Norma Legal Oficial del día 29 de diciembre del año 2011 (29/12/2011)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 67

El Peruano MORDAZA, jueves 29 de diciembre de 2011

NORMAS LEGALES

456757

planes viales departamentales que proporcionen un MORDAZA institucional y financiero ordenado y consolidado para el desarrollo, rehabilitacion y mantenimiento de la red vial departamental; la elaboracion del Plan Vial Departamental a efecto de lograr una intervencion ordenada racional de la infraestructura vial concebido como instrumento de gestion; Que, el Plan Vial Departamental Participativo de Ica 2011-2020, constituye un documento de consenso que representan el interes colectivo de los actos departamentales vinculados a la problematica vial y aspira a constituirse en el instrumento basico para la gestion vial de largo plazo que asume el gobierno regional como parte del MORDAZA de descentralizacion y regionalizacion en curso y en MORDAZA de consolidacion, el mismo que contiene: Hipotesis general, caracterizacion del Departamento y Contexto de Desarrollo, Diagnostico Vial del Departamento y Propuesta de Solucion a la Problematica Vial del Departamento. La misma que fue formulado dentro del MORDAZA del Convenio de Cooperacion Interinstitucional entre el Gobierno Regional de Ica y el Ministerio de Transportes a traves de PROVIAS Descentralizado, en cuya elaboracion se ha contado con la participacion de los organos competentes del Gobierno Regional - Sede Central, asi como con los organos pertinentes de la Direccion Regional de Transportes y Comunicaciones; y los organos correspondientes de la Municipalidad Provincial de Ica, conforme asi se desprende de los documentos que forman parte del expediente administrativo. Siendo esto asi, atendiendo a que el citado Plan Vial, cuenta con informes favorables contenidos en el Informe Nº 340-2011-SGO e Informe Nº 010-2011-SGTCV-MPI, evaluados por la Sub Gerencia de Obras y Vialidad del Gobierno Regional y la Sub Gerencia de Transportes de la Municipalidad Provincial de Ica, respectivamente, la Comision de Infraestructura, Transportes y Comunicaciones del Consejo Regional, emite el Dictamen Nº 001-2011-CITCC/CRI en sentido favorable, lo que previo al tramite de Ley; en atencion a las consideraciones precedentes y sustento efectuado durante la sesion, las deliberaciones realizadas por los senores Consejeros Regionales durante la sesion ordinaria, el Consejo Regional aprobo con el quorum de Ley, dictar la presente Ordenanza Regional, con las precisiones establecidas en la parte resolutiva del presente; Que, estando a lo dispuesto y aprobado en Sesion Ordinaria del catorce de setiembre del ano dos mil once, con el MORDAZA aprobatorio del Pleno del Consejo Regional; y en uso de sus facultades establecidas en la Ley Nº 27867 y sus modificatorias; y el Reglamento Interno del Consejo Regional, con dispensa y aprobacion del acta de la fecha; Ha dado la Ordenanza Regional siguiente: Articulo Primero.- APROBAR el Plan Vial Departamental Participativo de Ica, 2011-2020, el mismo que en anexo, forma parte de la presente Ordenanza. Articulo Segundo.- DEROGAR la normas regionales, que se opongan a la presente Ordenanza Regional. Articulo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia General Regional en coordinacion con la Gerencia Regional de Infraestructura y Direccion Regional de Transportes y demas organos regionales correspondientes, la implementacion del Plan a que se refiere el articulo primero. Articulo Cuarto.- PUBLICAR la presente Ordenanza Regional en el Diario Oficial El Peruano y en el MORDAZA del Gobierno Regional de Ica, de conformidad a lo dispuesto por el articulo 42º de la Ley Organica de Gobiernos Regionales. Comuniquese al Senor Presidente del Gobierno Regional de Ica, para su promulgacion. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Consejero Delegado Consejo Regional de Ica POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dado en la Sede del Gobierno Regional de Ica. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente del Gobierno Regional de Ica

