Norma Legal Oficial del día 19 de febrero del año 2011 (19/02/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 36

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, sabado 19 de febrero de 2011

CULTURA
Declaran patrimonio cultural de la Nacion a monumentos arqueologicos prehispanicos ubicados en los departamentos de MORDAZA y MORDAZA
RESOLUCION VICEMINISTERIAL Nº 192-2011-VMPCIC-MC MORDAZA, 16 de febrero de 2011 CONSIDERANDO: Que, mediante Informe Nº 2515-2010-HABS/SDSP/ DA/ DREPH/INC de fecha 24 de junio de 2010, la Sub Direccion de Supervision y Peritaje de la Direccion de Arqueologia concluye que se han registrado quince (15) monumentos arqueologicos en el MORDAZA del "Proyecto de evaluacion arqueologica sin excavaciones Cerro Verde", a cargo del Lic. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, con R.N.A. Nº CL0037, de los cuales trece (13) corresponden a la categoria de monumentos arqueologicos prehispanicos; Que, mediante Acuerdo Nº 0812 de fecha 05 de MORDAZA de 2010, la Comision Nacional Tecnica de Arqueologia acordo, entre otros, recomendar a la Direccion Nacional del Instituto Nacional de Cultura declarar patrimonio cultural de la Nacion a los monumentos arqueologicos prehispanicos siguientes: Tinajones I, Tinajones II, Tinajones III, Tinajones IV, Quebrada Tinajones I, Quebrada Tinajones II, Quebrada Tinajones III, Yura, Cantera San MORDAZA, Loma Cerro MORDAZA, Las MORDAZA, MORDAZA Cerro MORDAZA I y MORDAZA Cerro MORDAZA II, ubicados en la provincia y departamento de Arequipa; Que, el Articulo IV del Titulo Preliminar de la Ley General del Patrimonio Cultural de la Nacion, declara de interes social y de necesidad publica la identificacion, registro, inventario, declaracion, proteccion, restauracion, investigacion, conservacion, puesta en valor y difusion del Patrimonio Cultural de la Nacion y su restitucion en los casos pertinentes; Que, el Articulo VII del Titulo Preliminar de la Ley Nº 28296 ­ Ley General del Patrimonio Cultural de la Nacion senala que el Instituto Nacional de Cultura esta encargado de registrar, declarar y proteger el patrimonio cultural de la Nacion dentro del ambito de su competencia; Que, mediante Ley Nº 29565 se creo el Ministerio de Cultura como organismo del Poder Ejecutivo con personeria juridica de derecho publico. Asimismo, a traves del Decreto Supremo Nº 001-2010-MC publicado el 25 de setiembre de 2010, se decreto la fusion en el Ministerio de Cultura, bajo la formalidad de absorcion, entre otros organismos, del Instituto Nacional de Cultura, cuyo MORDAZA concluyo el 30 de setiembre de 2010, en consecuencia, corresponde al Ministerio de Cultura ejercer las competencias, funciones y atribuciones en materia de patrimonio cultural de la Nacion, material e inmaterial; Que, el literal a) del Articulo 14º de la Ley Nº 29565 senala que corresponde al Viceministro de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales, "Formular, coordinar, ejecutar y supervisar la politica relacionada con el fomento de la cultura y la creacion cultural en todos sus aspectos y ramas del patrimonio cultural, lo que incluye la declaracion, administracion, promocion, difusion y proteccion del Patrimonio Cultural de la Nacion, de conformidad con la respectiva politica nacional"; Que, a traves de la Resolucion Ministerial Nº 0572010-MC de fecha 26 de noviembre de 2010, se preciso la autorizacion otorgada al Viceministro de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales mediante Resolucion Ministerial Nº 016-2010-MC del 06 de octubre de 2010, en el sentido de que la misma comprende la tramitacion y resolucion de todos aquellos procedimientos cuya competencia correspondia a la Direccion Nacional del Instituto Nacional de Cultura y que ahora se encuentran dentro del ambito de sus funciones, debiendo entenderse incluida la facultad para resolver recursos administrativos; Estando a lo visado por el Director de Gestion, el Director de Arqueologia y la Directora de la Oficina de Asuntos Juridicos, y;

De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 28296 ­ Ley General del Patrimonio Cultural de la Nacion; Ley Nº 29565 ­ Ley de Creacion del Ministerio de Cultura; Decreto Supremo Nº 001-2010-MC, que aprueba la fusion de entidades y organos en el Ministerio de Cultura; Resolucion Suprema Nº 004-2000-ED, que aprueba el Reglamento de Investigaciones Arqueologicas, modificada por Resolucion Suprema Nº 012-2006-ED; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Declarar patrimonio cultural de la Nacion a los monumentos arqueologicos prehispanicos cuya ubicacion se detalla en el siguiente cuadro:
Departamento Provincia Nombre del sitio arqueologico Tinajones I Tinajones II Tinajones III Tinajones IV Quebrada Tinajones I Quebrada Tinajones II Quebrada Tinajones III Yura Cantera San MORDAZA Loma Cerro MORDAZA Las MORDAZA MORDAZA Cerro MORDAZA I MORDAZA Cerro MORDAZA II Uchumayo Uchumayo Uchumayo Uchumayo Uchumayo Uchumayo Uchumayo Uchumayo Yarabamba Uchumayo Uchumayo Uchumayo Yarabamba MORDAZA MORDAZA Distrito Datum PSAD56 MORDAZA 19 UTM Este 218752 218668 218651 218690 218860 219358 219676 218779 221046 216659 216892 218120 216513 UTM Norte 8174280 8174920 8175749 8171909 8170502 8169974 8176707 8178862 8167412 8168119 8169371 8168122 8167317

Articulo 2º.- Encargar a la Direccion Regional de Cultura de MORDAZA la elaboracion de los expedientes tecnicos de los monumentos arqueologicos prehispanicos mencionados en el Articulo 1º de la presente resolucion. Articulo 3º.- Establecer que cualquier proyecto de obra nueva, caminos, carreteras, MORDAZA, denuncios mineros o agropecuarios, obras habitacionales y otros que pudiese afectar o alterar el paisaje de los monumentos arqueologicos prehispanicos declarados patrimonio cultural de la Nacion, debera contar con la aprobacion previa del organo competente del Ministerio de Cultura. Articulo 4º.- Remitir MORDAZA fedateada de la presente resolucion a los propietarios, a COFOPRI, Municipalidad Distrital y Provincial, autoridades politicas y civiles correspondientes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA ROCA-REY MIRO-QUESADA Viceministro de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales 604349-1 RESOLUCION VICEMINISTERIAL Nº 193-2011-VMPCIC-MC MORDAZA, 16 de febrero de 2011 CONSIDERANDO: Que, mediante Informe Nº 112-2011-PRSC-SDICDA-DREPH/MC de fecha 17 de enero de 2011, la Sub Direccion de Investigacion y Catastro de la Direccion de Arqueologia concluye que el expediente tecnico del monumento arqueologico prehispanico San MORDAZA Oeste, no presenta observaciones tecnicas; Que, mediante Informe Nº 026-2011-CEPDLC-ST-DADREPH/MC de fecha 26 de enero de 2011, la Secretaria Tecnica de la Comision Nacional Tecnica de Arqueologia recomienda se derive el precitado expediente tecnico a la Comision Nacional Tecnica de Arqueologia para su pronunciamiento;

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