Norma Legal Oficial del día 03 de diciembre del año 2011 (03/12/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 35

El Peruano MORDAZA, sabado 3 de diciembre de 2011

NORMAS LEGALES

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certificada notarial de la Escritura Publica que contiene el Estatuto Social, asi como el Reglamento General de la Universidad, para ser visado el documento por la Presidencia, la Secretaria General y la Comision Juridica del CONAFU y se inscriba en los Registros Publicos. Articulo Cuarto.- ESTABLECER que la Universidad Privada de MORDAZA, inicie sus actividades academicas a partir del dia siguiente de la publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano, como Persona Juridica de Derecho Privado, bajo el Regimen Legal de la Ley Universitaria 23733 y la Ley de Creacion del Consejo Nacional para la Autorizacion de Funcionamiento de Universidades, sus disposiciones modificatorias y los reglamentos aprobados por el CONAFU. Articulo Quinto.- HACER de conocimiento a la Asamblea Nacional de Rectores de la presente Resolucion para los actos administrativos correspondientes. Registrese, comuniquese, publiquese y archivese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA INFANTES Presidente JASSON MORDAZA MORDAZA CAMPOSANO Secretario General 723796-1

Autorizan cambio de promotora del Proyecto de Universidad de la Amazonia MORDAZA MORDAZA MORDAZA
RESOLUCION Nº 533-2011-CONAFU MORDAZA, 4 de noviembre de 2011 "PROYECTO DE UNIVERSIDAD DE LA AMAZONIA MORDAZA MORDAZA BAZAN" VISTOS: El Escrito s/n recibido de fecha 11 de agosto de 2011, el Oficio Nº 1661-2011-CONAFU-P de fecha 19 de setiembre de 2011, el Escrito s/n recibido de fecha 20 de setiembre agosto de 2011, el Informe Legal Nº 354-2011-CONAFU-CJ de fecha 19 de octubre de 2011, el Oficio Nº 917-2011-CONAFU-CDAA de fecha 26 de octubre de 2011 y el Acuerdo Nº 668-2011- CONAFU de la Sesion del Pleno del CONAFU de fecha 03 de noviembre de 2011; y; CONSIDERANDO: Que, por Ley Nº 26439, se crea el Consejo Nacional para la Autorizacion de Funcionamiento de Universidades - CONAFU, como organo MORDAZA de la Asamblea Nacional de Rectores y ente rector del funcionamiento de las nuevas universidades del MORDAZA bajo su competencia; Que, conforme al Reglamento del CONAFU, aprobado por Resolucion Nº 387-2009-CONAFU de fecha 12 de agosto de 2009 (en adelante el Reglamento), en el articulo 5º establece: "Por mandato del articulo 108 de la Constitucion Politica del Estado, las universidades son promovidas por entidades publicas o privadas. La promotora de una Universidad Privada es una persona juridica debidamente constituida, inscrita en la SUNARP, cuyo objeto social debera ser el de promover la creacion y funcionamiento de una Universidad. (...)"; Que, el articulo 7º del Reglamento de CONAFU, establece: "Los miembros de la Promotora deben gozar de solvencia moral y economica durante todo el procedimiento. Si en el transcurso del mismo aparecieran probadas circunstancias que cuestionen la idoneidad de la promotora para tramitar el Proyecto de Universidad, o conducir el funcionamiento provisional de estas instituciones educativas, el CONAFU podra con criterio discrecional y previo informe tecnico, dejar sin efecto la Resolucion de admision a tramite del Proyecto de Desarrollo Institucional o la Resolucion de Autorizacion de Funcionamiento Provisional;