Crean el Consejo Regional de la Mujer de Ica como Organo de Participacion y Consulta adscrita a la Gerencia de Desarrollo Social de Ica
ORDENANZA REGIONAL Nº 0015-2011-GORE-ICA
Ica, 14 de noviembre de 2011 El Consejo Regional del Gobierno Regional de Ica, en sesion ordinaria del dia catorce de octubre del ano dos mil once; CONSIDERANDO: Que, conforme a lo dispuesto por el articulo 192º de la Constitucion Politica del Estado y su modificatoria, los Gobiernos Regionales promueven el desarrollo y la economia regional, fomentando las inversiones, activas y servicios publicos de su responsabilidad, en MORDAZA con las politicas y planes y locales de desarrollo; Que, conforme al inciso a), b), c), d), f) del articulo 60º de la Ley Nº 27867, dentro de las funciones en materia de desarrollo social e igualdad de oportunidades, corresponde a los Gobiernos Regionales: Formular, aprobar y evaluar las politicas en materia de desarrollo social e igualdad de oportunidades de su competencia, en concordancia con la politica general del gobierno nacional, los planes sectoriales y los programas correspondientes de los gobiernos locales; coordinar la ejecucion por los gobiernos locales de las politicas sectoriales y el funcionamiento de los programas de lucha contra la pobreza y desarrollo social del Estado, con enfasis en la calidad de los servicios, la igualdad de oportunidades con equidad de genero y el fortalecimiento de la economia regional. El gobierno nacional coordina el cumplimiento de la ejecucion por los gobiernos regionales de lo que les competa de las politicas y programas senalados en el presente inciso; formular politicas, regular, dirigir, ejecutar, promover, supervisar y controlar las acciones orientadas a la prevencion de la violencia politica, familiar y sexual; promover la participacion ciudadana en la planificacion, administracion y vigilancia de los programas de desarrollo e inversion social en sus diversas modalidades, brindando la asesoria y apoyo que requieran las organizaciones de base involucradas; y promover una cultura de paz e igualdad de oportunidades; Que, por su parte el articulo 4º de la Constitucion Politica del Estado, a efectos de garantizar los derechos constitucionales sociales y economicos, establece obligaciones tanto a la comunidad y a los organos del Estado y como parte de esta al Gobierno Regional, proteger especialmente al MORDAZA, al adolescente, a la MORDAZA y al anciano en situacion de abandono, tambien protege a la familia y promueven el matrimonio; Que, a efectos de garantizar a las mujeres y hombres el ejercicio de sus derechos a la igualdad, dignidad, libre desarrollo, bienes y autonomia, impidiendo la discriminacion en todas las esferas de su MORDAZA, publica y privada, propendiendo a la plena igualdad, mediante Ley Nº 28983 publicado el 16 de marzo del 2007, se establecio el MORDAZA normativo, institucional y de politicas publicas en el ambito nacional, regional y local, que a traves de su articulo 4º, determinando el rol de estado, para efectos de esta Ley: a) Promover garantizar la igualdad de oportunidad entre mujeres y hombres, adoptando todas las medidas necesarias que permitan remover los obstaculos que impiden el ejercicio pleno de este derecho, con el fin de erradicar toda forma de discriminacion; b) adoptar medidas de accion positiva de caracter temporal, encaminadas a acelerar la igualdad de hecho entre la mujer y el hombre, las que no se consideraran discriminatorias; y c) incorporar y promover el uso de lenguaje inclusivo en todas las comunicaciones escritas y documentos que se elaboran en todas las instancias y niveles de gobierno; Que, mediante Ley Nº 26260, Ley Contra la Violencia Familiar y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 002-98-JUS, se establece las normas y procedimientos para la mejor aplicacion de la politica del Estado y de la sociedad frente a la violencia familiar, asi como para ejecutar efectivamente las medidas de proteccion de las victimas de tales actos, estableciendo como politica permanente del Estado la lucha contra toda forma de violencia familiar, desarrollando para tal efecto

734418-2

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.