Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE FEBRERO DEL AÑO 2011 (19/02/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 100

TEXTO PAGINA: 31

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 19 de febrero de 2011 436483 1.1. El registro de aplicación deberán tener detalle como: nombre comercial del producto, ingrediente activo, dosis de aplicación, plagas a controlar, cultivo a tratar y fecha de aplicación. 1.2 Acreditación de la capacidad del asesor técnico: título profesional y capacitación en sanidad vegetal o similar. 2.- Certifi cados de buenas prácticas agrícolas de empresas o predios agrícolas expedidos por una entidad acreditada internacionalmente, que demuestren el uso de sus plaguicidas por 2 o más años. 605078-1 Aprueban Cuadro para Asignación de Personal - CAP de la Autoridad Nacional del Agua - ANA RESOLUCIÓN SUPREMA N° 002-2011-AG Lima, 18 de febrero de 2011 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo N° 043-2004-PCM, se aprobaron los lineamientos para la elaboración y aprobación del Cuadro para Asignación de Personal - CAP de las entidades de la Administración Pública; Que, mediante Decreto Legislativo N° 997, entre otros, se creó la Autoridad Nacional del Agua como organismo público adscrito al Ministerio de Agricultura responsable de dictar las normas y establecer los procedimientos para la gestión integrada y sostenible de los recursos hídricos; Que, la Ley N° 29338 - Ley de Recursos Hídricos modifi ca el marco legal sustantivo de la Autoridad Nacional del Agua, otorgándole nuevas funciones y modifi cando su estructura organizacional; Que, con Decreto Supremo N° 006-2010-AG se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones de la Autoridad Nacional del Agua, donde se defi nen la estructura orgánica así como las funciones generales y específi cas de cada uno de los órganos y unidades orgánicas de la mencionada Autoridad; Que, el artículo 5° y 6° del citado Decreto Supremo N° 043-2004-PCM, establece que todas las Entidades deben formular su respectivo CAP, el mismo, que deberá ser elaborado y formulado por el órgano encargado de racionalización o quien haga sus veces; Que, de conformidad con lo establecido en los artículos 14°, 15° de los lineamientos antes citados, el proyecto del Cuadro para Asignación de Personal, en el caso de los Organismos Públicos Descentralizados, debe contar con el informe previo de la Secretaría de Gestión Pública de la Presidencia del Consejo de Ministros, los mismos que deberán ser aprobados mediante Resolución Suprema refrendada por el Ministro del Sector; Que, con el propósito de poder desarrollar una adecuada gestión para el logro de los objetivos institucionales y que contribuya al mejoramiento de la efi ciencia de la entidad en términos de costos y calidad de servicios y de productos a favor de los usuarios, la Autoridad Nacional del Agua - ANA aprobó su respectivo Clasifi cador de Cargos mediante Resolución Jefatural N° 490-2010-ANA; Que, así mismo, la Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto de la Autoridad Nacional del Agua - ANA, ha procedido a formular el Cuadro para Asignación de Personal - CAP de la Entidad, en base a los Lineamientos para la elaboración y aprobación del Cuadro para Asignación de Personal - CAP de las entidades de la Administración Pública aprobados por el Decreto Supremo N° 043-2004-PCM; Con la opinión favorable de la Secretaría de Gestión Pública de la Presidencia del Consejo de Ministros; y, De conformidad con lo establecido en el numeral 8), del artículo 118°, de la Constitución Política del Perú, la Ley N° 28175, Ley Marco del Empleo Público, la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y el Decreto Supremo N° 043-2004-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Aprobación del Cuadro para Asignación de Personal -CAP de la Autoridad Nacional del Agua - ANA Aprobar el Cuadro para Asignación de Personal - CAP de la Autoridad Nacional del Agua, que como anexo forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2°.- Publicación La presente Resolución Suprema será publicada en el Diario Ofi cial El Peruano. El Cuadro para Asignación de Personal - CAP de la Autoridad Nacional del Agua - ANA aprobado por el artículo 1° de la presente Resolución Suprema, será publicado en el Portal del Estado Peruano (www.peru.gob.pe) y en el Portal Institucional de la Autoridad Nacional del Agua (www.ana.gob.pe) de conformidad con lo dispuesto por el artículo segundo de la Ley N° 29091 que modifi ca la Ley 27444. Artículo 3°.-Vigencia La presente Resolución Suprema entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en los portales institucionales electrónicos a los que se hace referencia en el artículo segundo. Artículo 4°.- Del refrendo La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Agricultura. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República RAFAEL QUEVEDO FLORES Ministro de Agricultura 605078-6 Autorizan viaje de miembro de la Unidad de Coordinación Binacional del Proyecto Binacional Puyango Tumbes a Ecuador, en comisión de servicios RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0067-AG-2011 Lima, 16 de febrero de 2011 VISTO: Los Ofi cios Nº 310-2011-AG-OPP/DG de fecha 14 de febrero de 2011 y Nº 2675-2010-AG-OPP/DG de fecha 22 de diciembre de 2010, del Director General de la Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto; y, CONSIDERANDO: Que, el 27 de setiembre de 1971, los gobiernos de Ecuador y Perú suscribieron en la ciudad de Washington el Convenio para el Aprovechamiento de las Cuencas Hidrográfi cas Puyango-Tumbes y Catamayo Chira; que mediante acuerdo de paz fi rmado en el año 1998 entre Ecuador y Perú se convino ejecutar el Plan Binacional de Desarrollo de la Región Fronteriza el cual contempla el Proyecto Binacional Puyango-Tumbes; Que, el Ministerio de Agricultura, Ganadería, Acuacultura y Pesca de la República de Ecuador y el Ministerio de Agricultura del Perú han realizado acciones conjuntas para la ejecución del proyecto binacional Puyango Tumbes, celebrándose en el año 2010 los contratos para la elaboración del Estudio de Factibilidad del proyecto binacional, Diseño Defi nitivo de las obras comunes y ejecución de obras; y, Supervisión/Fiscalización de la elaboración del Estudio de Factibilidad del proyecto