Norma Legal Oficial del día 03 de febrero del año 2011 (03/02/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 46

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 3 de febrero de 2011

el Consejo Nacional de la Magistratura, conforme a lo previsto por el articulo 154º inciso 4 de la Constitucion Politica del Peru, asi como el unico facultado para cancelar dichos titulos, en atencion a lo dispuesto por el articulo 21º inciso d) de la Ley Nº 26397, Ley Organica del Consejo Nacional de la Magistratura; Que, por Resolucion Nº 238-2006-CNM publicado en el Diario Oficial El Peruano de fecha 6 de agosto de 2006, se aprobo el Reglamento de Expedicion y Cancelacion de Titulos de Jueces y Fiscales del Consejo Nacional de la Magistratura, cuyo articulo 4° dispone los casos en los cuales el Consejo extiende el titulo oficial al Juez o Fiscal, como son: a) Nombramiento, b) Reincorporacion, c) Traslado, d) Permuta, y e) Modificacion en la denominacion de la plaza originaria; Que, asimismo el MORDAZA parrafo del articulo 6° del referido Reglamento, modificado por Resolucion N° 284-2010-CNM publicado el 12 de setiembre del ano en curso, establece que: "El Magistrado trasladado no podra incorporarse a la nueva plaza mientras el Consejo Nacional de la Magistratura no le hubiese expedido el MORDAZA titulo que lo nombra en la plaza de destino y por consiguiente le otorga MORDAZA estatus juridico en la jurisdiccion y competencia de la plaza respectiva, bajo responsabilidad"; Que, el inciso 3) del articulo 35° de la Ley N° 29277 Ley de la MORDAZA Judicial, reconoce el derecho de los magistrados a ser trasladados, a su solicitud, por razones de salud o de seguridad debidamente motivados; Que, mediante escrito del 20 de agosto de 2010, la doctora MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA solicita se le expida MORDAZA titulo como Juez del Primer Juzgado Penal Unipersonal de San MORDAZA ­ Tarapoto del Distrito Judicial de San MORDAZA, en merito a las Resoluciones Administrativas N° 348-2009-CE-PJ, N° 414-2009-P-CSJM/PJ y N° 0392010-P-CSJSM/PJ del 14 de octubre de 2009, 3 de diciembre de 2009 y 1 de febrero de 2010, expedidas por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial y la Corte Superior de Justicia de San MORDAZA, respectivamente; Que, solicitada la informacion correspondiente, el Presidente del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, mediante Oficio Nº 8921-2010-CE-PJ de fecha 12 de octubre de 2010, remite los Oficios N° 1334-2010-GG-PJ y N° 228-2010-APCSJSM/PJ del 16 y 28 de setiembre de 2010, suscritos por el Gerente General del Poder Judicial y el Jefe del Area de Personal de la Corte Superior de Justicia de San MORDAZA, mediante los cuales informan que la recurrente fue trasladada por motivos de seguridad al Primer Juzgado Especializado Penal de San MORDAZA ­ Tarapoto del Distrito Judicial de San MORDAZA, en merito a la Resolucion Administrativa N° 3482009-CE-PJ del 14 de octubre de 2009; Que, por Resolucion N° 039-2010-P-CSJSM/PJ del 1 de febrero de 2010, la doctora MORDAZA MORDAZA fue designada como Juez del Primer Juzgado Penal Unipersonal de San MORDAZA ­ Tarapoto del Distrito Judicial de San MORDAZA, organo jurisdiccional creado por la entrada en vigencia del MORDAZA Codigo Procesal Penal en dicho Distrito Judicial; asimismo informan que la plaza referida se encuentra dentro del Cuadro de Asignacion de Personal y Presupuesto Analitico del Poder Judicial y el Distrito Judicial de San Martin; Que, es preciso senalar que la citada magistrada fue nombrada por el Consejo Nacional de la Magistratura como Juez del MORDAZA Juzgado Especializado Penal de MORDAZA del Distrito Judicial de San MORDAZA, en merito a la Resolucion N° 186-2006-CNM del 26 de MORDAZA de 2006, por lo que previamente corresponde cancelar el titulo referido; Que, estando al acuerdo del Pleno del Consejo adoptado en sesion de fecha 06 de enero de 2011; y de conformidad con las facultades conferidas por los articulos 154º inciso 4 de la Constitucion Politica del Peru, 37º incisos e) y f) de la Ley Nº 26397 ­Ley Organica del Consejo Nacional de la Magistratura-, y 4º del Reglamento de Expedicion y Cancelacion de Titulos de Jueces y Fiscales del Consejo Nacional de la Magistratura, aprobado por Resolucion Nº 238-2006-CNM; SE RESUELVE: Primero.- Cancelar el titulo otorgado a favor de la doctora MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, de Juez del MORDAZA Juzgado Especializado Penal de MORDAZA del Distrito Judicial de San Martin. Segundo.- Expedir el titulo a favor de la doctora MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, de Juez del Primer Juzgado Penal Unipersonal de San MORDAZA ­ Tarapoto del Distrito Judicial de San Martin.

