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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 09 DE FEBRERO DEL AÑO 2011 (09/02/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 60

TEXTO PAGINA: 36

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 9 de febrero de 2011 435868 Estando a lo expuesto y a lo dispuesto por el Artículo 64º del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aceptar la renuncia formulada por doctor Tomás Martín Oliva Corrales, como Fiscal Provincial Provisional del Distrito Judicial de Amazonas y su designación en el Despacho de la Fiscalía Provincial Civil y de Familia de Utcubamba, materia de las Resoluciones Nº761-2010-MP-FN y Nº1106-2010-MP-FN, de fechas 22 de abril y 02 de julio del 2010, respectivamente. Artículo Segundo.- Hacer de conocimiento la presente Resolución, al Fiscal Superior Titular - Presidente de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Judicial de Amazonas, Gerencia General, Gerencia Central de Potencial Humano, Ofi cina de Registro y Evaluación de Fiscales y al Fiscal mencionado. Regístrese, comuníquese y publíquese. GLADYS MARGOT ECHAIZ RAMOS Fiscal de la Nación 600772-4 SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES Autorizan a Mibanco, Banco de Microempresa S.A. el cierre de diversas oficinas especiales móviles que operan en los departamentos de Lambayeque, Lima y La Libertad RESOLUCIÓN SBS Nº 950-2011 Lima, 26 de enero de 2011 EL INTENDENTE GENERAL DE MICROFINANZAS VISTA: La solicitud presentada por Mibanco, Banco de la Microempresa S.A. para que se le autorice el cierre de tres Ofi cinas Especiales Móviles ubicadas en los departamento de La Libertad, Lambayeque y Lima; y, CONSIDERANDO: Que, mediante la Resolución SBS N° 1424-2008 se autorizó la apertura de la Ofi cina Especial Móvil que opera en diferentes distritos de Lambayeque y mediante la Resolución N° SBS 11139-2008 se autorizó la apertura de dos Ofi cinas Especiales Móviles que operan en diferentes distritos de Lima y La Libertad; Que, la empresa solicitante ha cumplido con presentar a esta Superintendencia la documentación pertinente para el cierre de las Ofi cinas Especiales Móviles solicitadas; Estando a lo informado por el Departamento de Supervisión Microfi nanciera “B”; y, De conformidad con lo dispuesto por el artículo 32° de la Ley N° 26702 – Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros y el Reglamento de Apertura, conversión, traslado o cierre de ofi cinas, uso de locales compartidos, cajeros automáticos y cajeros corresponsales, aprobado mediante Resolución N° 775- 2008; y, en uso de las facultades delegadas mediante Resolución SBS N° 12883-2009; RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar a Mibanco, Banco de la Microempresa S.A. el cierre de tres Ofi cinas Especiales Móviles autorizadas a operar en: i) Distritos de Mórrope, Mochumí, Túcume, Illimo, Pacora, Jayanca, Salas, Motupe y Olmos, provincia y departamento de Lambayeque; ii) Distrito de Ate, provincia y departamento de Lima; y distritos de Santa Eulalia, Santa Cruz de Cocachacra, Matucana y San Mateo, provincia de Huarochirí, departamento de Lima. iii) Distrito de La Esperanza, provincia de Trujillo, departamento de La Libertad; y distritos de Chicama, Santiago de Cao, Chocope, Casa Grande, Ascope y Paiján, provincia de Ascope, departamento de La Libertad. Regístrese, comuníquese y publíquese. DEMETRIO CASTRO ZÁRATE Intendente General de Microfi nanzas 600058-1 Autorizan inscripción de persona natural en el Registro del Sistema de Seguros RESOLUCIÓN SBS N° 1053-2011 Lima, 28 de enero de 2011 EL SUPERINTENDENTE ADJUNTO DE SEGUROS VISTA: La solicitud presentada por el señor José Daniel Flecha Zalba para que se le autorice la inscripción en el Registro del Sistema de Seguros: Sección II De los Corredores de Seguros: A. Personas Naturales punto 3.- Corredores de Seguros Generales y de Vida; y, CONSIDERANDO: Que, por Resolución SBS N° 816-2004 de fecha 27 de mayo de 2004, se establecieron los requisitos formales para la inscripción de los Corredores de Seguros; Que, el solicitante ha cumplido con los requisitos formales exigidos por la citada norma administrativa; Que, la Superintendencia Adjunta de Seguros mediante Sesión de la Comisión Evaluadora de fecha 14 de octubre de 2010, convocada de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 11° del Reglamento del Registro del Sistema de Seguros ha califi cado y aprobado la inscripción respectiva en el indicado Registro; y, En uso de las atribuciones conferidas por la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros -Ley N° 26702, y sus modifi catorias; y en virtud de la facultad delegada por la Resolución SBS N° 1096-2005 del 25 de julio de 2005. RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar la inscripción dei señor José Daniel Flecha Zalba con matrícula N° N-4028 en el Registro del Sistema de Seguros, Sección II De los Corredores de Seguros: A. Personas Naturales punto 3.- Corredores de Seguros Generales y de Vida, que lleva esta Superintendencia, Artículo Segundo.- La presente Resolución entra en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y publíquese. ARMANDO CÁCERES VALDERRAMA Superintendente Adjunto de Seguros 599992-1