0,0010 0,0014 0,0056 (*) Se ha considerado que la inversión de la L.T. Tocache-Bellavista, será transferida a la concesionaria a título gratuito. El valor de este peaje es preliminar, pues el valor defi nitivo se determinará en la oportunidad en que el sistema aislado de San Martín se integre al SEIN.” Aprueban cancelación de proceso de licitación pública de suministro de energía eléctrica cuyas bases fueron aprobadas mediante Res. Nº 090-2011- OS/CD RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN EN ENERGÍA Y MINERÍA OSINERGMIN Nº 162-2011-OS/CD Lima, 18 de agosto de 2011 CONSIDERANDO: Que, el Capítulo Segundo de la Ley Nº 28832, Ley para Asegurar el Desarrollo Efi ciente de la Generación Eléctrica, que abarca desde el Artículo 3º al Artículo 10º, establece los términos, plazos, condiciones y obligaciones para el desarrollo de las Licitaciones de Suministro de Energía; Que, mediante Decreto Supremo Nº 052-2007- EM publicado el 14 de octubre de 2007, se aprobó el Reglamento de Licitaciones de Suministro de Electricidad, el mismo que estableció, en su Disposición Transitoria Única, que OSINERGMIN debe aprobar los procedimientos necesarios para el cumplimiento de su función; Que, mediante Decreto de Urgencia Nº 032-2010, publicado el 29 de abril de 2010, se dictaron medidas para acelerar la inversión y facilitar fi nanciamiento para la ejecución de proyectos de electricidad; el Artículo 4º de dicha norma estableció, entre otros aspectos, que las licitaciones de suministro de energía eléctrica a que se refi ere el citado Capítulo Segundo de la Ley Nº 28832, deben tener en cuenta los lineamientos que establezca el Ministerio de Energía y Minas, respecto a la participación de cada tecnología y a los plazos para iniciar las licitaciones; Que, en tal sentido, al amparo del referido Decreto de Urgencia, el Ministerio de Energía y Minas defi nió mediante Resolución Ministerial Nº 564-2010-MEM/DM, publicada el 03 de enero de 2011, los lineamientos para las licitaciones de suministro de electricidad; el numeral 1.1, Artículo 1º de la referida norma, estableció que para el suministro de electricidad en el Sistema Eléctrico Interconectado Nacional, durante los años 2011 a 2013, los Distribuidores podrán iniciar procesos de Licitación con una anticipación mínima de dos (2) meses a la fecha de inicio de suministro, hasta por el 100% de la demanda total de sus usuarios regulados; Que, considerando que los procesos de licitación para el suministro que se realicen en el marco de la Resolución Ministerial Nº 564-2010-MEM/DM, tienen características específi cas y transitorias, mediante Resolución OSINERGMIN Nº 042-2011-OS/CD publicada en el diario ofi cial El Peruano el 04 de marzo de 2011 se aprobó la Norma “Procedimiento de las Licitaciones para el Suministro en el Sistema Eléctrico Interconectado Nacional, durante el Periodo 2011 al 2013” (en adelante “Procedimiento”); Que, en el Artículo 5º del referido Procedimiento se establecieron los pasos, responsabilidades, actividades y plazos para el proceso de aprobación de las Bases Ajustadas de la Licitación, luego de cumplidos todos los cuales, se procedió a aprobar las Bases Ajustadas para la Convocatoria a Licitación de Suministro de Energía Eléctrica para las Empresas Concesionarias de Distribución Electro Sur Este S.A.A y Electro Puno S.A.A. (en adelante “Licitante”), mediante Resolución OSINERGMIN Nº 090-2011-OS/CD, publicada con fecha 01 de junio de 2011; Que, posteriormente, mediante Ofi cio G-623-2011, recibido el 14 de junio de 2011, Electro Sur Este S.A.A, en su calidad de conductor del proceso, remitió su propuesta de Bases Integradas acompañada de un informe con el análisis de las sugerencias y consultas hechas a las bases y el software a utilizarse durante el acto de precalifi cación y adjudicación, de conformidad con lo señalado en el Procedimiento; Que, mediante Ofi cio Nº 456-2011-GART de fecha 20 de junio de 2011, se notifi có a la empresa las observaciones