Tercero.- Remitir MORDAZA de la presente resolucion al senor Presidente de la Corte Suprema de Justicia de la Republica y del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, para su conocimiento y fines. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente 598157-1 RESOLUCION DEL CONSEJO NACIONAL DE LA MAGISTRATURA N° 003-2011-CNM MORDAZA, 10 de enero del 2011 VISTA: La solicitud del doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, presentada el 26 de octubre de 2010; y, CONSIDERANDO: Que, por mandato constitucional el unico organismo competente para extender el titulo de Juez o Fiscal que acredite a los magistrados en su condicion de tales, es el Consejo Nacional de la Magistratura, conforme a lo previsto por el articulo 154º inciso 4 de la Constitucion Politica del Peru, asi como el unico facultado para cancelar dichos titulos, en atencion a lo dispuesto por el articulo 21º inciso d) de la Ley Nº 26397, Ley Organica del Consejo Nacional de la Magistratura; Que, por Resolucion Nº 238-2006-CNM publicado en el Diario Oficial El Peruano de fecha 6 de agosto de 2006, se aprobo el Reglamento de Expedicion y Cancelacion de Titulos de Jueces y Fiscales del Consejo Nacional de la Magistratura, cuyo articulo 4° dispone los casos en los cuales el Consejo extiende el titulo oficial al Juez o Fiscal, como son: a) Nombramiento, b) Reincorporacion, c) Traslado, d) Permuta, y e) Modificacion en la denominacion de la plaza originaria; Que, asimismo el MORDAZA parrafo del articulo 6° del referido Reglamento, modificado por Resolucion N° 284-2010-CNM publicado el 12 de setiembre del ano en curso, establece que: "El Magistrado trasladado no podra incorporarse a la nueva plaza mientras el Consejo Nacional de la Magistratura no le hubiese expedido el MORDAZA titulo que lo nombra en la plaza de destino y por consiguiente le otorga MORDAZA estatus juridico en la jurisdiccion y competencia de la plaza respectiva, bajo responsabilidad"; Que, el inciso 3) del articulo 35° de la Ley N° 29277 Ley de la MORDAZA Judicial, reconoce el derecho de los magistrados a ser trasladados, a su solicitud, por razones de salud o de seguridad debidamente motivados; Que, mediante escrito del 26 de octubre de 2010, el doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA solicita la actualizacion de su titulo como Juez del MORDAZA Juzgado Especializado en lo Civil de MORDAZA del Distrito Judicial de La MORDAZA, en merito a las Resoluciones Administrativas N° 093-2003-CE-PJ y N° 170-2003-P-CSJLL/PJ del 31 de MORDAZA y 15 de agosto de 2003, expedidas por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial y la Corte Superior de Justicia de La MORDAZA, respectivamente, asimismo menciona que al haber sido ratificado como magistrado en el MORDAZA de la Convocatoria N° 003-2010-CNM se le hizo la observacion referente a la correspondiente actualizacion de su titulo de nombramiento; Que, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial mediante Resolucion Administrativa N° 093-2003-CE-PJ del 31 de MORDAZA de 2003 declara fundada la solicitud de traslado, por razones de salud, presentada por el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Juez del MORDAZA Juzgado Especializado en lo Civil del Distrito Judicial del Santa; en consecuencia se dispone su traslado al MORDAZA Juzgado Especializado en lo Civil de MORDAZA del Distrito Judicial de La Libertad; Que, asimismo por Resolucion Administrativa N° 1702003-P-CSJLL/PJ del 15 de agosto de 2003, se dispuso que el recurrente asuma funciones en la plaza citada anteriormente, en la que ejerce sus funciones hasta la fecha; Que, es preciso senalar que el citado magistrado fue nombrado por el Consejo Nacional de la Magistratura como Juez Especializado en lo Civil de MORDAZA ­ Chimbote del Distrito Judicial del MORDAZA, en merito a la Resolucion

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