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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 9 de febrero de 2011 435873 4. Una vez absueltas las consultas y no habiendo más temas a tratar, el Señor Alcalde procederá a declarar concluido el Cabildo Abierto. Artículo 8°.- Los temas tratados en el Cabildo Abierto, tienen carácter consultivo, no tiene carácter vinculante, la decisión fi nal del asunto materia de consulta, será tomada por el Concejo Municipal en pleno, de conformidad con las atribuciones otorgadas por la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972. Artículo 9°.- Derógase cualquier otra norma municipal que se oponga a la presente ordenanza. Artículo 10º.- Encargar el cumplimiento de la presente Ordenanza a la Gerencia Municipal, la Gerencia de Administración y Finanzas, así como las demás Gerencias y Unidades orgánicas de esta Corporación Edil, de acuerdo a la naturaleza de sus funciones. Articulo 11º.- ENCARGAR a la Secretaria General del Concejo su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano, así como notifi car la presente Ordenanza a las Gerencias, Sub Gerencias y Unidades para su conocimiento y fi nes. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. Dado en el Palacio Municipal a los veinticuatro días del mes de Enero de dos mil once. NICOLÁS OCTAVIO KUSUNOKI FUERO Alcalde 600902-1 MUNICIPALIDAD DE LA VICTORIA Aprueban Reglamento de Organización y Funciones de la Municipalidad de La Victoria ORDENANZA Nº 124-2011/MLV La Victoria, 28 de enero del 2011 EL CONCEJO DISTRITAL DE LA VICTORIA VISTO; en sesión ordinaria de la fecha el Dictamen Conjunto Nº 001-2011-CPAFSFC-CPPPAL/MDLV emitido por las Comisiones Permanentes de Rentas y Desarrollo Económico, y de Planeamiento, Presupuesto y Asuntos Legales, y; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo establecido en el Artículo 194° de la Constitución Política del Perú en concordancia con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley Nº 27972 –, las municipalidades son órganos de gobierno local, que tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, con sujeción al ordenamiento jurídico. Asimismo, el numeral 1) del artículo 195° de la Carta Magna, reconoce a los gobiernos locales la competencia para aprobar su organización interna; Que, la Ley Nº 27972 establece en su artículo 9º numerales 3) y 8) que es atribución del Concejo Municipal aprobar el régimen de organización interior y funcionamiento del gobierno local, así como aprobar, modifi car o derogar las Ordenanzas. Asimismo, el artículo 40º de la citada norma señala que las Ordenanzas son normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organización interna, la regulación de la administración, supervisión de los servicios públicos y las materias en las que la municipalidad tiene competencia normativa; Que, mediante Decreto Supremo Nº 043-2006-PCM se aprueban los lineamientos para la elaboración y aprobación del Reglamento de Organización y Funciones (ROF), señalando en el artículo 5º que éste es un documento técnico normativo de gestión institucional que formaliza la estructura orgánica de la Entidad orientada al esfuerzo institucional y al logro de su misión, visión y objetivos, el cual contiene las funciones generales de la Entidad y las funciones específi cas de los órganos y unidades orgánicas y establece sus relaciones y responsabilidades. Asimismo, el artículo 7º de la misma norma señala que la conducción del proceso de elaboración y formulación del ROF de las entidades estará a cargo del órgano responsable de las funciones de planeamiento, racionalización o quien haga sus veces; Que, el artículo 28º del referido Decreto Supremo indica que se requiere la aprobación del ROF, entre otros casos, para optimizar o simplifi car los procesos de la entidad con la fi nalidad de cumplir con mayor efi ciencia su misión y funciones. Asimismo, dicha norma establece en su artículo 34º que el ROF deberá ser aprobado mediante Ordenanza en el caso de Municipalidades; Que, mediante Ordenanza Nº 114-2010/MLV se aprobó el ROF de la Municipalidad y en consecuencia la estructura orgánica de la entidad, siendo publicada en el diario ofi cial El Peruano el 25 de agosto del 2010; sin embargo, en mérito a las normas legales glosadas la Gerencia Municipal y la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto han propuesto modifi car el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Municipalidad así como la estructura orgánica de la entidad, manifestando que se efectúa en mérito a las disposiciones emitidas por el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) y la Presidencia del Consejo de Ministros (PCM) referidas al Plan de Incentivos y al Plan de Simplifi cación Administrativa, respectivamente; Que, la Gerencia de Asesoría Jurídica concluye que resulta legalmente procedente la aprobación del nuevo Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la entidad por encontrarse acorde con los lineamientos establecidos en el Decreto Supremo Nº 043-2006-PCM y en la Ley Nº 27658 – Ley Marco de Modernización de la gestión del Estado – y demás normas aplicables de la materia; Estando a los fundamentos expuestos y en uso de las facultades conferidas en la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades –, contando con los pronunciamientos de la Gerencia Municipal, de las gerencias de Asesoría Jurídica y de Planeamiento y Presupuesto, y de las subgerencias de Planeamiento y Racionalización y de Recursos Humanos, mediante Memorandum Nº 020-2011-GM/MLV, Informe Nº 015-2011-GAJ-MDLV, Memorandum Nº 022-2011-GPP/MLV, Informe Nº 001- 2011-SGPR-GPP/MLV e Informe Nº 043-2044-SGRH- GAF/MLV, respectivamente y de conformidad a la Ley Nº 29091 y su reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2008-PCM, contando con dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta, el Concejo Municipal por unanimidad aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA EL REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN y FUNCIONES DE LA MUNICIPALIDAD DE LA VICTORIA Artículo Primero.- Aprobar el Reglamento de Organización y Funciones – ROF – de la Municipalidad de La Victoria que contiene la estructura orgánica de la entidad y consta de IV Títulos, IX Capítulos y 166 artículos. Artículo Segundo.- Encargar al funcionario responsable del portal institucional de la Municipalidad www.munilavictoria.gob.pe la publicación de la presente Ordenanza y del texto completo del Reglamento de Organización y Funciones – ROF – que se aprueba, en la sección correspondiente de la citada página web del corporativo, así como en el Portal del Estado Peruano www.peru.gob.pe. Artículo Tercero.- Encargar a la Gerencia Municipal y a la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto el cumplimiento y ejecución de lo dispuesto en la presente Ordenanza.