Que, el articulo 8º del Reglamento de CONAFU, establece: "La modificacion de la entidad Promotora, se sometera a una evaluacion previa por el CONAFU, el mismo que evaluara y reconocera como tal para la continuacion del procedimiento administrativo en el estado que corresponda; Que, por Escrito s/n recibido de fecha 11 de agosto de 2011, el Ing. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, invocando su calidad de Representante de IPAL y Responsable del Proyecto Universitario, se presenta ante este Consejo Nacional comunicando que el Instituto Superior Tecnologico Privado Peruano MORDAZA SRL es la entidad Promotora del Proyecto de Universidad de la Amazonia MORDAZA MORDAZA MORDAZA y a fin de mejorar la calidad educativa (equipamiento moderno, amplios ambientes de estudios, etc.), los promotores ceden a traves de un Contrato de Transferencia de Calidad de Promotor, las acciones y derechos a favor de la "Promotora de la Universidad de la Amazonia MORDAZA MORDAZA MORDAZA SAC"; indicando que la misma se encuentra debidamente constituida e inscrita con las formalidades de ley. Asimismo, informan que esta nueva promotora esta integrada por el IPAL SRL y los senores: MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA, siendo el MORDAZA responsable del proyecto el segundo; Que, con Oficio Nº 1661-2011-CONAFU-P de fecha 19 de setiembre de 2011, la Presidenta del CONAFU comunica al Responsable del Proyecto de Universidad de la Amazonia MORDAZA MORDAZA MORDAZA que en base a las normas del articulo 8º y 12º del Reglamento del CONAFU debera cumplir con presentar los siguientes documentos: La Escritura Publica de Constitucion de la Promotora, la MORDAZA de su inscripcion en SUNARP y MORDAZA certificada de no registrar antecedentes penales cada uno de los integrantes de la promotora, otorgandole un plazo de ocho (08) dias habiles a fin de que cumpla con lo solicitado; Que, mediante Escrito s/n recibido de fecha 20 de setiembre agosto de 2011, el Ing. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, invocando su calidad de Representante de IPAL y Responsable del Proyecto Universitario, remite los documentos solicitados mediante Oficio Nº 1661-2011CONAFU-P; Que, por Informe Legal Nº 354-2011-CONAFU-CJ de fecha 19 de octubre de 2011, la Comision Juridica del CONAFU informa que la solicitud del administrado constituye un cambio de la entidad promotora, por lo que es aplicable al presente caso lo establecido en el articulo 8º de la Resolucion Nº 387-2009-CONAFU de fecha 12 de agosto de 2009, opinando que es procedente el cambio de promotora del Proyecto de Universidad de la Amazonia MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por lo que se debe acceder a su reconocimiento para la continuacion del procedimiento administrativo en el estado en que corresponda; Que, con Oficio Nº 917-2011-CONAFU-CDAA de fecha 26 de octubre de 2011, la Comision Academica dio a conocer que el responsable del Proyecto de Universidad, comunica sobre el Contrato de Transferencia de Calidad de Promotor celebrado entre el Instituto Superior Tecnologico Privado Peruano MORDAZA SRL y la Promotora de la Universidad de la Amazonia MORDAZA MORDAZA MORDAZA por lo cual la primera de las nombradas cede a titulo gratuito a la MORDAZA el 100% de las acciones y derechos que posee como promotor del Proyecto de Universidad de la Amazonia MORDAZA MORDAZA MORDAZA, la Comision Academica, pone a consideracion del Pleno del CONAFU la recomendacion del Informe Legal Nº 354-2011-CONAFUCJ; Que, conforme al Estatuto del CONAFU, aprobado por Resolucion Nº 189-2006-CONAFU del 13 de MORDAZA de 2006, en el articulo 10º establece que: "Son atribuciones del Pleno del Consejo Nacional para la Autorizacion de Funcionamiento de Universidades:...t) Cumplir las funciones que por Ley, Estatuto o Reglamentos correspondan al Pleno del CONAFU"; Que, en sesion de fecha 03 de noviembre de 2011, despues de deliberar el Pleno del CONAFU mediante Acuerdo Nº 668-2011-CONAFU convinieron por UNANIMIDAD: Autorizar el cambio de promotora del Proyecto de Universidad de la Amazonia MORDAZA MORDAZA

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