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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 9 de febrero de 2011 435871 vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial “El Peruano”. Comuníquese al Señor Presidente del Gobierno Regional Piura para su promulgación. En Piura, a los tres días del mes de febrero del año dos mil once. PORFIRIO NICOLÁS VALLADOLID FRÍAS Consejero Delegado Consejo Regional POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dado en Piura, en la Sede del Gobierno Regional Piura, a los tres días del mes de febrero del año dos mil once. JAVIER ATKINS LERGGIOS Presidente del Gobierno Regional Piura 600016-1 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA Constituyen Comisión para la elaboración del “Plan de Acción Sectorial para la Transferencia de Funciones Sectoriales en materia de Salud” RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 181 Lima, 4 de febrero de 2011 CONSIDERANDO: Que es decisión de la Municipalidad Metropolitana de Lima asumir las competencias y funciones sectoriales que le corresponden en materia de Salud, en el marco del actual proceso de descentralización y conforme a la legislación vigente; Que el proceso de transferencia de competencias y funciones sectoriales a la Municipalidad Metropolitana de Lima se desarrolla mediante una normatividad específi ca, debidamente aprobada por la Comisión Bipartita de Transferencia y la Secretaría de Descentralización de la Presidencia del Consejo de Ministros, que permite la coordinación entre esta municipalidad y los Sectores involucrados del Gobierno Nacional a fi n de elaborar el Plan de Acción Sectorial para cada una de las materias; Que en consecuencia resulta conveniente constituir una Comisión encargada de elaborar el Plan de Acción Sectorial a fi n de viabilizar el proceso de transferencia de competencias y funciones sectoriales en materia de Salud; Estando a lo establecido en el inciso 6) del artículo 20º, los artículos 39º y 43º de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades; SE RESUELVE: Artículo Primero.- CONSTITUIR la Comisión de la Municipalidad Metropolitana de Lima para la elaboración del “Plan de Acción Sectorial para la Transferencia de Funciones Sectoriales en materia de Salud”. Artículo Segundo.- La Comisión antes mencionada estará conformada por los siguientes funcionarios: a) Un representante de la Alcaldesa de Lima, quien la presidirá. b) El Gerente Municipal Metropolitano, o su representante. c) El Gerente Regional del Programa de Gobierno Regional de Lima Metropolitana, y dos representantes de dicho Programa. d) El Gerente de Desarrollo Social de la MML, o su representante. e) El Presidente del Comité Directivo del Sistema Metropolitano de la Solidaridad, o su representante. Artículo Tercero.- La Comisión de la Municipalidad Metropolitana de Lima ejercerá las siguientes funciones: a) Elaborar el “Plan de Acción Sectorial para la Transferencia de Funciones Sectoriales en materia de Salud a la Municipalidad Metropolitana de Lima”, para lo que dispondrá de cuarenta y cinco (45) días calendario contados a partir de su instalación; b) Coordinar con los funcionarios responsables del Ministerio de Salud, a fi n de cumplir con la función establecida en el literal precedente. Artículo Cuarto.- En un plazo no mayor de dos (2) días calendario los miembros de la Comisión que se indican en los literales del artículo primero harán de conocimiento del Presidente de la Comisión de la Municipalidad Metropolitana de Lima la designación de sus representantes. Artículo Quinto.- La Comisión de la Municipalidad Metropolitana de Lima deberá instalarse en un plazo que no excederá los tres (3) días calendario posteriores a la emisión de la presente Resolución. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. SUSANA VILLARÁN DE LA PUENTE Alcaldesa 600427-1 MUNICIPALIDAD DE ANCON Aprueban la obligación de presentar declaración jurada masiva del Impuesto Predial 2011, fechas de vencimiento y beneficios tributarios en el distrito de Ancón ORDENANZA N° 225-MDA Ancón, 30 de enero del 2011 El Pleno del Concejo Municipal de Ancón, en sesión ordinaria de la fecha aprobó por Unanimidad la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA LA OBLIGACION DE PRESENTAR DECLARACIÓN JURADA MASIVA DEL IMPUESTO PREDIAL 2011; FECHAS DE VENCIMIENTO Y BENEFICIOS TRIBUTARIOS EN EL DISTRITO DE ANCÓN Artículo Primero.- APROBAR, el texto completo de la presente Ordenanza que aprueba la obligación de presentar declaración jurada masiva del impuesto predial, fechas de vencimiento y benefi cios tributarios en el distrito de Ancón. Artículo Segundo.- DE LAS INFRACCIONES será en caso de los adquirientes: Persona Jurídica de 1 UIT y Persona Natural de 50% de la UIT. En el caso de los Transferentes será en caso de Persona Jurídica de 30% de la UIT y Persona Natural 15% UIT. Artículo Tercero.- EXONÉRESE el 50% del valor total de los Arbitrios a las personas propietarias o responsables tributarios que acrediten tener 65 años o más, siempre que posean un solo predio y que el uso predominante sea casa habitación unifamiliar.