Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2011 (22/12/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 92

TEXTO PAGINA: 83

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 22 de diciembre de 2011 455301 MUNICIPALIDAD DE SANTA MARÍA DEL MAR Aprueban Reglamento de Parámetros Urbanísticos y Edificatorios y Normas de Ejecución de Obra para el Área de Tratamiento Normativo IV del Distrito de Santa María del Mar ORDENANZA Nº 161-2011-MSMM LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SANTA MARIA DEL MAR POR CUANTO: El Concejo Distrital de Santa María del Mar, en Sesión Ordinaria de Concejo del día 25 de noviembre del 2011; ha dado la siguiente y; VISTO: El Informe Nº 071-2011-DDU de fecha 17 de noviembre del año en curso, emitido por la Directora de Desarrollo Urbano, Edifi caciones y Comercialización para la Aprobación del Reglamento de Parámetros Urbanísticos y Edifi catorios y Normas de Ejecución de Obra para el Tratamiento Normativo IV del Distrito de Santa María del Mar, y; CONSIDERANDO: Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Estado, modifi cado por el artículo Único de la Ley 28607 – Ley de reforma Constitucional, artículo 40º de la Ley 27783 –Ley de bases de la Descentralización y el artículo II de la Ley Nº 27972 –Ley Orgánica de Municipalidades, establecen que las Municipalidades son órganos de Gobierno Local que tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; autonomía que radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, las Municipalidades ejercen su función normativa entre otros, vía Ordenanza, la misma que tiene rango de ley, de conformidad a lo establecido en el inciso 4) del artículo 200º de la Constitución Política del Perú; Que, acorde a lo dispuesto por el artículo 73º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, es función de las Municipalidades fomentar las inversiones privadas en proyectos de interés local; en consecuencia constituyen funciones especifi cas exclusivas de las Municipalidades distritales a tenor de lo establecido en el numeral 3) del artículo 79º del referido cuerpo normativo, normar, regular y otorgar autorizaciones, derechos, licencias, realizar la fi scalización de construcción, remodelación o demolición de inmuebles, declaratorias de fábricas, apertura de establecimientos comerciales, industriales y de actividades profesionales de acuerdo con la zonifi cación; Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo IV del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades –Ley 27972, los Gobiernos locales representan al vecindario, promueven la adecuada prestación de los servicios públicos locales y el desarrollo integral, sostenible y armónico de su circunscripción; Que, mediante Informe Nº 071-2011-DDU de fecha 17 de noviembre del año en curso, la Directora de Desarrollo Urbano, Edifi caciones y Comercialización, presenta el Proyecto de Ordenanza de Parámetros Urbanísticos y Edifi catorios con las modifi caciones indicadas en la Sesión de Concejo del día 11 de noviembre y posteriormente revisada por la Comisión de Desarrollo Urbano y presentada ante Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 25 de noviembre del año en curso, de acuerdo a la Ordenanza 1086-MML del 18 de octubre del año 2007, en la que se aprobó el Reajuste Integral de la Zonifi cación de los usos del suelo de los distritos de Punta Hermosa, Punta Negra, San Bartolo, Santa María del Mar y Pucusana, que forman parte de las áreas de tratamiento normativo I y IV Balnearios del Sur de Lima Metropolitana y con la Ordenanza Nº 1393-MML publicada el 21 de junio de 2010 que modifi ca el parámetro de estacionamiento de la zonifi cación RDM de la Ordenanza N° 1086-MML; Que, en Sesión Ordinaria de Concejo del día 25 de noviembre del 2011 del año en curso, la Directora de Desarrollo Urbano, Edifi caciones y Comercialización de ésta Municipalidad expuso la importancia de esta nueva propuesta de parámetros que se enmarca en las Ordenanzas Nº 1086-MML y Nº 1393-MML e informó que es competencia de la Municipalidad distrital normar sobre los parámetros que propone la propuesta del Reglamento de Parámetros Urbanísticos y Edifi catorios; Que, estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por los artículos 9º y 40º de la Ley 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades, por unanimidad, con dispensa del dictamen de la Comisión Permanente de regidores de la materia, el Concejo Municipal: SE RESUELVE: Artículo Primero.- APROBAR el Reglamento de Parámetros Urbanísticos y Edifi catorios y Normas de Ejecución de Obra para el Área de Tratamiento Normativo IV del Distrito de Santa María del Mar, que consta de seis capítulos, 26 artículos y una Disposición Transitoria. Artículo Segundo.- DERÓGUESE las Ordenanzas N°155-2011-MSMM y la N° 007-97-MSMM y otras normas que se opongan a la presente Ordenanza. Artículo Tercero.- DISPONER que la Dirección de Desarrollo Urbano, Edifi caciones y Comercialización y los órganos administrativos competentes el cumplimiento efectivo de la presente Ordenanza. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Ofi cina de Administración disponer la Publicación de la presente Ordenanza en el Diario Ofi cial El Peruano, bajo responsabilidad, así como a la Unidad de Informática publicar el texto integro de dicha norma en el Portal Institucional de la Municipalidad. Artículo Quinto.- La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. VIVIANA RODA SCHEUCH DE ARIAS Alcaldesa REGLAMENTO DE PARÁMETROS URBANÍSTICOS Y EDIFICATORIOS Y NORMAS DE EJECUCIÓN DE OBRAS PRIVADAS PARA EL ÁREA DE TRATAMIENTO NORMATIVO IV DEL DISTRITO DE SANTA MARÍA DEL MAR CAPÍTULO I GENERALIDADES Artículo 1°.- Ámbito de Aplicación Los Parámetros Urbanísticos y Edificatorios que se aprueban mediante el presente reglamento serán de aplicación en el Área de Tratamiento Normativo IV del distrito de Santa María del Mar delimitada por el Plano de Zonifi cación aprobado en la Ordenanza Nº 1086- MML. Asimismo se circunscribirán a los procedimientos administrativos regulados por la Ley Nº 29090, su modifi catoria y el Reglamento aprobado por D.S. Nº 024- 2008-VIVIENDA y sus modifi catorias. Artículo 2°.- Responsabilidad Los profesionales responsables de la elaboración de todo anteproyecto o proyecto así como los funcionarios municipales y delegados de las comisiones técnicas encargados de aplicar e interpretar las normas vigentes deberán cumplir y hacer cumplir, bajo responsabilidad, los parámetros urbanísticos y edifi catorios que se aprueban mediante el presente reglamento así como los aprobados por las Ordenanzas Nos 1086-MML y 1393-MML, entre otras normas vigentes. CAPÍTULO II ALTURA MÁXIMA EDIFICABLE Artículo 3°.- Especifi caciones Normativas Las ordenanzas metropolitanas que regulan las alturas de edifi cación para el distrito de Santa María del