Norma Legal Oficial del día 09 de febrero del año 2011 (09/02/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 38

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, miercoles 9 de febrero de 2011

En uso de las atribuciones conferidas en la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros, aprobada mediante Ley N° 26702; RESUELVE: Articulo Primero.- Aprobar, el logotipo institucional de la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, conforme al modelo que se incluye en el Anexo de la presente Resolucion. Articulo Segundo.- El empleo del logotipo institucional referido en el articulo anterior sera obligatorio en toda comunicacion de esta Superintendencia a partir de la fecha hasta el 31 de diciembre de 2011. Articulo Tercero.- Encargar al Superintendente Adjunto de Administracion General la realizacion de todas las acciones destinadas a permitir la utilizacion del logotipo institucional de la Superintendencia, tanto a nivel interno como externo. Articulo Cuarto.- Suspender, hasta el 31 de diciembre de 2011 la aplicacion de la Resolucion SBS N° 659-2005, la misma que recobrara su vigencia a partir del 1 de enero de 2012. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA TAM FOX Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones ANEXO LOGOTIPO INSTITUCIONAL

Politica del Peru de 1993, modificada por la Ley de Reforma Constitucional del Capitulo XIV, del Titulo IV, sobre Descentralizacion ­ Ley Nº 27680, Ley de Bases de la Descentralizacion ­ Ley Nº 27783, Ley Organica de Gobiernos Regionales ­ Ley Nº 27867 y su modificatoria, Ley Nº 27902 y demas Normas Complementarias, Ley General de Turismo - Ley Nº 29408; CONSIDERANDO: Que, la Constitucion Politica del Peru, modificada por Ley Nº 27680 ­ Ley de Reforma Constitucional del Capitulo XIV del Titulo IV sobre Descentralizacion y Ley Nº 28607, en su articulo 191° establece que los Gobiernos Regionales tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; y en su articulo 192° inciso 1), dispone que los Gobiernos Regionales son competentes para aprobar su organizacion interna y su presupuesto; Que, el Articulo 9º numeral 2) de la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralizacion, senala que la Autonomia Administrativa consiste en la facultad que tienen los Gobiernos Regionales de organizarse internamente, determinar y reglamentar los servicios publicos de su responsabilidad, asimismo su articulo 35º de la Ley de Bases de la Descentralizacion Nº 27783, establece que los Gobiernos Regionales y Locales son competentes para aprobar su organizacion interna y su presupuesto institucional conforme a la Ley de Gestion Presupuestaria del Estado y a las Leyes Anuales de Presupuesto; Que, la Ley Organica de Gobiernos Regionales N° 27867, en el literal a) del articulo 15° establece que son atribuciones del Consejo Regional, el aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de su competencia y funciones del Gobierno Regional; Que, mediante Memorandum N° 013-2011/GRP100000 del 20 de enero de 2011, Presidencia Regional comunica que con la finalidad de ordenar la marcha operativa del Gobierno Regional MORDAZA, a fin de alcanzar los objetivos estrategicos establecidos en el Plan Regional de Desarrollo Concertado, se requieren implementar medidas urgentes para disenar una estructura organica que permita la optimizacion de los recursos financieros y con ello poner al servicio del ciudadano el Gobierno Regional, solicitando al Consejo Regional se trate en sesion de Consejo el tema de la Reestructuracion el Gobierno Regional Piura; Que, estando a lo acordado y aprobado por unanimidad en Sesion Extraordinaria Nº 03-2011, de fecha 03 de febrero del 2011, con dispensa del tramite de lectura y aprobacion del Acta, el Consejo Regional del Gobierno Regional de MORDAZA en uso de sus facultades y atribuciones conferidas por la Constitucion Politica del Peru y la Ley Organica de los Gobiernos Regionales y sus modificatorias; Ha dado la Ordenanza siguiente: ORDENANZA REGIONAL QUE DECLARA EN REESTRUCTURACION EL GOBIERNO REGIONAL MORDAZA Articulo Primero.- Autorizar a la Presidencia Regional, llevar adelante el Proyecto de Reestructuracion del Gobierno Regional MORDAZA, encargando a la Gerencia General Regional dicha responsabilidad. Articulo Segundo.- Autorizar a la Presidencia Regional, la conformacion de una Comision que se encargue de la preparacion del Proyecto de Reestructuracion y la contratacion de las asesorias que resulten pertinentes. Articulo Tercero.- Conceder el plazo MORDAZA de 150 dias para que la Comision presente al Consejo Regional el Proyecto de Reestructuracion del Gobierno Regional MORDAZA, debiendo informar periodicamente los avances de dicha propuesta. Articulo Cuarto.- La presente Ordenanza entrara en

MORDAZA INSTITUCIONALES El logotipo de la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones esta formado por tres (3) MORDAZA, que son parte de la guia de color Pantone, de acuerdo a lo siguiente: MORDAZA : Plomo : MORDAZA 600856-1 Pantone 281 C Pantone 5435 C

GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA
Declaran en reestructuracion Gobierno Regional de MORDAZA
ORDENANZA REGIONAL Nº 199-2011/GRP-CR EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL PIURA; POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de MORDAZA, de conformidad con lo previsto en la Constitucion

al

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